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Varia

Las Órdenes Militares en el marco de la expansión cristiana de los siglos XII-XIII en Castilla y León

La Orden del Temple en Extremadura
Julián CLEMENTE RAMOS e Juan Luis DE LA MONTAÑA CONCHIÑA

Abstract

Entre 1142 et 1247, l’Extremadoure est un territoire partagé par les musulmans et les chrétiens, c’est un espace de frontière. Ce caractère frontalier du territoire de l’Extremadoure favorise l’implantation des Ordres militaires, comme l’Ordre du Temple. L’installation de cet Ordre est conditionné par une série d’éléments tels que le rôle fondamental des ordres autochtones comme Santiago, Calatrava et Alcántara.
La formation des domaines templiers est marquée par une image irrégulière de dispersion. Dans un espace de croissance féodal, comme celui de l’Extremadoure, les conflits et réajustements territoriaux ont eu une incidence évidente dans la constitution des domaines seigneuriaux.
Quant à la réalité du peuplement, si l’on exclut la commanderie de Jerez de los Caballeros, les commanderies d’Alconétar et Capilla enregistrent un faible taux d’occupation. Le peuplement est principalement fondé sur des forteresses et il est déterminé par les intérêts de l’ordre en Extremadoure. Le principal support économique sur lequel s’appuie le déploiement de la politique menée par l’institution armée dans le territoire d’Extremadoure est basé sur la transhumance.

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Testo integrale

1Las órdenes militares adquieren un protagonismo importante en la península desde la segunda mitad del siglo XII, décadas después de que las primeras, entre las cuales se incluye el Temple, se creen en Palestina con motivo de las Cruzadas. Responden a una realidad social y militar. Por un lado, sintetizan dos elementos de gran importancia en la Europa del momento cuales son la caballería y la cruzada. Por otro, juegan un papel muy importante en el ámbito militar.

2Por su ubicación fronteriza, Extremadura no podía ser una excepción a esta realidad. Nuestra región se convierte en una territorio compartido por musulmanes y cristianos entre la conquista definitiva de Coria, en 1142, por tanto, poco antes de la creación de la Orden de Calatrava, la primera de las peninsulares, y mediados del siglo XIII. No es extraño que Extremadura termine convirtiéndose en una región con importantes maestrazgos. Dentro de éstos, y como sucede en la Corona de Castilla en general, las órdenes autóctonas acumularán los de mayor extensión y población, en relación con su protagonismo militar. Sin embargo, otros maestrazgos como los del Temple no serán de escasa importancia. Sin duda, en este aspecto influyó decisivamente su carácter foráneo y sobre todo su mayor interés en otros ámbitos territoriales como el Mediterráneo oriental y, en particular, Palestina. Este condicionante no dejo de influir decisivamente en la realidad del Temple en Castilla, pese a los intentos de algunos reyes de implicarles en mayor medida en la reconquista peninsular.

3En definitiva, el papel de la Orden del Temple en Extremadura viene condicionado por una serie de elementos similares al de otras zonas castellanas, que frente a Aragón, Cataluña o incluso Portugal se caracteriza por el protagonismo fundamental que adquieren las grandes órdenes autóctonas como Santiago, Calatrava (Castilla) y Alcántara (León). Dentro de esta situación, el Temple estará sujeto a las transformaciones habidas entre los reinados de Fernando II y Alfonso VIII y su definitiva disolución en el primer cuarto del siglo XIV.

La Orden del Temple y la política real

4Algunas órdenes militares extranjeras están plenamente constituidas hacia mediados del siglo XII, cuando aún no han surgido las castellano-leonesas. Por ello, no es extraño que los reyes castellanos y leoneses tengan una actitud positiva hacia ellas e intenten que adquieran un protagonismo creciente en sus reinos. Los intentos son reiterados, aunque en gran medida infructuosos. La política templaria queda fijada con cierta nitidez en Castilla con su actuación en Calatrava. Fortaleza importante de la ruta Córdoba-Toledo, que va a conocer los mayores enfrentamientos entre cristianos y musulmanes desde el advenimiento de los almohades hasta Las Navas de Tolosa. En un momento indeterminado entre 1148 y 1157, Alfonso VII les entrega esta fortaleza. Situada en la frontera, en un espacio de dominio alternante y de extraordinario interés militar, con escasas posibilidades económicas, su posesión necesariamente debía significar para la Orden una sangría económica considerable. Esto explica que en 1157 devuelvan el castillo al rey ante el peligro almohade, pese a haber recibido otras donaciones en posiciones de retaguardia1, propiciando el nacimiento de la primera Orden militar peninsular que toma su nombre de este castillo. Con esta actuación, fuera de los límites de Extremadura y por tanto ajena a nuestro interés directo, se marca una línea de intervención que viene definida por el carácter subsidiario que tiene para ellos la península, vista en estos momentos como fuentes de beneficios y de captación de miembros para la defensa de los territorios cruzados2.

5Al igual que su padre, Fernando II también favorecerá a la Orden del Temple. Por un lado, esta Orden había ido consolidándose en el reino de León. En el norte, entre 1168 y 1178 tenía constituida la encomienda de Ponferrada y de Ceinos3. Esto muestra claramente una acumulación de propiedades en las zonas septentrionales, alejadas de los riesgos fronterizas y de gran interés para esta Orden. Fernando II intentará implicar al Temple en la defensa fronteriza de la Transierra Leonesa, que sólo empezaría a desarrollar su poblamiento en los últimos años de su reinado y en el comienzo del de su hijo y sucesor Alfonso IX. En este contexto, se produce la donación de Coria a los templarios en 1168 compensando a la Catedral de Santiago, que la había recibido años antes4. Sin duda, Fernando II con estas dos donaciones manifiesta que no tiene un interés excesivo en mantener en el realengo esta ciudad, ni en llevar el peso de la repoblación en este marco. Coria, ciudad episcopal, civitas, se convierte transitoriamente en una ciudad de jurisdicción eclesiástica, modelo que sólo adquiere importancia en Galicia y que esta casi ausente en el resto de la corona leonesa y castellana. Hay que considerar que la frontera extremeña es menos caliente que la castellana, donde se producen los mayores enfrentamientos y que tiene un mayor valor estratégico. La intervención militar almohade tendrá en Extremadura un carácter defensivo y simplemente responde a actuaciones leonesas o castellanas5. Tras los deseos de expansión de Fernando II, que impide la conquista de Badajoz por Alfonso I de Portugal y Gerardo Sempavor, los almohades conquistan Cáceres (1174) y devuelven la frontera al Tajo. La otra intervención en 1195-1196 se produce como consecuencia de la herencia de Fernando Rodríguez el Castellano, mercenario al servicio de los almohades que traspasa Trujillo a Alfonso VIII. Los almohades destruyen Plasencia pero no tienen interés en poblarla. No llegan a establecer ninguna población al norte del Tajo. Esta actuación se debía a su interés en Toledo, sin cuyo control no merecía establecer posiciones muy septentrionales difíciles o imposibles de defender. Por tanto, Coria, aunque podemos considerarla una ciudad de frontera, era una posición mucho menos arriesgada que Calatrava.

6La donación de Fernando II se explica también por la inexistencia de órdenes militares autóctonas. La Orden de Calatrava no llegará a arraigar en León, donde la primera que surge es la de los hermanos de la Espada, núcleo de la futura Orden de Santiago, en 1170. Precisamente, esta Orden, al igual que la de Calatrava, aparece en un punto fronterizo amenazado por el Islam. Cáceres en 1170 es una avanzadilla cristiana que sólo se mantendrá durante cuatro años.

7¿Qué supone la donación de Coria ? No se trata simplemente de la entrega de la ciudad. Aún no se han formado en la Transierra Leonesa las futuras unidades jurisdiccionales y el poblamiento es muy limitado (la primera villa, Granadilla, no se documenta hasta los años finales del reinado). La entrega de Coria lleva unido gran parte del territorio de la Transierra Leonesa. Al menos, la extensión no sería menor que el termino que se delimita en el fuero6. No es extraño que conozcamos después otras posesiones jurisdiccionales del Temple que pudieron ir incorporadas a la donación de ésta ciudad o haber sido objeto de otras donaciones presumiblemente de Fernando II. Por tanto, la política de este rey puede definirse como muy favorable a la Orden del Temple que dispuso de la posibilidad de convertirse en una gran potencia jurisdiccional en la actual Extremadura. Con todo, estamos ante posesiones posiblemente muy poco lucrativas económicamente : con poca población y cierto riesgo militar, la donación era más una inversión de futuro que una posesión rentable.

8Tras la fundación de la Orden de Santiago, aunque no de modo drástico, la situación empieza a cambiar. Esta Orden tiene en su origen un carácter leonés y no es extraño que Fernando II lleve a cabo una política muy similar a la de Alfonso VIII en Castilla, concediendo un importante protagonismo a las órdenes peninsulares en la frontera. A partir de 1171, esta Orden ocupa un lugar preferente en las donaciones reales. Se empieza por tanto a favorecer a una Orden autóctona, leonesa en su origen, anunciando los cambios en la política respecto de las órdenes llevadas a cabo por Alfonso IX. Es llamativo que Trevejo inicialmente concedido a la Orden del Hospital pase poco después a la Orden de Santiago7, que se convierte en una entidad jurisdiccional importante en la Transierra Leonesa.

9La escasa documentación del Temple nos impide ver detalles sobre su dominio jurisdiccional de Coria. Debió durar poco, pues no volvemos a tener noticias sobre el particular y cuando se produzcan enfrentamientos con Alfonso IX no se mencionará esta ciudad sino otras posesiones más modestas. Con este rey, se produce un cambio de política respecto a las órdenes que no dejará de afectar al Temple. Con un reino mucho más débil que el castellano y con un interés inicial en la Orden de Santiago, que terminará situando su convento central en Uclés, en la frontera castellana, Alfonso IX beneficiará sobre todo a la Orden de Alcántara, la más modesta de las tres grandes órdenes castellanas y la de más tardío origen. Aunque sobria va adquiriendo una importancia creciente, favorecida por el rey leonés que dejará situar en el centro de su política a la Orden de Santiago, cada vez más volcada hacia Castilla, y al Temple, que posee una importante base jurisdiccional en Portugal. En lo que respecta a Extremadura, vemos a Alfonso IX teniendo una actuación decidida frente a la Orden de Alcántara aunque ello suponga perjudicar a otras, lo que explica los enfrentamientos con el Temple8.

10Aunque no sabemos nada concreto sobre Coria, suponemos que el Temple no debió controlarla durante mucho tiempo. Esta Orden tenía otras posesiones como Milana, Portezuelo o San Juan de Mazcoras (Santibáñez el Alto). En cualquier caso, Alfonso IX va a desplegar una política poco favorable al Temple y es su actuación la que explica el final de una primera etapa del asentamiento templario en Extremadura. Las diversas posesiones del Temple serán apropiadas por el monarca con diverso destino. La Orden parece plegarse a ese deseo de modo involuntario y con alguna compensación. Es muy descriptivo el acuerdo de la Orden con Alfonso IX en 1211, cuya actuación tiene como clara finalidad favorecer a la Orden de Alcántara : en él se precisa que la apropiación real de muchas propiedades templarias9 situadas en León, Galicia y Transierra, la donación de diversos bienes que suponen redondear y dar consistencia al dominio templario, que se asienta de modo preferente en Galicia y León10. En compensación, el Temple renuncia a Portezuelo y San Juan de Mazcoras, que se entregan a los alcantarinos. Es muy llamativo que las órdenes del Temple y Alcántara mantengan un enfrentamiento desde fechas anteriores, como nos aclara el mismo documento11.

11La renuncia del Temple no debió ser del todo voluntaria cuando se procedió una década después a una nueva ratificación y a la devolución por parte del monarca leonés de Alba de Aliste, lo que aumenta los bienes templarios incautados.

12En 1211 se pone fin a una etapa del Temple en Extremadura. Sin conocer el destino final de Coria, que creemos que pronto dejó de ser posesión templaria, las posesiones jurisdiccionales que la Orden tenía en Extremadura prácticamente desaparecen. Seguirá conservando algunos bienes citados entre las devoluciones de Alfonso IX en 1211 pero se trata de propiedades solariegas que han recibido por donación privada. Esto nos permite ver los rasgos generales del dominio templario en Extremadura en los primeros años de este monarca. Al margen de las donaciones reales, las donaciones privadas cumplen un papel importante. Debemos imaginar este dominio más importante de lo que nos presenta una parca documentación. Los escasos datos no nos permiten conocer nada de Rodrigo Pérez de Villalobos ; sin embargo, Domingo Miguel se presenta como integrante del Temple, razón por la que debió donar un huerto. La Orden ha penetrado en el tejido social de una zona fronteriza y todo hace indicar que se ha visto facilitado por el dominio jurisdiccional de Coria. Se dan, por tanto, los rasgos de un proceso de integración facilitado por las peculiaridades de la frontera extremeña, más estable y menos caliente que la manchega. Este proceso de consolidación solariega y jurisdiccional explican el interés de la Orden en Extremadura y el papel real en el proceso que se desencadena antes y que madura en 1211. Extremadura aparece como una de las zonas de implantación de la Orden y su postergación hasta tener un papel marginal aparece condicionado por la política leonesa y no por una decisión voluntaria.

13Con posterioridad al reinado de Alfonso IX se desarrolla una nueva etapa en la relación de la Orden del Temple con la monarquía. Por un lado, en 1230 se unen definitivamente Castilla y León. Por otro, después de Las Navas de Tolosa se desarrolla un proceso de expansión y conquista cristianas. Toda la Extremadura cristiana se conquista en el segundo cuarto del siglo XIII, además de la Andalucía Bética y Murcia. Las órdenes militares recibirán importantes beneficios de todo ello, obteniendo importantes señoríos jurisdiccionales. La importancia de las donaciones recibidas por las diversas órdenes estará en relación con su aportación militar.

14La Orden del Temple se sitúa dentro de las órdenes existentes en la corona de Castilla en un segundo lugar. Consecuencia de ello es que no abunden las noticias sobre ella. La Orden del Temple se implica, sin embargo, en el proceso de conquista y expansión cristianas. Parece que ello les obliga a endeudarse12. En 1225, Honorio III manda a las órdenes de Calatrava, Uclés, Hospital y Temple de España que ayudasen a Alfonso Téllez en la defensa del castillo de Alburquerque13. No se les cita en la conquista de las diversas fortalezas musulmanas extremeñas, si bien la información es muy imprecisa y salvo alguna información concreta en donaciones posteriores, sólo se alude a las órdenes en general14. Tienen alguna actuación destacada en la conquista de Sevilla15. Al recibir Capilla, Fernando III precisará que lo hace “pro serviciis que michi sepius exhibuistis et exibere cotidie non cessatis”16.

15De estos escasos datos podemos deducir que la Orden del Temple, como muchos otros colectivos del reino, se implican con cierta intensidad en la conquista cristiana posterior a Las Navas. Posiblemente, su papel estuvo en relación con su potencial económico y demográfico, en ningún caso comparable a otras órdenes peninsulares. El señorío templario en estos momentos tiene una ubicación septentrional en el reino castellano-leonés, sobre todo después de perder todas sus posesiones jurisdiccionales en la Transierra Leonesa.

16La participación templaria en la expansión cristiana que se desarrolla desde Las Navas de Tolosa a la conquista de Sevilla (1212-1249) le va a permitir obtener nuevas posesiones en Extremadura donde dispondrá de un señorío jurisdiccional importante, menor que los de la Orden de Santiago o Alcántara pero en absoluto desdeñable.

17En 1236, el Temple obtiene Capilla, importante castillo situado en la comarca de Los Montes. Aunque en el documento se señala como razón los servicios prestados de modo habitual por la Orden, la fecha en que se realiza la donación no deja lugar a dudas sobre su vinculación con las conquistas de Fernando III, pues sigue inmediatamente a la conquista de Córdoba. Poco después, la Orden recibe Almorchón, para compensar la pérdida de Cabeza de Esparragal, sobre la que disputaba con la Orden de Alcántara17. El resultado y la actuación del monarca nos muestran por un lado un mayor peso de la Orden alcantarina y por otro el interés de Fernando III en lograr una solución en la que ninguna parte pudiera considerarse perdedora. La Orden de Alcántara obtendrá la posesión en disputa, que intentaba, igual que el Temple, redondear sus posesiones en La Serena ; por otro lado, cede a esta Orden como compensación (“volens gacere gratiam pro gratia quem fecerint, videlicet, quod precibus meis acquiescere non tardarunt”) Almorchón, situado junto a Capilla y que le permite a la Orden crear un señorío jurisdiccional de casi mil km2 en la comarca de Los Montes18, constituyendo una de sus dos grandes zonas de dominio jurisdiccional en Extremadura.

18El señorío jurisdiccional templario va a conseguir en Extremadura incorporaciones importantes en la zona meridional, lindando con el concejo de Sevilla. Si bien, la pérdida de la documentación templaria no permite conocer en todos los casos el momento en que esos bienes pasan a la Orden de Temple, no podemos por menos que relacionarlo con la participación de la Orden en la conquista de Andalucía y, posiblemente, también en Extremadura. En la conquista de Sevilla participa activamente19. Jerez, Alconchel y Burguillos estaban en posesión del Temple en 1248, cuando Fernando III da a la Orden de Santiago Montemolín y la alquería de Benasgeth a cambio de Cantillana20. Antes de 1253, obtendría Fregenal21. No creemos que estas posesiones estuvieran bajo control templario mucho antes22.

19Este conjunto junto al de Capilla y Almorchón convierte a la Orden del Temple en uno de los grandes conjuntos jurisdiccionales de Extremadura con unos tres mil quinientos kilómetros cuadrados23. Sin embargo, la situación de la Orden del Temple en el conjunto de las órdenes militares no ha cambiado. Si bien, obtienen un importante señorío jurisdiccional en Extremadura, las donaciones recibidas en Andalucía no son comparables a las de Calatrava o Santiago, las dos grandes beneficiadas ; más significativo es que sean inferiores a las que reciben alcantarinos y hospitalarios24.

20El reinado de Alfonso X marca una nueva etapa que va a prolongarse hasta el final de la Orden del Temple. No será necesario que nos extendamos mucho, pues no se producen cambios apreciables en la situación de la Orden en Extremadura. Sin embargo, sí señalaremos sus líneas generales. Por un lado, la expansión cristiana queda interrumpida con la conquista de la Andalucía Bética. Se produce un cambio profundo que afecta a las órdenes militares en su conjunto. Este cambio va en el sentido de un aristocratización creciente que explica la participación de las órdenes militares en la lucha entre nobleza y monarquía, que adquiere una especial intensidad desde 1272. Las órdenes han acumulado grandes señoríos y cuentan con importantes ingresos, aspecto que les aproxima al grupo nobiliario, con el que comparten no pocos intereses. Por otro lado, su protagonismo militar disminuye considerablemente conforme se convierten fundamentalmente en organismos señoriales25. La Orden del Temple se implicará en el enfrentamiento entre Alfonso X y su hijo Sancho, situándose en su conjunto en el mismo grupo que el resto de las órdenes militares y la nobleza. Pese al apoyo que su maestre Juan Fernández presta a Alfonso X, los templarios castellanoleoneses seguirán al comendador, partidario del infante. Todo esto ha supuesto un cambio en la relación con la monarquía, que ha sido positiva en los últimos años del reinado de Fernando III y en el comienzo del de Alfonso X26.

21En todo caso, el Temple recibirá algunos privilegios aprovechando el enfrentamiento entre el infante Sancho y Alfonso X entre 1282-1284, si bien su señorío jurisdiccional en Extremadura no sufrirá cambio alguno. La confirmación de Jerez de los Caballeros y Fregenal por el rey Alfonso X al maestre del Temple Juan Fernández, de origen portugués, intentado pagar su fidelidad, tiene una escasa repercusión, pues se trata de territorios dominados por la Orden y que Alfonso X en ningún caso estuvo en situación de apropiarse de haber sido esa su intención27.

22El apoyo posiblemente mayoritario de los templarios a Sancho IV28 permitió a la Orden obtener derechos adicionales en sus señoríos. No se trata ya de la obtención de nuevos territorios, sino de la obtención parcial de derechos reales. Este monarca concede en 1284 “a don Frey Gómez Barcia, comendador del Temple, la meatad del serviçio e de la fonsadera de los sus vasallos”29. En 1290, obtiene la confirmación de diversos derechos de portazgos frente a aquéllos que han obtenido privilegios de exención30. No sorprende que el apoyo de la Orden hacia el monarca se mantenga frente a los infantes de la Cerda y que participen en la expedición militar contra Badajoz tras la proclamación de Don Alfonso de la Cerda como rey de Castilla, expedición que sale precisamente de la población templaria de Jerez de los Caballeros31. En cualquier caso, el dominio templario en Extremadura no sufre cambios territoriales, sino sólo algún complemento en cuanto a sus derechos.

23El Temple permanecía a finales del siglo XIII y principios del XIV en una situación que podemos considerar normal en la corona de Castilla. Sin tener un poder equiparable a Calatrava o Santiago, se incluía en un segundo nivel no carente de importancia. En Extremadura contaba con un señorío jurisdiccional importante que se acercaba al 10 % del territorio regional, menor sin embargo que el de las órdenes de Alcántara o Santiago32. Su causa común con otras órdenes militares y con la nobleza en el reinado de Alfonso X es una muestra de estuvo su evolución se ajustaba a las pautas establecidas para las demás. Su desaparición nada tiene que ver con su situación en la península33 y se inscribe dentro de la política francesa.

Los templarios en la repoblación de Extremadura

24El asentamiento templario en Extremadura sólo puede ser entendido si lo imbricamos con la ocupación efectiva del territorio y el fomento de las labor es de repoblación. En este sentido, entra dentro de lo normal que las primeras noticias documentadas de la Orden del Temple se remonten a 1168 en el proceso de conquista cristiana de la Transierra extremeña, cuando Fernando II concedía a la Orden el señorío de la ciudad de Coria. Los motivos defensivos ante lo que era una frontera ciertamente inestable fueron la causa principal de este compromiso que inicialmente el monarca había contraído con la catedral de Santiago aunque, sin duda, no podemos excluir la casuística repobladora34. Con todo, esta donación no significa el inicio de la implantación del Temple en territorio extremeño sino su consolidación. El equilibrio en el que se mostraba la frontera y la consiguiente necesidad de formalizar un asentamiento cristiano estable partiendo de una defensa eficaz así lo demandaba.

25Esta presencia se hace más intensa durante los reinados de Fernando II y Alfonso IX cuando los templarios, firmes aliados de los leoneses en los espacios de frontera, comienzan a articular sus dominios fundando las primeras encomiendas. Una muestra de esta realidad puede observarse en la posesión de centros vitales en los sistemas defensivos y de comunicaciones como es el caso de Alconétar, primera gran encomienda en territorio extremeño de la que tenemos noticias en 1181 cuando era comendador Ponce de Ossor35. Esta política no fue de aplicación extensiva, al contrario. En la zona castellana, donde las relaciones con Alfonso VIII no eran del todo favorables, la presencia templaria quedaba reducida a su mínima expresión36.

26Noticias fechadas en la segunda década del reinado de Alfonso IX nos dibujan un paisaje militar en el que la vanguardia estaba constituida por castillos en manos del Temple en los que, además de la defensa, no debemos descartar una posible habilitación y puesta a punto para desarrollar labores repobladoras. Entre finales del siglo XII y 1221, con la recuperación militar de la frontera tras la irrupción de los almohades producida en 1174, es propietaria de los castillos de Milana, Portezuelo y Santibáñez el Alto, además de Alconétar, lugar de referencia clara del Temple en la Alta Extremadura y que no abandonarán hasta el siglo XIV37. Sin embargo, este panorama inicial se rompe debido al desequilibrio de fuerzas que provoca la irrupción de la Orden de Alcántara en la realidad fronteriza extremeña38. La competencia que surge entre ambas instituciones armadas se decantó a favor de la Orden alcantarina que, en un proceso gradual, fue adquiriendo por privilegio real los castillos otrora templarios. Este proceso se cerrará en 1220 con el traspaso de los castillos a favor de los alcantarinos objeto del litigio, Portezuelo, Santibáñez el Alto y Milana. En 1236 el conflicto rebrotaba a causa de la reclamación que hicieron los alcantarinos del lugar de Cabeza de Esparragal, cercano a Santiago de Alcántara, a cambio del cual el Temple recibía Almorchón39.

27Que la conflictividad acompaña la conformación de los dominios templarios lo avalan las conquistas de Cáceres, Trujillo y las villas del Guadiana, Mérida y Badajoz en 1230 y el consiguiente avance de las fronteras hacia la Baja Extremadura, siguiera enfrentando a ambas Órdenes. Este enfrentamiento, en el que parece claro que la Orden de Alcántara crece patrimonialmente a partir de la consecución de objetivos templarios, se muestra con claridad en el reparto territorial de la Baja Extremadura entre ambas órdenes militares activas participantes en la conquista40. Este es, quizá, sumado a los anteriores, uno de los motivos que proporciona claridad a la escasa presencia templaria en tierras pacenses.

28De esta forma, y sin perder de vista la doble casuística (militar y colonizadora) que gira en torno a la expansión cristiana, los templarios centrarán sus esfuerzos por articular un dominio estable con base en dos poderosas bailías, cuya estratégica localización obedece a criterios puramente económicos relacionados con la ganadería, nos referimos a Capilla, que reciben por donación de Fernando III en 1236 y Jerez de los Caballeros ya en posesión de la Orden en 1248. La expansión realizada entre los límites jurisdiccionales de Santiago y Badajoz se realizó bajo un arco cronológico más extenso. El asentamiento inicial se realizó en la villa de Jerez-Badajoz, supuestamente donada poco después de su conquista, aunque referencias sobre la misma sólo nos llegan de un documento fechado en 128341. Desde las fortificaciones de Alconchel, Burguillos y Ventoso trataron de ampliar sus dominios procediendo a la fortificación de Fregenal. Hacia el norte incorporaron Olivenza, Alconchel y posiblemente otras poblaciones de similar entidad según se desprende de un acuerdo sobre términos realizado entre el Temple y la Orden de Avis en 125942. Sin embargo, esta expansión provocó un conflicto con el concejo de Badajoz durante una treintena de años.

El poblamiento y la población en territorios templarios

29Por las circunstancias observadas y las inherentes al territorio extremeño, los dominios templarios se centralizaron sobre espacios prácticamente despoblados, si exceptuamos los puntos fortificados y un número ciertamente reducido de establecimientos aldeanos dependientes de las fortalezas conseguidas hasta la década de 125043. Efectivamente, las dificultades económicas y geo-estratégicas que imponían inicialmente la conquista y repoblación se manifestaron en un reaprovechamiento de las infraestructuras poblacionales dejadas por los musulmanes así como de la red viaria en puntos concretos de elevado tránsito. En este sentido, no podemos atribuirle al Temple la fundación de poblaciones nuevas, al menos de entidad suficiente al margen de castillos y asentamientos rurales, aunque sí es producto de su presencia e interés la revitalización de aquellos lugares donde establecieron sus dominios. Otra cuestión será la labor repobladora que emprenderá y que culminará, en el caso de Jerez de los Caballeros, en asentamientos de una apreciable densidad demográfica a pesar de la despoblación total sufrida tras la huida de los musulmanes. El poblamiento rural, entendido como poblamiento efectivo y síntoma de una ocupación eficaz, se muestra en esta dirección con total claridad y de ello tenemos muestras en la confluencia de jurisdicciones entre Badajoz y el Temple al sur de Extremadura donde la Orden se aseguró la posesión de una serie de aldeas44.

30Los mecanismos repobladores que se ponen en marcha en la práctica totalidad de Extremadura tras el alejamiento de la frontera tienen su traslación a los dominios templarios, aunque con evidentes matices. Así, la pronta pérdida de fortificaciones en la Alta Extremadura debió incidir en el escaso o nulo poblamiento que las fuentes muestran con cierta claridad. De hecho, la bailía menos poblada será la de Alconétar a pesar de la extensión de sus primigenios límites. A este castillo no se le pueden inscribir núcleos aldeanos dignos de consideración ya que su funcionalidad puramente rentista basada en el control del puente y de las barcas existentes en el Tajo está definida tempranamente.

31A pesar de ser una encomienda a la que se vinculaban la práctica totalidad de los castillos leoneses de la tierra de Coria, las permutas que se inician con el reinado de Alfonso IX la reduce sustancialmente ; es por ello que no conocemos nada de la labor repobladora emprendida por los templarios en este espacio. Sin embargo, ésta debió existir a tenor de las noticias que nos llegan hacia 1257 a causa de la conflictividad mantenida con alcantarinos. En dichas referencias aparecen citados por vez primera como pequeños asentamientos rurales los lugares de Benavente de Sequeros y Peñas Rubias45. No obstante, no siempre fue de esta forma y así se manifiesta en 1292 cuando, debido a un conflicto de términos con el concejo de Plasencia, se recogen noticias sobre la necesidad de tierras que poseía la Orden debido al aumento de la población residente en la encomienda. Esta realidad se percibe en el documento suscrito por Sancho IV en el que se precisa que las tierras invadidas iban a ser destinadas a labores agroganaderas46. Estos son quizá los únicos datos fiables que poseemos sobre esta encomienda referente al asentamiento poblacional hasta la disolución de la Orden.

32En la Baja Extremadura el paisaje poblacional posee una naturaleza distinta. Capilla es la encomienda que más dilata el proceso de asentamiento poblacional. La relativa despoblación de esta zona debemos coligarla a los intereses económicos de vinculados a la ganadería47. Una muestra clara de la despoblación de la encomienda la tenemos en el documento de donación de Capilla de 1236 donde se señala que “exceptuando las heredades y lugares que parecieren útiles y a propósito para labrarse, se cultiven, pero las demás heredades se conserven incultas y por romper para pastos y estremos de los ganados”. En 1310 se le conocen ligadas las poblaciones de Garlitos, Siruela, Sancti Spitirus, Poblachuela, Almorchón, Cabeza del Buey y Garbayuela48. Con todo, la encomienda en 1315, cuando fue donada a la Orden de Alcántara y ésta le concedía carta de población en la que se otorgaban privilegios a los que vinieren de nuevo a poblar, mostraba evidentes síntomas de despoblación que sólo podían ser subsanados emprendiendo una política de exenciones y franquicias habituales en otros tiempos, es decir, en tiempos de la frontera : “que ssean ffranqueados et quitos de todos los pechos que viniessen a la nuestra tierra ssalvo dela moneda forera del rey si viniesse a la tierra. Et esta franqueza e merçed les ffasemos dessta Ssanta Maria de Agosto primera que viene dela era desta carta ffasta en çinco annos”49.

33No ocurre lo mismo en la poderosa encomienda de Jerez de los Caballeros, con centro en la villa del mismo nombre, y Ventoso50. Los intereses ganaderos debieron existir, pero sin duda no se sobrepusieron a los derivados de un asentamiento poblacional estable, como lo demandaban la ubicación de la villa en un punto importante del entramado viario que conectaba el sur de Badajoz con Andalucía y Portugal y su población residente. En esta área sí que podemos hablar de un intento serio de repoblación si tenemos en consideración la extensión de privilegios forales que servían de llamamiento y reclamo a la población cristiana, así como el número de poblaciones integradas en los dominios comendatarios de la villa. La respuesta al llamamiento hecho a los pobladores debió nutrir demográficamente en una primera oleada los lugares que se incluyen en este bailiato como son los castillos de Ventoso, lugar al que la Orden concedía términos en 1271, Burguillos del Cerro, fundado posiblemente por la Orden en algún momento anterior a 1255 sobre un lugar inicialmente despoblado51, Fregenal y Alconchel, conquistado en 1171 y quizá incluido en los dominios templarios con seguridad en 124852 ; y los asentamientos rurales de Higuera de Vargas, Cheles (1256), Villanueva del Fresno, Villanueva de Barcarrota, Olivenza, Táliga, Oliva (denominada en las fuentes como Granja), Bodonal, aldea que junto a Higuera fueron los primeros asentamientos vinculados a dicha encomienda, y Valencia de Mombuey53. Por datos relativos a etapas posteriores se puede señalar que la red de poblamiento de la Orden en esta zona está completa cuando se produce la disolución a comienzos del siglo XIV54.

34La dinámica poblacional en la que circunscriben los territorios templarios es similar a la detectada para el resto del territorio extremeño, pero salpicada de características propias que llegan impuestas por realidades geo-políticas e intereses particulares de la Orden. Así, coincidiendo con el reinado de Sancho IV, el aumento de núcleos poblacionales se alterna con un significativo incremento de noticias alusivas a la transformación y adaptación del medio natural a las necesidades de las nuevas poblaciones. Este crecimiento demográfico debido a los continuos aportes de población foránea y no tanto al presumible crecimiento vegetativo de la población ya asentada, se desprende de noticias como la delimitación de términos del Ventoso en 1271 en la que se nos hace relación de un medio poco transformado pero que como muestra la población de Fregenal en 1309-1312, cedida a Gonzalo Sánchez Troncones, contaba con “su castillo et con sus aldeas e con todos sus terminos et con todas sus pertenencias”55.

35Los datos recogidos en la escasa documentación disponible nos permiten afirmar la desigual densidad demográfica de estos espacios. Todo parece indicar que las zonas limítrofes con la sierra de Huelva muestran grados de humanización inferiores a los observados para otras áreas de la provincia pacense y sólo se constatarán cambios sustanciales avanzado el siglo XIV, cuando se documenta un aumento generalizado de la población en la totalidad del ámbito extremeño. Así, hacia 1327 se recogen instantáneas en las que puede observarse una paulatina transformación del medio y un paisaje agrario más complejo “do vos la mi casa del Ventoso con todos sus derechos et sus heredamientos, assy casas et vinnas et tierras como prados et pastos et pasturas”56. Noticias similares se documentan en 1346 cuando Gómez Calderón cambia a la Orden de Santiago las villas de Valencia del Ventoso y Fregenal señalando que lo hacía con “casas e viñas e prados e pastos e dehesas e tierras e molinos”57.

36En concordancia con el aumento poblacional y la modificación del medio se revela un crecimiento poblacional avalado por otras realidades : la fundación de iglesias que alcanzaron el estatus de parroquias en el último tercio del siglo XIII. Son las iglesias pertenecientes a las poblaciones de Olivenza, Táliga y Villanueva de Barcarrota que posteriormente se reintegraron al concejo y obispado de Badajoz, tras una polémica intervención de la Corona a favor de los intereses de la ciudad58. Este aumento de asentamientos rurales es constatado por un hecho de no menor significación y es que en el ámbito urbano se detecta un crecimiento demográfico de características similares al rural, es decir, lento pero efectivo. La muestra más clara de las tendencias de crecimiento poblacional la representa la villa de Jerez y su tierra. La villa propiamente dicha, edificada con antelación a la fortaleza de origen templario y cuya extensión intramuros es de 150.000 metros cuadrados de superficie con un plano perfectamente adaptado a la morfología del territorio en el que se ubica59, comienza a desbordarse iniciándose el siglo XV. La existencia de heredades, casas, y otras propiedades localizadas extramuros que conocemos a través de numerosas compraventas realizadas en la segunda mitad del siglo XIV por familias judías al que será el primer conde de Feria, anuncian esta realidad60.

37Con todo, la situación que reina en los dominios templarios nos llega definida por el escaso poblamiento y las relativas densidades demográficas existentes, más evidente cuanto más presentes están algunos problemas relacionados con la proximidad de la frontera. La situación de relativa despoblación se mantendría tras los establecimientos fronterizos acordados con el vecino reino de Portugal y sólo el cambio de jurisdicción de algunas de estas poblaciones que pasaron al señorío laico en las primeras décadas del siglo XIV, debió surtir un efecto positivo ya que incluso anteriores intentos realizados por la Orden resultaron infructuosos61. Esta debe ser la consecuencia de que lugares como Fregenal, integrados originalmente en los dominios templarios, no cuenten a comienzos del siglo XV más que con dos parroquias, Santa María y Santa Ana62.

Los dominios templarios : propiedades, rentas y vasallos

38La presencia de la Orden del Temple en Extremadura debe entenderse en un ámbito socioeconómico muy concreto : el que impone el modelo de articulación del espacio y la sociedad feudal. De otra forma, la Orden será verdadera agente de la dinámica expansiva del modelo feudal y de su implantación en marcos territoriales muy concretos. Desde esta perspectiva, los templarios muestran caracteres y comportamientos similares al resto de las instituciones armadas integradas en la dinámica colonizadora extremeña, aunque su presencia en estas tierras se limite a un señorío más reducido.

39Los bienes templarios en Extremadura se integran administrativamente en la provincia de Castilla, León y Portugal, siendo su principal característica su localización y fragmentación. El patrimonio territorial templario se centra fundamentalmente en la Baja Extremadura, mientras que en la Alta sólo pervivirá una encomienda y mantendrán un número reducido de bienes. Del mismo modo, la obtención de estas propiedades en la etapa de conquista incide en su fragmentación y localización en comarcas muy concretas de donde no debemos perder de vista los intereses ganaderos. La cronología de adquisición de bienes territoriales está condicionada a la dinámica expansiva cristiana y, especialmente, a la entrada en el panorama repoblador de las Órdenes nacionales, por lo que no es de extrañar que los dominios templarios en la Alta Extremadura sean los de más antigua formación y los que menos transformaciones van a sufrir a partir de 1250.

40A la cuestión relacionada con la formación del dominio templario en Extremadura, debemos precisar que éste se conforma a partir de una serie de donaciones realizadas fundamentalmente por la corona. Estas donaciones consistieron en castillos y sus territorios, exceptuando el caso de la villa de Jerez, quizá la población templaria de más entidad, así como heredades y pequeñas explotaciones repartidas por un número muy reducido de alfoces concejiles de la alta Extremadura63. A pesar de que no se conocen otras formas de integración del dominio es posible pensar en que los freyres templarios estuvieron abiertos a compras, donaciones de particulares, como ocurre en el caso de otras órdenes militares asentadas en Extremadura, e incluso a la permuta de bienes.

41Partiendo de las realidades anteriormente enunciadas, los principales bienes raíces los integran castillos y villas fortificadas que conformarán los núcleos de sus encomiendas : Alconétar, Capilla y Jerez de los Caballeros, constituidas como tales entre finales del siglo XII y mediados del siglo XIII. Sin embargo, esto no es lo más significativo aunque sí es lo que proporciona entidad a la Orden en tierras extremeñas. Por debajo de las fortalezas núcleos de encomiendas destacan las fortalezas que integran, a su vez, núcleos poblacionales y que destacan por el volumen de rentas, de entre ellas podemos citar Valencia del Ventoso donde se obtenían sustanciosos diezmos64, así como las de Almorchón -incluida en la encomienda de Capilla y Burguillos- lugares donde la Orden recaudaba el montazgo por privilegio real en 125365. Estas fortificaciones se habían incorporado al dominio templario en las primeras décadas del siglo XIII y posiblemente estaban gobernadas por simples tenentes a las órdenes de comendadores.

42Junto a recintos fortificados con sus territorios y poblamiento interdependiente, el Temple contará con otras propiedades dispersas por alfoces concejiles de la Alta Extremadura que debieron proporcionarles elevadas rentas pero que no conformaban ninguna encomienda. Así, hacia 1327, sabemos que vinculadas a la encomienda de Alconétar poseían heredades, aceñas y casas en Coria, además de pequeñas explotaciones rurales como parece mostrar el término granja con el que se designan y que quizá fueran los restos del primitivo dominio de la Orden sobre la ciudad en tiempos de Alfonso VII66. Unas propiedades similares parece que tuvieron en la ciudad de Plasencia hasta 1220 según se deduce del duro pleito sostenido con la Orden de Santiago y que tuvo que dirimir el obispo de la ciudad67. Entra dentro de toda posibilidad pensar que la obtención de bienes en esta ciudad perteneciente al ámbito de dominación castellana esté igualmente relacionada con la frontera y la necesidad de defensa.

43De entre las propiedades fundiarias destacan las dehesas y espacios baldíos y de monte. Las extensiones de tierra adehesadas destinadas al ganado trashumante, cuya presencia ya se detecta en tierras bajoextremeñas a mediados del siglo XIII, fueron abrumadoras. En el caso de Capilla un porcentaje elevado de su escaso término era una dehesa de centenares de Km cuadrados en la que a mediados del siglo XIV llegaban a pastar alrededor de 50.000 cabezas de ganado procedentes de Toledo68. En la citada encomienda la Orden mantenía cinco grandes dehesas, Garbayuela, Yuntas, Toconal, Almorchón y Rencón de Suja, que ocupaban la práctica totalidad de los términos de la villa. Algunas de las citadas dehesas fueron las áreas donde germinaron posteriores asentamientos rurales (Garbayuela), otras estaban dominadas por castillos estratégicamente localizados (Almorchón). La totalidad de estas dehesas estaban destinadas al albergue de los ganados trashumantes, aunque no se descarta un aprovechamiento mixto estrictamente vigilado y cuidado por los freyres69.

44El aumento, y por ende el mantenimiento de los dominios, no está exento de un conflicto abierto con otras instituciones señoriales de idéntica o similar entidad. Efectivamente, la pugna por la obtención de mayor cantidad de tierra, propia de la dinámica de expansión feudal en territorios de colonización, se muestra especialmente clara y como es lógico suponer se centra en un doble ámbito. Por un lado, se procede con rapidez y eficacia a la delimitación de términos y jurisdicciones para concretar los espacios y aprovechamientos a los que serán sometidos y ello estará rodeado de una elevada conflictividad. En segundo lugar, ante la dificultad de continuar con un proceso de repoblación abierto desde mediados del siglo XIII la Orden reaccionó del mismo modo que lo hicieron los santiaguistas, usurpando términos y núcleos poblacionales como podremos observar para los casos de Badajoz y Plasencia.

45En cuanto al enfrentamiento con otras Órdenes por clarificar los límites jurisdiccionales, las fuentes nos proporcionan cumplidas noticias poco tiempo después de la conquista de gran parte del territorio extremeño. Los conflictos más significativos tuvieron como rivales a la Orden de Alcántara primero en la Alta Extremadura para, cuando la frontera se desplaza hacia el sur, trasladarse a la comarca de La Serena. En esta área se conocen deslindes de términos confirmados por los monarcas castellanoleoneses desde 1250 cuando se realiza el primer ajuste entre los castillos de Benquerencia, Capilla y Almorchón70. La debilidad de los acuerdos y casi con seguridad la violación sistemática de los mismos por ambas partes explica el que estos acuerdos se sigan realizando tres años después.

46No menos complicados fueron los conflictos terminiegos sostenidos con los concejos de realengo. Los primeros que se conocen se fechan en 1253 y tienen al concejo de Cáceres como principal demandante. El origen de “muertes e desonras, e fuerças, e dannos” debe relacionarse con el obligado paso por Alconétar de personas, mercancías y ganados, es decir, son los derechos emanados de la explotación del paso por el Tajo lo que los enfrenta a la Orden71. Además de percibir beneficios derivados del paso por el puente y utilización de las barcas, la posibilidad de conseguir nuevas tierras que cultivar llevó a los templarios a apropiarse de parte de los límites meridionales del concejo placentino, hasta el momento despoblados, cuestión que precipitó el conflicto con el concejo de Plasencia en 129272.

47El crecimiento económico y poblacional que se detecta en la práctica totalidad de Extremadura a finales del siglo XIII y la dificultad que mostraron los grandes concejos de realengo para ocupar sus extensos términos, fueron aprovechados por el Temple para poner en marcha mecanismos usurpadores idénticos a los desarrollados por la Orden de Santiago en la ribera del Guadajira en lo que se refiere a términos concejiles y asentamientos rurales73. Algunas de las poblaciones que serán objeto de litigio en 1284 y que, tras sentencia real, reocupará el concejo de Badajoz fueron “tomadas por fuerça” e incluidas en los dominios templarios años antes a pesar de las advertencias reales. En un primer momento, y debido a la dificultad que mostraba el concejo pacense de repoblar los límites meridionales de su alfoz, las poblaciones cercanas a la frontera portuguesa fueron ocupadas por los freyres. Años después se produjo la primera reclamación coincidiendo con el relanzamiento del proceso de ocupación del suelo y el crecimiento demográfico que ya estaba mostrando el citado concejo. Así, en 1278, tras sentencia real, los lugares usurpados eran restituidos a Badajoz y además se procedía a una delimitación de términos74. Sin embargo, los freyres no debieron devolverlas tras la sentencia, reactivando el conflicto hasta 1284 cuando las poblaciones en litigio, Olivenza, Táliga y Villanueva fueron definitivamente reintegradas al concejo.

48Igualmente problemáticas fueron las relaciones que mantuvieron con el obispado de Badajoz. Sabemos que inicialmente existe un acuerdo bipartito, fechado en 1256, en cuanto a la percepción de las rentas derivadas de las parroquias que quedaban desgajadas del alfoz pacense para integrarse en el dominio templario75. En la concordia se establecía que el obispo de Badajoz recibía la tercia pontifical y la tercia de los diezmos recaudados tanto en las iglesias construidas como en aquellas que más adelante se construyesen. El acuerdo terminó violándose unilateralmente por los freyres.

49La característica más llamativa del modo en que explotan el dominio es su perfecta adaptación al territorio local, a las condiciones y posibilidades que ofrece el medio natural. Considerando esta afirmación, es factible pensar que la gestión templaria de los dominios localizados en Extremadura no debió ser muy distinta a la que pusieron en práctica en otras zonas, e incluso no muy diferente de la desarrollada por sus homónimas inscritas en el mismo marco territorial. Si bien no podemos negar tajantemente la explotación directa de la reserva señorial, es preciso distinguir los distintos marcos en los que se inscribe. Todos los datos parecen indicar que el cultivo de cereal ocupa un lugar relevante, algo que, por otro lado, no constituye de por sí una novedad en la explotación tradicional de otros dominios sujetos a la misma jurisdicción76. Esta realidad se confirma cuando en el citado documento de 1310 se constata que la Orden labra directamente “en termino de Capiella por pan segund creen con cuatro yuntas de bueyes”. Sin embargo, es posible que el peso de la explotación directa de esta reserva no fuera determinante en el conjunto del dominio debido a su poca rentabilidad, si tenemos en cuenta el escaso potencial de las tierras donde se asientan sus encomiendas así como el escaso peso que supone la debilidad poblacional. Es igualmente probable que la posible disgregación de la reserva señorial diese lugar a la entrega y cesión de ésta en concepto de arrendamiento o prestimonio, pero normalmente a cambio del pago de una cantidad en dinero.

50Todos los datos existentes, así como la localización de sus encomiendas y su escaso poblamiento parecen indicar que la explotación dominante es la relacionada con el aprovechamiento de los pastos lo que nos pone en relación con un nuevo marco de explotación : las dehesas. Considerando esta afirmación y la ausencia de noticias que nos permitan reafirmarnos en lo anterior, la ganadería trashumante es el principal aliado económico del Temple en tierras extremeñas, especialmente en las encomiendas de la Baja Extremadura. Así lo ponen de manifiesto tanto las noticias conservadas sobre el elevado tránsito de ganado por sus tierras como el conocimiento aproximado que se tienen de las rentas obtenidas. En este sentido, no es extraño que los beneficios derivados del tránsito de ganados por las cañadas que iba institucionalizando el ya habitual paso de La Mesta fueran objeto de ambición. Teniendo en cuenta el montante de los diezmos regulados por la Corona en distintas disposiciones emitidas desde el siglo XIII escasamente modificadas y que era de un caballo por cada 5.000 ovejas que fueran al sur, uno por 500 vacas y un maravedí por 500 ovejas y por 50 vacas, las cantidades debieron ir aumentado hasta llegar a cotas realmente excepcionales en los primeros años del siglo XIV77. La información más completa que se conserva sobre esta realidad nos llega de la bailía de Capilla. Allí, las rentas procedentes de las cinco dehesas integradas en la encomienda sumaban en conjunto 24.000 maravedís repartidas de la siguiente forma : Garbayuela 5.000 maravedís, las Yuntas 4.000, Toconal 6.000, Almorchón 5.000 y Rincón del Zújar (Rencón de Suja) 4.000 maravedís respectivamente cantidades que, como señala uno de los testigos interrogados, “que esto non pueden ellos saber çierto quanto rronde mas que segund cuydan que estas cosas pueden rrender al tanto como las dichas dehesas”78. No tenemos referencias sobre la explotación a la que eran sometidas las demás dehesas pero sin duda las rentas obtenidas podrían equipararse a las conocidas para la bailía de Capilla.

51El redondeo de sus ingresos se realiza a partir de las rentas obtenidas del tránsito por los puentes controlados por la Orden. No tenemos referencias ciertas sobre la cuantía del pontazgo pero en el enfrentamiento que protagonizó la encomienda de Alconétar con la Orden de Alcántara en 1257 uno de los argumentos sostenidos es la obligación que imponían los alcantarinos de no permitir el paso de personas y animales por el puente (o en su defecto la utilización de las barcas) que salvaba las orillas del caudaloso Tajo, con la consiguiente pérdida de rentas79.

52La entrega de heredades a los pobladores llegados con el llamamiento inicial de la repoblación se ajusta a los parámetros desarrollados en otras jurisdicciones. Esta entrega estaría acompañada de un privilegio de asentamiento o fuero que, como ya conocemos para los casos próximos a la frontera portuguesa, se materializó en el conocido fuero del bailío80. No se tiene constancia cierta de la utilización de ese fueron, ni siquiera de cartas de población similares para la repoblación del resto de las encomiendas extremeñas, sin embargo, podemos pensar sin temor a equivocarnos que debió existir alguna reglamentación al respecto.

53La ausencia de fueros no nos permite precisar el tipo de relaciones que mantenía la Orden con sus vasallos. Al respecto, sólo podemos realizar vagas apreciaciones obtenidas del documento de 1310. A partir del análisis detallado sabemos que las contribuciones a las que estaban sujetas las explotaciones campesinas son referidas convenientemente en el citado documento y entrarían en el ámbito de las exigencias de corte esencialmente señorial. En él se alude a la existencia de diezmos y otros derechos relacionados con el cultivo del cereal, colmenas, utilización de barcas, que los vasallos de la Orden debían pagar. No se mencionan rentas típicamente señoriales como la martiniega, pero es posible pensar en su existencia o bien en su equiparación con el diezmo no eclesiástico81. Según muestran las escasas noticias conservadas, los vasallos de la Orden estaban sujetos a una doble tributación. Por un lado, debían contribuir en los derechos puramente señoriales de carácter solariego como lo apunta el hecho de que les exigieran “los derechos de pan et de ganados et de colmenas” así como “los pechos de los vasallos”. La tributación exigida por la Orden se completaba con otras rentas de índole jurisdiccional como parece indicar la percepción de las “calonnias”.

La disolución del Temple y la desmembración de las encomiendas extremeñas

54Tras el desarrollo de un proceso repleto de contradicciones, los bienes de los que era propietaria la Orden fueron entregados a homónimas de origen castellano, aunque no sin problemas y fricciones ante la pretensión de otras instancias de poder por obtener tan sustanciosos bienes82. Esta situación no es generada tras Viennes, sino que se conoce con antelación e incluso se mantendrá viva y será motivo de especulación años después de declarada la extinción.

55Efectivamente, los reyes castellanos, anticipándose a la resolución del juicio emprendido contra la Orden, iniciaron una política de recabamiento de información sobre las propiedades templarias en Castilla cuyas consecuencias, entre otras, fueron la redacción de interrogatorios en los que se informaba adecuadamente sobre las tenencias, vasallos, rentas, ganados y otras propiedades. Esta política de obtención de información fue seguida de una serie de acciones encaminadas a la expropiación de bienes que en algún caso ya se había iniciado en 1309 con la venta de Capilla, Garlitos y Almorchón a la Orden de Alcántara por 130.000 maravedís83. El motivo que movía a los monarcas castellanos a obtener tan cumplida información debe ponerse, pues, en relación especialmente con la disposición de tierras y rentas derivadas de la explotación ganadera. Una prueba de esta situación la tenemos en la ausencia de un interrogatorio semejante para el caso de la encomienda de Alconétar donde, evidentemente, los beneficios giraban en torno al control del paso por el puente.

56A pesar de todo ello, o quizá como consecuencia de lo anterior, la frecuencia que sigue la desmembración de los bienes templarios en Extremadura anterior a la disolución de la Orden nos deja entrever un cúmulo de intereses ocultos y acciones precipitadas cuando no contradictorias. Una muestra de todo ello la tenemos en las ventas y posibles donaciones de las que son objeto la Orden de Alcántara frente a las legítimas pretensiones de la Orden del Hospital e incluso de Calatrava y el concejo de Córdoba84. Los alcantarinos entre 1309 y 1333 lograron obtener la totalidad del señorío de Capilla incluyendo el significativo castillo de Almorchón85, a lo que debemos sumarle la encomienda de Alconétar con todas sus propiedades antes de 132786. Los intereses ganaderos así como una fidelidad hacia el monarca, que no podía ofrecer otra Orden extranjera como era la del Hospital, debieron ser elementos más que convincentes para inclinar la decisión a favor de la freyres alcantarinos.

57Otra suerte correrán las poblaciones y fortalezas incluidas en la encomienda Jerez-Ventoso. Debido a la magnitud del territorio comprendido en las encomiendas, a su mayor población, la cercanía de la frontera portuguesa y a la existencia de intereses muy diferentes a los anteriores, su desmembración estuvo sujeta a cambios de decisión y a una conflictividad de origen nobiliar. Es probable que la villa de Jerez permaneciese en el señorío del rey circunstancia que no se dio para el caso de Fregenal entregada inicialmente al concejo de Sevilla para ser luego cedida a Gonzalo Sánchez Troncones, cuyo fallecimiento acaecido poco después provocó una nueva cesión de la villa a la capital andaluza. Esta circunstancia abre el turno de posesiones de los castillos próximos a Badajoz retenidos según su importancia por Alfonso XI, cedidos a modo de fianza en los acuerdos con el monarca portugués87. La necesidad de defender un sector de la frontera que se mostraba inestable hizo fructificar la política a la que nos venimos refiriendo en una iniciativa repobladora encabezada por nobles próximos a la Corona en absoluto exenta de tensiones ante las presiones que se estaban ejerciendo desde otros ámbitos : por decisión del papa Juan XXII los bienes templarios debían pasar a la Orden del Hospital. Sin embargo, la escasa repercusión que tuvo en Castilla esta decisión papal (quizá la extranjería de la Orden fuera determinante) provocó episodios de tensión como el acaecido en 1320 y mantenido hasta 1322, por el cual se dictaba carta de excomunión sobre las personas de Fernando Velasco Pimentel y D. Martín Alfonso Tizón y otros pobladores por retener los castillos y propiedades de la extinta Orden en Burguillos, Alconchel y Cheles88.

Consideraciones finales

58La coyuntura en la que se encuentra inmersa los territorios extremeños poco después de la conquista de Coria en 1142 favoreció el asentamiento con facilidad de la Orden del Temple. La expansión de esta Orden internacional fue rápida y efectiva dada las condiciones adaptadas a la lucha de frontera que ostentaba. Sin embargo, el nacimiento de órdenes propiamente hispánicas, Santiago y especialmente Alcántara, fueron determinantes de su situación en Extremadura. Lo que inicialmente había sido un posición ventajosa se rompe entre 1211 y 1221 cuando se inicia un largo pleito con la Orden alcantarina por las propiedades templarias de la Alta Extremadura. La rápida conquista del sur extremeño trasladó este conflicto a nuevos espacios. La Orden del Temple es objeto, por tanto, de una política de cierta inestabilidad pero propia del marco feudal en el que se integra y sólo finalizará cuando el apoyo a Sancho IV le proporcione nuevos privilegios.

59Esta situación así como la fragmentación de sus dominios procuran una imagen irregular en cuanto al poblamiento. Exceptuando la encomienda de Jerez de los Caballeros, las encomiendas de Alconétar y Capilla registran una ocupación poblacional escasa, sólo positiva si la circunscribimos a la dinámica de crecimiento poblacional en la que se encuentra Extremadura a finales del siglo XIII. Este poblamiento se basará fundamentalmente en fortalezas en torno a las que se articuló un poblamiento mínimo y desde donde se procedió a la organización y puesta en explotación del territorio. Sólo la villa de Jerez y su término puede considerarse el espacio más densamente poblado de los dominios templarios en Extremadura.

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Note

1 J. González : El reino de Castilla en la época de Alfonso VIII, 3 vols, Madrid, 1960, vol. I, pág. 566.
2 Considera A. Forey : “The military orders and the spanish reconquest in the twelfth and thirteenth centuries”, Traditio, XL (1984), pág. 198, que el Temple en sus orígenes “was interested in western Europe only as a source of manpower and revenues for the East and it was for this purpose that Templars had been sent to the Iberian peninsula, as to other western countries, in the later 1120s”. Es la postura que mantiene William de Tirol a finales del XII en Historia rerum in partibus transmarinis gestarum, XII, (cit. A. Forey : The military orders fron the twelfth to the early fourteenth centuries, Hong Kong, 1992, pág. 98).
3 G. Martínez Díez : Los templarios en la Corona de Castilla, Burgos, 1993, pág. 37 ; C. Estepa Díez : “Encomiendas del Temple en Tierra de Campos”, Las Órdenes Militares en la Península. Volumen I : Edad Media durante la edad Media, Cuenca, 2000, pág. 702.
4 A. López Ferreiro : Historia de la iglesia de Santiago de Compostela, vol. IV, Santiago de Compostela, 1901, ap. XXXIX (A.C. Santiago, Tumbo A, fol. 48v) : Fernando II concede a la Catedral de Santiago Caldas de Cuntis con su realengo y con las seis iglesias “pro Cauria civitate, quam ego ipse vobis, archiepiscope domine Petre et ecclesie beati Iacobi jure hereditatis donaveram… attendens et considerans fidelitatem vestram et obsequium quod mihi a puericia semper exhibuistis. Hac autem urbem ego ob remedium anime mee militibus Templi Christi donavi”.
5 Sobre este aspecto puede consultarse, J. Clemente Ramos : “La Extremadura musulmana (1142-248). Organización defensiva y sociedad”, Anuario de Estudios Medievales, 24 (1994), págs. 647-701.
6 J. Maldonado y Fernández del Torco y E. Sáez : El fuero de Coria. Estudio histórico-jurídico, Madrid, 1949, rub. 1.
7 G. Velo y Nieto : Coria. Reconquista de la alta Extremadura, Cáceres, 1956, aped. XIII, a. 1184 ; J. L. Martín : Orígenes de la Orden militar de Santiago (1170-1196), Barcelona, 1974, doc. 196, a. 1186.
8 F. Novoa Portela : La Orden de Alcántara y Extremadura (siglos XII-XIV), Mérida, 2000, págs. 32-38 ; J. Clemente Ramos y J. L. de la Montaña Conchiña : “La Extremadura cristiana (1142-1230). Ocupación del espacio y transformaciones socioeconómicas”, Historia. Instituciones. Documentos, 21 (1994), págs. 98-99.
9 “Restituo eis Algodor quod fuit ante suum et restituo eis hereditatem quam tenebat dompnus Rodericus Petri de Villalupos in Veiga de Cauria, que fuit Templi, et hortum quem tenebant filii Dominici Micahelis qui fuit fratrum Templi, et restituo eis etiam Alcañices cum omni suo termino, que fuit sua, et restituo eis suas salinas quas habebant in Lampreana, et in Sancto Felice et in Moladas, et in Benavente, sicut eas unquam melius habuerint. Similiter restituo eis in Limia quantum ibi habebant quod fuit suum et restituo eis in Veiga de Cauria suos solares in quibus solebant ipsi fratres suos boves tenere.” (J. González : Alfonso IX… ob. cit : II, doc. 274). Todo esto nos hace pensar en una auténtica expropiación del Temple ; no creemos que esto tenga que ver con los bienes recuperados por Alfonso IX poco después de llegar al trono, acción que intenta corregir el dispendio de su padre, entre los cuales se encuentra la posesión templaria de San Martin de Bamba, que nunca llegaron a recuperar (Ibíd., I, pág. 393 ; para una comparación entre las donaciones de Fernando II y Alfonso IX : J. Clemente Ramos : Estructuras señoriales castellano-leonesas : el realengo, Cáceres, 1989, pág. 257, cuadro nº 7).
10 “do eis Ponteferratum integre cum omnibus suis alfozes et cum omni suo portatico et cum omnibus directuris et pertinenciis seciut ego illam tenebam in iure et in mano quando illam dedi predictis fratribus. Do etiam eis Arvoyxelo cum omnibs suis directuris et pertinenciis. Do eis adhuc in Lemos Canedo cum ecclesia et cum omnibus suis casalibus et pertinenciis. Do eis insuper in terra de Faro quantum ad regiam pertinet feligresia Sancti Jacobi de Sigraes” (J. González : Alfonso IX… ob. cit., II, doc. 274).
11 “fratres de Perario non debent plus populare nec laborare in terminis Templi nisi placuerit ratribus Templi” (Ibíd, doc. 274.)
12 J. González : Reinado y Diplomas de Fernando III, Córdoba, 1980-1986, vol. I, pág. 194 ; D. Mansilla : Honorio III, (1216-1227), Roma, 1985, doc. 447.
13 D. Mansilla : La documentación pontificia… ob. cit, doc. 569.
14 Fernando III dona a la Orden de Alcántara esta heredad “pro magnis itaque et gratis serviciis quae mihi fecistis, maxime in captione de Medellini” (J. González : Reinado y diplomas… ob. cit., doc. 531, año 1234). Por idéntica razón entrega a la Orden de Santiago “hereditatem ad decem iuga bovum sufficientem ad anni vicem, et septem arençadas venearum, et ortum et domos” (Ibíd., doc. 550) ; sin embargo, los Anales Toledanos sólo nos informan de que “Los freyres de las Ordenes prisieron Medellin, e Alfange, e Santa Cruz, era MCCLXXII” (E. Florez : España Sagrada, vol. XXXIII, Madrid, 1767, pág. 408, año 1234). Del mismo modo se nos indica que “Los freyres de las Ordenes, e el obispo de Placencia prisieron a Trugiello dia de conversion Sancti Pauli en Janero, era MCCLXXII” (Ibíd., 408) ; en los asedios de Cáceres de 1218 y 1222 sólo se alude a “los freyres de las Ordenes de España” o a “los freyres de España” (Ibíd., 400).
15 Alfonso X : Primera Cronica General de España, ed. Diego Catalán, Madrid, 1978, cap. 1106.
16 J. González : Reinado y diplomas… ob. cit., vol. III, doc. 575, a. 1236.
17 Ibid.  vol. III, doc. 579.
18 Capilla y Almorchón sumarían 985,27 km2 (G. Martínez Díez : Los Templarios en la Corona… ob. cit, pág. 46).
19 Alfonso X : Primera Cronica General de España, cap. 1106.
20 “De parte de Burgos et de Xerez et de parte de Alconchiel partan con los freyres del Tempo por o dizen sus privilegios de los freyres del Templo” (J. González : Reinado y diplomas… ob. cit., vol. III, doc. 763).
21 J. González sitúa la donación poco después de la conquista de Sevilla (BN, Tumbo de Sevilla, f. 42r-44). G. Martínez Díez la sitúa poco antes de 1253, cuando al incluir Alfonso X esta población dentro del termino de Sevilla, el Temple pide una rectificación (G. Martínez Díez : Los templarios en la Corona… ob. cit, págs. 54-55).
22 G. Martínez Díez ha defendido una posible donación de Alfonso IX pues Pedro Rodríguez de Campomanes : Dissertaciones históricas del Orden y cavalleria de los Templarios, pág. 229, señala en relación de Alfonso X que “me pidieron merced que les diese Xerex-Badajoz e el Frexenal tovelo por bien, e dogelos con todos sus terminos, segun se contiene en el privilegio que el rey don Alonso mio Abuelo dio a don Estevan de Belmonte e a la Orden sobredicha, porque les dio Burgos e Alconchel mas complidamente ovieron en ningun tiempo”. Alfonso IX muere en 1230 sin que se haya conquistado toda la región extremeña y las poblaciones bajo dependencia jurisdiccional de las órdenes de Alcántara y Santiago son concedidas por Fernando III. Por todo ello, no damos a esta información una validez excesiva. Otras fuentes como la Crónica de Alcántara de Torres y Tapia también presenta inexactitudes importantes para la época de la conquista cristiana. Además, nada hace pensar en un cambio radical de la política de Alfonso IX, claramente antitemplaria y proalcantarina en la Transierra extremeña.
23 G. Martínez Díez : Los templarios en la Corona… ob. cit, pág. 48.
24 M. González Jiménez : “El final de la expansión : las Órdenes Militares en Andalucía (1225-1350)”, Las Órdenes Militares en la Península Ibérica, I, Cuenca, 2000, págs. 612-5.
25 Sobre estos aspectos, cf. C. de Ayala Martínez : “La monarquía y las Ordenez Militares durante el reinado de Alfonso X”, Hispania, LI/2 (1991), págs. 409-465 ; también, M. González Jiménez : “El final de la expansión : las Órdenes Militares en Andalucía (1225-1350)”.
26 En 1251, al conceder un privilegio al concejo de Guadalajara, Fernando III precisa “ove mio conseio con don Alfonso, mio fiio, et con Alfonso, mio hermano, et con don Diago Lopez et con don Nunno Gonzalez, et con don Rodrigo Alfonso, et con el obispo de Palençia, et con el obispo de Segovia, et con el maestro de Calatrava, et con el maestro de uclés, et con el maestro del Temple, et con el grant comendador del Hospital, et con otros ricos omnes e caveros et omnes buenos de Castiella et de León” (J. González : Reinado y diplomas… ob. cit., doc. 819, a. 1251) ; Alfonso X considera en su testamento que tras la conquista de Murcia heredó bien a la Orden del Temple (cit. A. Ballesteros Beretta : Alfonso X el Sabio, Barcelona, 1963, pág. 1052).
27 En marzo de 1283, Alfonso X otorga donación de Jerez de Badajoz y Fregenal a don Juan Fernández, “teniente logar del maestre mayor en las cosas que la cavalheria del Temple ha en Castilla e em Leom e em Portugal”, como agradecimiento pues “Gomes Garcia que se lhamava comendador tenente logar del maestre en las cosas que el Temple avia en Castilha e em Leon con los freires dessa Orden de los regnos sobredichos fueron em mio disservicio com Dom Sancho, alvoroçando los regnos contra mi” (Grandaon : Monarchia, escritura XIV, t. V, fol. 311v ; cit. M. Gaibrois : Historia del reinado de Sancho IV de Castilla, Madrid, 1922-1928, vol. I, pág. 86)
28 El maestre Juan Fernandez era de origen portugués y que sus fuerzas eran portuguesas, circunstancia que posiblemente está detrás del apoyo a Alfonso X ; todo parece indicar que los templarios castellano-leoneses apoyaron mayoritariamente al infante Sancho (C. de Ayala Martínez : “La monarquía y las Ordenes militares”, pág. 464).
29 M. Gaibrois : Historia del reinado… ob. cit I, págs. 22 y CLIV.
30 Ibid. III, doc. 325.
31 Crónica de los Reyes de Castilla, Madrid, 1953 (Bib. Aut. Españ., vol. 66), pág. 82.
32 J. L. de la Montaña Conchiña : La Extremadura cristiana, (1142-1350). Poblamiento, poder y sociedad, Cáceres, 2003. La Orden de Santiago y la de Alcántara poseen un señorío que representa el 45 % del total del territorio.
33 A. Javierre Mur : “Aportación al estudio del proceso contra el Temple en Castilla”, Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos, LXIX (1961), págs. 47-99 ; E. Sarasa Sánchez : “La supresión de la Orden del Temple en Aragón. Proceso y consecuencias”, Las Órdenes Militares en la Península Ibérica, I, Cuenca, 2000, págs. 379-401.
34 La causa de esta concesión debemos buscarla en la incapacidad de la catedral de Santiago de garantizar la seguridad y defensa de la población. J. González : Regesta de Fernando II, Madrid, 1943, pág. 401. G. Velo y Nieto : Coria. Reconquista de la Alta Extremadura, Cáceres, 1956, apénd. VII.
35 J. González : “Repoblación de la Extremadura leonesa”, Hispania, XI (1943), pág. 236.
36 D. Mansilla : Documentación pontificia… ob. cit. doc. 298. “quod magister et fratres militiae Templi de Placentia super quibusdam possessionibus et rebus sliis iniuriantur eisdem ; ideoque discretioni vestre”. E. C. De Santos : La Historia medieval de Plasencia y su entorno Geohistórico. La sierra de Béjar y la sierra de Gredos, Cáceres, 1983, pág. 45, señala que los templarios estaban asentados en Hervás, Jarandilla, Segura y Monfragüe entre 1171-1173. J. L. del Pino : Extremadura en las luchas políticas del siglo XV, Badajoz, 1992, pág. 85.
37 Se baraja la posibilidad de que contaran con los castillos de Benavente y Bernardo (G. Martínez Díez : Los templarios… ob. cit, pág. 37). Sin embargo, no se tienen noticias ciertas respecto a la fecha de donación.
38 Aspectos perfectamente señalados por F. Novoa Portela : La Orden de Alcántara… ob. cit, págs. 319-321.
39 I. J. De Ortega y Cotes : Bullarium ordinis militiae Alcantara, Madrid, 1759, pág. 23. J. González : Alfonso IX… ob. cit, pág. 23. F. Novoa Portela : La Orden de Alcántara… ob. cit, pág. 320, señala que los monarcas leoneses dieron prioridad a las órdenes nacionales en la obtención de privilegios y propiedades. J. González : Reinado y diplomas de Fernando III… ob. cit, vol. III, doc. 579.
40 Mª Dolores García Oliva : “El proceso de señorialización en Extremadura”, Actas del Congreso Conmemorativo del VI Centenario del Señorío de Feria (1394-1994), Mérida, 1996, págs. 15-16.
41 Archivo Histórico Nacional (A.H.N.). Osuna. Leg. 351, nº 1-1.
42 Arquivo Nacional da Torre do Tombo, Gavetas, Vol. XII, págs. 447-448, doc. 829, “de outra parte do termo sobredito de Fornel contra o d’Olivenza e desse termo de Fornel… Fornel todo em direito e des alu aa corte de Eichera hu esta o paço feito da pedra e des aly a hua… em direito a huas arceas ao canto da porsom e des aly contra a Guadiana a hua cabeça… sobre la carreira que vai de Jurumeña pera Alvalade e desi aa pedra do Azambuguiero”.
43 G. Martínez Díez : Los templarios… ob. cit, págs. 85 y ss.
44 J. L. de la Montaña Conchiña : La Extremadura cristiana, (1142-1350)… ob. cit, págs. 44. y ss. Á. Bernal Estévez : Poblamiento, transformación y organización social del espacio extremeño, Mérida, 1998, págs. 203-205.
45 A. Torres y Tapia : Crónica de la Orden de Alcantara, Madrid, 1763, T. I, Vol. II, págs. 364-366. G. Martínez Díez : Los templarios en los reinos de España, Barcelona, 2001, págs. 167-168.
46 M. Gaibrois : Historia del reinado… ob. cit, Vol. III, doc. 420.
47 Más datos sobre esta encomienda en N. Pérez Jiménez : “Historia del Estado de Capilla”, R.E.E., t. T. VII (1905), 62-70.
48 A.H.N., OOMM, Temple, carp. 567, nº 26.
49 A.H.N., Osuna, carp. 172, nº 9.
50 A. Guerra Guerra : “La Orden militar de los templarios en la Baja Extremadura”, en V Congreso de Estudios Extremeños, Badajoz, 1975, pág. 284.
51 C. Fernández-Daza Alvear : El señorío de Burguillos en la Baja Edad Media, Badajoz, 1981, págs. 69-70. La iglesia y el castillo son fundaciones templarias (pág. 74).
52 Archivo Municipal de Montemolín (A.M.M.), Carpeta nº 1. Copia de los Reyes Católicos. J. González : Reinado y diplomas de Fernando III, Vol. III, doc. 763. G. Martínez Díez : Los templarios en los reinos… ob. cit, pág. 171.
53 Estos dos últimos lugares son mencionados en las fuentes por primera vez en 1332 y 1337, respectivamente (A.N.T.T., Gavetas, VII, Lisboa, 1977, pág. 588. Real Academia de la Historia (R.A.H.), Colección Salazar, M-5, fº 190-191).
54 Á. Bernal Estévez : Poblamiento, transformación y organización… ob. cit, pág. 204.
55 A. Benavides : Memorias de Fernando IV, Madrid, 1860, vol. II, doc. 473.
56 A.H.N., OOMM., Santiago, Uclés, carp. 355, nº 3. 1327, febrero 5. Toledo. Donación hecha por Gonzalo Gómez de Candelas a su hijo Gómez Gonzáles de la casa del Ventoso.
57 A.H.N., OOMM, Santiago, Uclés, carp. 355, nº 5. A. F. Aguado de Córdoba : Bullarium Equestris Ordinis S. Iacobi de Spatha, Madrid, 1719, pág. 266.
58 J. L. de la Montaña Conchiña : “Iglesia y repoblación. La red parroquial de la Transierra extremeña (1142-1350)”, Anuario de Estudios Medievales, nº 28 (1998), pág. 870.
59 M. Garrido Santiago : Jerez de los Caballeros. La ciudad de las Torres, Cuadernos Populares, nº 11, Mérida, 1992, págs. 7 y 8.
60 A.H.N., OOMM, Santiago, Uclés, carp. 372, nº 14. 1402, noviembre 19. Jerez de los Caballeros. Carta de compraventa otorgada por Margarita Vicente, a favor del maestre y Orden de Santiago, de una huerta sita en el arrabal de la villa de Jerez de los Caballeros, por 500 maravedís.
61 F. Mazo Romero : El condado de Feria (1394-1505). Contribución al estudio del proceso señorializador en Extremadura durante la Edad Media, Badajoz, 1980, pág. 50.
62 M. Pérez Reviriego : Fregenal de la Sierra. Villa Templaria, Cuadernos Populares, nº 20, Mérida, 1987, pág. 6.
63 G. Martínez Díez : Los templarios en los reinos… ob. cit, pág. 209.
64 Idéntica realidad podemos señalar para otros espacios (M. Riu Riu : “Los templarios en el Valle de Lord”, Medievo Hispano. Estudios in memoria del prof. Derek W. Lomax, Madrid, 1995, pág. 320).
65 Fueros municipales de Santiago y su tierra, Madrid, 1975, págs. 381-382, “los del temple, por lo que an en Castiella que lo tomen en capiella, et por lo que an en terra de leon que lo tomen en burgos o en alconcher”.
66 J. González : Alfonso IX… ob. cit, págs. 370-371. Son la Granja de Benavente de Sequeros y Algodor (A. Torres y Tapia : Crónica de la Orden… ob. cit, T. I. Vol. II, pág. 534. Bullarium Orden de Alcántara, págs. 160-161).
67 D. Mansilla : Documentación pontificia de Honorio III… ob. cit, doc. 298.
68 E. Pedraza Ruiz : Catálogo del archivo secreto de Toledo, Toledo, 1985. Documento de 1344, junio 5. Sevilla. Por el cambio del número anterior se hicieron francos de derechos 5.000 vacas y 60.000 ovejas de Toledo y su jurisdicción por donde fuesen al pasto de Capilla.
69 Véase mapa 2.
70 Bullarium Ordinis Militiae Alcantara, págs. 56-57.
71 A. Floriano Cumbreño : Documentación Medieval del Archivo Municipal de Cáceres, Cáceres, 1987, Vol. I, doc. 3.
72 M. Gaibrois : Historia del reinado… ob. cit., Madrid, 1928, Vol. III, doc. 420. D. Sánchez Loro : Historias inéditas placentinas, Cáceres, 1982, Vol. II, págs. 88-92.
73 A.H.N., Uclés, carpeta 372, nº 3, el infante don Sancho pronuncia sentencia en el pleito que mantenía la Orden de Santiago con el concejo de Badajoz, adjudicando a la primera los lugares de Zafra, Los Santos, La Solana, Pijotilla, Carazo y otras heredades y casas.
74 Archivo de la Catedral de Badajoz (A.C.B.), Secc pergaminos, Carp. II, nº 10. “E la particion que feziemos entre la Orden del Templo e el conceio sobredicho es esta. Primeramente en la atalaia de Naharro, e dende por essa sierra aguas vertientes ala una parte e a la otra fasta el moion cubierto a la cumbre del suso del monesterio o esta el moion de las tres ensinas. E dende por el monestario a la cabeça mas alta de que vierten de la una parte las aguas contra Guadiana e las otras a la mata luenga contra abobrales. E dende al moion que esta en penna forcada. E dede al moion cobierto del alcornoque que esta en la cumbre en derecho del rostro de mont Baya donde vierten las aguas, las unas contra abobrales las otras contra Guadilcarranche. E dende por Guadilcarranche ayuso fasta mom polim. E dende como va el cerro de monte luengo fasta el moion que esta en esse mismo cerro en derecho delos perales. E dende al moion cobierto al agua de mont rayte. e dende por el agua de mont rayte como entre en Guadiana”.
75 Bullarium de la Orden de Santiago, págs. 193-194. J. Solano de Figueroa : Historia eclesiástica de la ciudad de Badajoz, Reed. Badajoz, 1929, I parte, T. III, págs. 44-47. R. Mª Sánchez y L. A. Limpo Píriz : El enclave de Olivenza y sus murallas (1230-1640), Cáceres, 1998, págs. 33-34.
76 L. Verdon : “L'exploitation du domaine des Templiers en Roussillon au XIIIe siècle”, A.E.M., nº 27 (1997), 803-817.
77 J. Klein : La Mesta, Madrid, 1990, págs. 151-152. Cit. doc. de 1237, Arch. Osuna-Béjar, mss leg. 351, nº. 1.
78 A.H.N., OOMM, Temple, carp. 567, nº. 26.
79 A. de Torres y Tapia : Crónica de la Orden… ob. cit T. I, Vol. II, págs. 364-366, “tomase montazgo, si non en aquellos castiellos o los gajados solian tomar pastura una partida de lana : ellos contra este mandado de el rey en el Valdarrago y en el Porteçuelo e en otros logares toman montazgo de los ganados do nunca lo solian tomar e conjuramentan los homes que non pasen por la ponte de Alconetara”.
80 A. García Galán : El llamado fuero de baylio en el territorio de Olivenza, Badajoz, 1979.
81 F. Novoa Portela : La Orden de Alcántara… ob. cit, pág. 244.
82 Sobre el proceso de la Orden en otros territorios puede consultarse E. Sarasa Sánchez : “La supresión de la Orden…”, art. cit, págs. 379-401.
83 A.H.N., Osuna, legajo 315, nº 1-1/4. Bullarium Ordinis Militiae Alcantara, págs. 142-143.
84 R.A.H., Colección Salazar, I-41, fols. 225v-230v.
85 F. Durán Castellano : “Los templarios en la Baja Extremadura”, R.E.E., T. LVI, nº 1 (2000), págs. 120 y ss.
86 Así lo señala C. Estepa : “La disolución de la Orden del Temple en Castilla y León”, C.H., Anexos de la Revista Hispania, nº 6 (1975), pág. 170.
87 Crónica de Alfonso XI, BAE, Madrid, 1953, pág. 474. Los casos y ejemplos podían multiplicarse durante la primera mitad del siglo XIV.
88 A.C.B., Secc. perg, Carp. IV, nº 6 ; Carp. IV, doc. 11.
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Julián CLEMENTE RAMOS e Juan Luis DE LA MONTAÑA CONCHIÑA, «Las Órdenes Militares en el marco de la expansión cristiana de los siglos XII-XIII en Castilla y León»e-Spania [Online], 1 | juin 2006, online dal 29 mars 2008, consultato il 29 mars 2024. URL: http://journals.openedition.org/e-spania/312; DOI: https://doi.org/10.4000/e-spania.312

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Julián CLEMENTE RAMOS

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Juan Luis DE LA MONTAÑA CONCHIÑA

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