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Cultura, lenguaje y prácticas políticas en las sociedades medievales

El miedo al rey

Fuentes y primeras reflexiones acerca de una emoción aristocrática en la Castilla del siglo XIV *
François Foronda

Résumés

La peur du roi. Sources et premières réflexions à propos d’une émotion aristocratique dans la Castille du XIVe siècle
Face à un roi qui à présent pousse les effets de son ire jusqu’au meurtre pour faire le vide autour de lui et imposer sa différence souveraine, ses parents et les riches hommes, soit les principaux visés par cette politique de l’arbitraire qui enfreint les règles du jeu autant qu’elle contribue à les redéfinir, disent la peur (metus) qu’ils ressentent, qu’ils utilisent aussi afin de donner à leur stratégie de pouvoir un fondement légitime. Et l’expression de cette émotion politique, qui tend à se muer en un stéréotype d’un discours aristocratique d’opposition, surtout présente dans les chroniques, mises ici en relation ici avec d’autres sources, notamment des correspondances, marque profondément l’histoire des relations souvent conflictuelles au sein de cette compagnie en définitive très étroite pendant un siècle, de la fin du XIIIe siècle à la fin du XIVe siècle. Cet article se propose d’ébaucher une première réflexion sur le sujet et d’en présenter les principales sources.

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Texte intégral

  • *  Este artículo fue presentado en el coloquio ‘Cultura, lenguaje y prácticas políticas en las socied (...)
  • 1  Proyecto HUM 2006-05233/HIST.
  • 2  Para tal balance crítico, véase el numero de la revista Critique dedicado a las emociones medieval (...)
  • 3  Barbara H. Rosenwein, Emotional Communities in the Early Middel Ages, Ithaca-Londres: Cornell Univ (...)
  • 4  Véase muy en especial el libro de Philippe Buc, Dangereux rituels. De l’histoire médiévale aux sci (...)

1La renovación de la historia política ha dado lugar a la apertura de nuevos campos de investigación1, y uno de ellos desde hace ya más de diez años es el tema de las emociones políticas. Aunque no vaya a proceder ahora a un balance historiográfico2, sí me gustaría subrayar en cambio algunos aspectos ya suficientemente asentados: la idea que las emociones son una construcción y que como tal ésta tiene una cronología específica; que esta construcción enraíza en una realidad social precisa, apuntando pues lo que se suele ya llamar “comunidades emocionales”3; y que esta construcción emocional y su puesta en marcha tienen una eficacia especial en términos de comunicación y de acción políticas, una eficacia muy cerca en definitiva de la que pueden tener los rituales, de los que participa la expresión de las emociones. De hecho, algunas de las críticas que se han ido produciendo desde entonces son también muy cercanas a las que han ido surgiendo a propósito de los rituales4. Pero aunque no debamos olvidar efectivamente que tanto los rituales como las emociones son primero construcciones discursivas, esto mismo y el hecho de que ambos señalen en definitiva ciertas prácticas, y prácticas de poder, hacen que estemos hablando de cultura política cuando se habla de emociones políticas.

  • 5  François Foronda, La privanza ou le régime de la faveur. Autorité monarchique et puissance aristoc (...)
  • 6  Id., “S’emparer du roi. Un rituel d’intégration politique dans la Castille trastamare”, in: Franço (...)
  • 7  Id., “Vers un gouvernement de jure dans la Castille du XVe siècle: les contrats de privanza d’Henr (...)
  • 8  Sobre la legitimidad del miedo, véanse muy en particular las páginas que Bernard Guenée le dedica (...)

2Quiero agradecer muy especialmente a Isabel Alfonso el haberme brindado la ocasión de poder abordar de manera ya monográfica un tema, el miedo al rey, al que voy acercándome, a raíz de mi tesis doctoral5, desde hace algún tiempo6, un tema que me parece directamente ligado con algunos aspectos de la cultura política nobiliaria en la Castilla de la baja Edad Media que he intentado conectar, como el golpismo y el contractualismo7. Precisamente creo que quizá sea la emoción, y en concreto el miedo al rey, la mejor vía de conexión, probablemente en posición de desencadenante en los procesos de actuación política desarrollados por la aristocracia castellana durante la baja Edad Media. Y conviene añadir enseguida que este desencadenante es legítimo, tanto en el derecho civil como en el derecho canónico, que consideran el miedo o metus, cuando no es vano por supuesto, como causa de nulidad de aquellos actos realizados por fuerza o por miedo8.

  • 9 Partidas, VII, 33.7 (anejo documental, 1).
  • 10 Partidas, II, 13.15 (anejo documental, 2).

3Es esta doble tradición que recogen las Partidas cuando se aclara el sentido, entre otras “palabras dudosas”, de la voz metus/miedo9. También se retoma en ellas, la diferencia entre este metus/miedo y otro tipo de miedo, el temor, del que se nos dice que es “naturalmente” idéntico pero distinto “según razón” al especificar como el pueblo debe temer al rey, tal y como debe también temer a Dios10. Esta diferencia radica en el origen de los miedos: mientras que el temor es producto del amor, el metus/miedo es producto del espanto, “espanto de premia” más exactamente, lo que concuerda en definitiva con la aclaración anteriormente indicada, en la que se tiende a restringir el significado de metus/miedo al miedo de muerte, de tormento, de mutilación, de perdida de libertad o de deshonra, o si se prefiere de perdida de la integridad, tanto física como jurídica y moral.

  • 11 Partidas, II, 1.3 (anejo documental, 3).
  • 12  Resulta difícil no mencionar aquí al menos el estudio de José Luis Bermejo Cabrero, “Amor y temor (...)
  • 13  Sobre la ley y su proceso de establecimiento por golpe de fuerza, véase Jacques Derrida, Force de (...)

4En este sentido cabe pues interpretar muy estrictamente el “gran miedo” al que se refieren las Partidas cuando abordan el “poderío de fecho” que ejerce el emperador11, pudiendo este perder el amor de su gente — considerado este amor como “el mayor poderío y mas cumplido que el emperador puede tener de fecho”, y en consecuencia también el temor, dado que es producto del amor verdadero — por razón de su crudeza. Con esto llegamos a lo que son los polos antagónicos y clásicos entre los que se mueve y define el poder regio en la Edad Media: por una parte, un polo positivo, el del rey/amor/temor12, por otra, un polo negativo o desviado, el del tirano/espanto/miedo. Pero estos polos, no dejan de ser como las dos caras del poderío de fecho, como su anverso y su reverso, y, en la practica, este reverso parece haber funcionado con cierta regularidad, al menos durante parte del siglo XIV, para llevar mediante golpes de fuerza el poder regio hasta nuevos limites y así normativizarlos13.

  • 14  Stephen D. White, “The Politics of Anger”, in: Barbara H. Rosenwein (ed.), Anger's Past: The Socia (...)
  • 15  Hilda Grassotti, “La ira regia en León y Castilla”, Cuadernos de Historia de España, XLI-XLII, 196 (...)
  • 16  Véanse además las reflexiones de Hugo Óscar Bizzarri, “Las colecciones sapienciales castellanas en (...)
  • 17  Sobre esta arbitrariedad “oriental”, remito especialmente a los trabajos reunidos en Maribel Fierr (...)
  • 18  Aquilino Iglesia Ferreirós, Historia de la traición regia en León y Castilla, Santiago de Composte (...)
  • 19  Estoy pensando muy en concreto, desde la nota 12 en realidad, en la judicialización post-mortem, y (...)

5Quizá se pueda hablar entonces de política del espanto tal y como Stephen D. White, aquí presente, habla de “políticas de la ira” (politics of anger)14. Con esta diferencia sin embargo: con la política del espanto, el poder regio se sitúa más allá de la ira, al menos más allá de la ira regia analizada en su día por Hilda Grassotti para el ámbito castellano-leonés15, en el momento en el que ésta deja de funcionar de manera reglada para dar paso a una ira desreglada, como consecuencia de una saña mortal16. Y esta ira ya mortífera — cuyo corte algo oriental apunta quizá una posible captación por parte de la llamada “dinastía sevillana” de la cultura política de la arbitrariedad en la segundad mitad del siglo XIII17 — participa considerablemente en la potenciación y asentamiento en Castilla de la lectura de la traición en clave de lesa-majestad, quedando ésta plasmada en el Ordenamiento de Alcalá (1348)18. El metus/miedo aristocrático es la reacción legítima a esta política soberanista del espanto, a esta revisión, primero de hecho y luego de derecho, de las relaciones entre el poder monárquico y el poder nobiliario19. En suma, cabe considerar el miedo como el sentir político de una comunidad emocional en un momento de su historia grupal, o dicho de otra manera, como una señal de identidad.

  • 20  Anejo documental, 7.
  • 21  Anejo documental, 8. Estas muertes son luego reprochadas a Alfonso X por los partidarios del infan (...)
  • 22  Anejo documental, 11.
  • 23  Anejo documental, 12.
  • 24  Anejo documental, 13.
  • 25  Anejo documental, 14.
  • 26  Anejo documental, 15.
  • 27  Anejo documental, 16.
  • 28  ¿Se pensaba en la Europa de finales del XIV que los reyes de Castilla eran especialmente dados a e (...)

6El principal exponente de este sentir grupal es sin ninguna duda Pedro López de Ayala. En su crónica de Juan I, con ocasión del Consejo celebrado en 1385, convocado por un rey que planea matar a su hermano Alfonso de Noreña, en prisión desde 1383, para ahorrarle a su hijo, en caso de minoría, los más que probables disturbios que provocaría su tío. En esta crónica, López de Ayala pone en boca de un consejero-caballero un razonamiento que es una auténtica clase de historia inmediata sobre el espanto20. Surge entonces el recuerdo — que viene muy marcado por una memoria histórica fijada por Fernán Sánchez de Valladolid y el propio Pedro López de Ayala — de las muertes del infante don Fadrique, de Simón de los Cameros21, de don Lope Díaz de Haro22 — siendo probablemente esta muerte el desencadenante del disparo del miedo en el sistema cronístico —, de don Juan el Tuerto23, de don Juan Alfonso de los Cameros24, de Gonzalo Martínez de Oviedo25, del maestre don Fadrique26 y del infante Juan de Aragón27. Con un proceder siempre idéntico en definitiva, el de mandar matar a dichos personajes sin haberles oído, o sea sin la mas mínima forma de justicia. Y tal proceder arbitrario, especialmente dañino para la fama de los reyes de Castilla28, da lugar al espanto; un espanto que es raíz del desamor, y de algunos mecanismos de defensa, como la desnaturalización, las asonadas y las guerras, también la pérdida del reino en algún caso; mecanismos de defensa que resultan pues legitimados por este portavoz de la nobleza castellana.

  • 29  María Inmaculada Rodríguez Flores, El perdón real en Castilla (siglos XIII-XVIII), Salamanca: Secr (...)
  • 30  Juan II de Francia — que accede al trono en 1350, el mismo año pues que Pedro el Cruel — da alguna (...)

7Por supuesto, habría que detenerse mucho más sobre este razonamiento que participa de la escenificación de la glasnost trastámara y del buen gobierno de Juan I, y otros muchísimos temas que nos llevarían demasiado lejos, como el del inicio de una política del perdón contrapuesta a una anterior política del espanto29, el del manejo a veces dudoso de la historia castellana o también la referencia un tanto idealizada a la resolución del conflicto entre Carlos el Malo de Navarra y Juan el Bueno de Francia30… Pero lo que me importa por ahora, es esta expresión del sentir nobiliario que, aunque integrada en un discurso retrospectivo y construido con claras intenciones, coincide finalmente con el sentir expresado por aquellos contra quienes fue practicada dicha política del espanto.

  • 31  Anejo documental, 22.

8Quizá el mejor testimonio directo desde este punto de vista sea la carta de desnaturalización que dicta don Juan Manuel en 133631. Una carta que resulta un tanto curiosa en realidad, dado que don Juan Manuel la dirige a Pedro IV de Aragón para que la haga registrar, y para así, pues, ponerse de alguna manera a salvo desde un punto de vista jurídico, dado que en ella aclara la imposibilidad en la que se encuentra de acceder a Alfonso XI para despedirse y desnaturarse; personalmente, dada la voluntad regia de matarle, o mediante sus mensajeros, apresados y al parecer también amenazados de muerte; amenaza de hecho cumplida con creces en el caso de un mensajero de don Juan Nuñez a quién el rey manda matar y además cortar las manos y los pies.

  • 32  Sobre el estado de excepción, véanse especialmente los trabajos de Giorgio Agamben, Homo Sacer I. (...)
  • 33  Resulta en este sentido bastante significativa la importante reescrituración del capitulo de la Cr (...)
  • 34  Esta reversibilidad se da sobre todo durante el reinado de Fernando IV, muy en particular a manos (...)
  • 35  Cabe indicar aquí algunas reflexiones surgidas en el momento del debate. En particular, las interv (...)

9No insisto en estos detalles por morbo, sino para remarcar el vinculo muy estrecho que existe entre la política del espanto y el estado de suspensión legal en el que se fundamenta o que produce, o dicho de otra manera, la política del espanto da entonces fe de la puesta en marcha de un estado de excepción, en el que quedan como atrapados algunos nobles castellanos32. En este marco, la expresión del miedo es quizá como una manera de salir de la trampa, es decir de establecer o restaurar ciertas reglas cuando ya no vale ninguna, y cuando este no-valer se ha convertido precisamente en norma33. Pero hay que matizar, el miedo es también una manera de darle la vuelta al asunto, hacer que la trampa se haga reversible y, por lo tanto, asentar o normalizar otro tipo de estado de excepción, el del poderío aristocrático, sobre la base legítima del miedo/metus34. Cabe entonces la posibilidad de contraponer a la política del espanto una política o estrategia del miedo, desarrollada por la aristocracia para emprender una negociación en términos altamente favorables35.

  • 36  De las muchas cartas recopiladas por Andrés Giménez Soler en su obraDon Juan Manuel. Biografía y e (...)

10Como se desprende de la documentación que recopiló Andrés Giménez Soler para su estudio biográfico sobre don Juan Manuel, el cruce de cartas entre algunos ricos hombres castellanos y el rey de Aragón es constante durante la primera mitad del siglo XIV, y constituyen también un fluir constante las instrucciones mandadas por Jaime II a sus embajadores y las cartas que éstos le mandan para informarle, y muchas veces para comunicarle las repetidas desavenencias entre el rey de Castilla, Fernando IV y luego Alfonso XI, y algún que otro rico hombre, o varios a la vez. Pero si bien es perfectamente rastreable la política del espanto en esta documentación aragonesa — una política que Jaime II no duda en prevenir al advertir por ejemplo al infante don Juan o a don Juan Manuel del empeño criminal en el que está Fernando IV — resulta mucho más difícil encontrar en esta documentación la expresión nítida del miedo aristocrático, al menos por parte de los protagonistas36.

11Quizá porque estas cartas señalen un momento redaccional pre o post-emocional, o dicho de otra manera, pre o post-arrebato; pero quizá, y creo que probablemente sea ésta la verdadera razón, porque esta comunicación establecida entre los nobles castellanos y el rey de Aragón constituye como un ámbito de extraterritorialidad tanto relacional como emocional; la expresión del miedo solo pudiendo tener algún sentido y sobre todo alguna eficacia, y eficacia política, en un plano interior, dentro del sistema relacional, personal y emocional del que forman parte tanto el rey de Castilla como sus nobles. Aunque habría que matizar. Porque aunque el miedo tienda a democratizarse durante el reinado de Pedro el Cruel, como consecuencias de una sistematización de la política del espanto pero también de una evolución de la expresión del miedo hacia un mero estereotipo del discurso de oposición, el miedo es a lo largo del siglo XIV una emoción a los que son propensos sobre todo los miembros de la familia real y los ricos hombres. Estamos pues en un ámbito relacional muy estrecho, por lo que cabe hablar más bien de “compañía” o de “cercanía emocional” en lugar de “comunidad emocional”.

  • 37  Siento no poder brindar por ahora una estadística sintética acerca de este campo léxico-emocional. (...)
  • 38  Sobre esta cronística, véanse las síntesis y aportaciones de Fernando Gómez Redondo en su Historia (...)

12Es esta misma estrechez relacional la que nos lleva creo que muy directamente a un género que es el que señala en definitiva Pedro López de Ayala en su razonamiento sobre el espanto, el de la historia y el de la cronística. En este contexto discursivo, la expresión del miedo por parte de la aristocracia tiende a hacerse sistemática, dando lugar al manejo de un campo léxico-emocional evolutivo, del que participan sobre todo el recelo, el sosiego, el propio medio, el temor (pero siempre utilizado de manera positiva al principio, como temor a Dios), la sospecha y por fin el espanto37. No voy a entrar ahora en un largo comentario sobre esta cronística castellana del siglo XIV38; baste con recordar aquí tres claves, importantes para entender en que contexto discursivose enmarca la fábrica del miedo y que me van a permitir terminar de presentar el corpus de fuentes manejado para este primer acercamiento al miedo.

13Primero que son varios los momentos de constitución de este corpus cronístico del siglo XIV, y cada uno señala un momento en el que se ha alcanzado cierto consenso (principalmente en los años 1340 y luego en los años 1380), y en el que se trata de elaborar, desde ese presente de redacción y de convivencia por fin sosegada, de manera retrospectiva pues, la historia de los compromisos vigentes. En consecuencia, aunque esta cronística sea siempre regia, tanto desde el punto de vista del formato como del contenido, en función de la naturaleza del equilibrio logrado, esta cronística no es solamente y uniformemente monárquica, sino que integra otros elementos de un discurso, de una ideología y de un sentir más bien aristocráticos, no siempre para construir una mera oposición, y menos aun cuando sus principales artífices, Fernán Sánchez de Valladolid y Pedro López de Ayala, son miembros destacados de la pujante nobleza de servicio. Cabe por lo tanto considerar esta cronística como un género políticamente fusional.

  • 39  La relación del miedo sufrido por don Juan Nuñez de Lara en 1290 es desde este punto de vista espe (...)
  • 40  El giro desde esta perspectiva se sitúa cuando finaliza la privanza de don Juan Alfonso de Alburqu (...)
  • 41  Además de los pasajes recojidos en el anejo, véase en Pedro López de Ayala, Crónica del rey don Pe (...)
  • 42  Si bien el miedo deja de enturbiar las relaciones entre el rey de Castilla y sus nobles a partir d (...)
  • 43  Este miedo es sufrido por los epígonos trastamara entre 1392 y 1395. Así, en 1392, muy descontento (...)

14Segundo, este género políticamente fusional está marcado por una evolución que lo hace distanciarse de la ejemplaridad doctrinal (Fernán Sánchez de Valladolid) para acercarse al discurso propagandístico (Pedro López de Ayala). Por lo que la expresión del miedo tiende a perder cierta autonomía, dejando de ser un momento narrativo prácticamente autónomo, una historia dentro de la historia39, para pasar a formar parte de un discurso formalizado de oposición40; el reiterado uso que se hace después del argumento llevando dicha expresión hacia el estereotipo41, y finalmente hacia cierto desgaste desde el punto de vista de su eficacia política, como se puede ver, tras un largo periodo de desaparición, al menos en Castilla42, cuando resurge el miedo a principios del reinado de Enrique III, ligado al rearme de la privanza43.

  • 44  Me permito remitir a un anterior estudio en el que traté de analizar un proceso comparable de norm (...)

15Tercero, esta cronística desempeña un papel fundamental en la educación de la comunidad o más bien de la compañía, en su adiestramiento y aleccionamiento político, por lo que se tiende en ella a establecer algunas pautas de comportamiento, algunos modelos de conducta, algunas normas de actuación. Esto conduce evidentemente, más allá del propio proceso de escrituración o de las “artes de escribir” del cronista, a normativizar la emoción, es decir ya el propio sentir de los protagonistas44. Volvemos pues a la emoción como construcción, y más especialmente como señal ritualizada de identificación o de identidad socio-política. Y si nos atenemos a las indicaciones que nos brindan las crónicas, su manejo apunta una suerte de lógica generacional (1290, 1308-1311, a. 1320-1330, a. 1350-1360, 1392-1395), siendo posiblemente las propias crónicas las que suplen la deficiencia de transmisión digamos inter-generacional por vía linajística, especialmente entre el reinado de Pedro el Cruel y de Enrique III (a. 1350-1360, 1392-1395).

16Ya del todo planteado el contexto fuentístico, y con pleno conocimiento del corpus de ejemplos manejado, podemos volver al contexto anteriormente señalado, el de la “cercanía” o “compañía emocional”. Los ejemplos traídos a colación señalan en efecto que el miedo surge cuando se quiebra y se recompone la cercanía regia, tanto globalmente, digamos desde finales del siglo XIII hasta el reinado de Pedro I, como particularmente, cuando se inicia lo que se suele llamar el “reinado personal” de cada rey. Y desde estas dos perspectivas, digamos ya estructural y circunstancial de renovación y de reemplazo del personal de gobierno, este momento de quiebra y de recomposición corresponde con la puesta en marcha de la privanza como sistema de gobernabilidad; un sistema con el que el rey pretende y/o logra arruinar el control que ejercen sus parientes y los ricos hombres sobre los resortes de poder —  especialmente financieros — que sitúan la/su corte en el centro del juego político, lo cual incluye obviamente contrarrestar el clientelismo nobiliario que estos Grandes vienen ejerciendo desde la cercanía regia y con estos resortes.

17Digamos en consecuencia que el miedo se expresa desde una situación de desplazamiento y de desahucio físico y emocional, político y social, en todo caso desde la distancia pues, la que crea el tener que huir o bien el ya no poder acercarse, porque en ambos casos, se dice temer o se teme el apresamiento o/y la muerte, por razón del criminal inducimiento a ello del que son por lo general responsabilizados los privados del rey. De ahí la constante y estrecha vinculación entre la expresión del miedo (al(os) privado(s) o/y al rey) y la denuncia del privado(s), lo cual le da legitimidad a la reclamación de su cese y obviamente a su eventual reemplazo por otro(s), afín(es) a los Grandes, o incluso por los propios parientes y ricos hombres.

18La lógica descrita es claramente la de un proceso de confrontación negociadora, en el que el miedo permite legitimar y escenificar la ruptura, para conseguir, desde fuera, una vuelta a la cercanía. Pero, si este cuadro negociador es globalmente válido a lo largo del periodo descrito, es imprescindible diferenciar momentos y evoluciones. Si dejamos por ahora de lado el peculiar rebrote del miedo que caracteriza el reinado de Enrique III, quedan tres momentos: desde finales del reinado de Sancho IV al reinado de Fernando IV, que corresponde digamos con un momento “molinista”, dado el empeño de Fernán Sánchez de Valladolid en subrayar la actuación pacificadora de doña María de Molina; el momento alfonsino; y el momento petrista. El cuadro negociador anteriormente señalado queda establecido durante el momento “molinista”, caracterizándose las fases siguientes por su desarticulación.

  • 45  Véase especialmente, además de la propia Crónica de Fernando IV, la concordia del 11 de mayo de 13 (...)

19Empecemos pues con este primer momento, el “molinista”. En realidad no se establece entonces el mecanismo global de la negociación sino que se reconduce entonces un cuadro negociador teniendo en cuenta esta renovación emocional que supone ahora el miedo expresado por algunos ricos hombres y parientes del rey. Por lo que el miedo viene a situarse entre dos situaciones de sosiego, de acuerdo y de avenencia, esta situación no siendo especialmente novedosa desde el punto de vista del manejo de las emociones (amor/desamor) en las lógicas de negociación; pero el miedo, tras la sospecha y el recelo, marca ahora la desavenencia con tal magnitud en un momento de crisis de confianza y luego de legitimidad que obliga al poder regio a multiplicar las garantías y seguridades para lograr la vuelta a la normalidad tanto emocional como político-relacional, como si se tratase de una suerte de puja política o de un chantaje radicalizado en sus condiciones, una de ellas siendo el despido de los privados. El resultado es en consecuencia una muy fuerte presencia del seguro, de la “segurança” o del “aseguramiento”, condición previa al reacercamiento y a la entrevista, y de ahí al acuerdo o la avenencia; esta avenencia, como el seguro que la posibilita, apuntando un proceso contratualizado, y formalizado como tal, de pacificación; y este proceso contrarrestando el desarrollo de otro proceso contractualizado, pero opositor y del que quedan pocas huellas documentales, el de la formación de las ligas mediante paces y amistades, paso previo a las asonadas y al estrago de la tierra, o sea al manejo de la amenaza por parte de la aristocracia45.

20Si nos situamos ahora en la segunda fase, la “alfonsina”, el miedo mantiene su situación intermedia, pero en un cuadro considerablemente modificado dado la neutralización de los procesos contractuales anteriormente descritos. Neutralización primero de lo que podríamos llamar el proceso “horizontal”, entre nobles, mediante la sistematización de la intervención regia a cargo de los privados en el estamento nobiliario y según una lógica territorial (Alvar Nuñez para Castilla, Garci Laso de la Vega para León) cuyo resultado es el de potenciar el aislamiento del grande frente al trono. Neutralización, segundo, del proceso “vertical”, entre este grande y el rey, merced al bloqueo de la obtención de garantías (seguro) — siendo éstas otorgadas, cuando lo son, más bien por los privados para que no se ponga en entredicho el valor de la palabra regia —, garantías que posibilitaban antes el reacercamiento y la avenencia, porque solamente vale y puede valer una única garantía: la más absoluta fidelidad al trono, base del orden político del que Fernán Sánchez de Valladolid narra el advenimiento. Y esto hace que cuando el miedo se expresa es prácticamente utilizado en el proceso de escrituración como el reconocimiento por parte del grande de que ya se ha situado fuera de este sistema de garantía, es decir que está traicionando o a punto de hacerlo (“mal andante”) — para protegerse desde el punto de vista del que dice tener miedo, — siendo esta traición, a menudo probada por cartas, la que justifica luego que se le aplique la pena prevista, o sea la muerte, pero con ajusticiamiento posterior al principio, previo luego como se ha visto. En consecuencia, el cuadro de funcionamiento del miedo — antes el de una negociación política — pasa a ser ahora el de una aplicación no-negociable de la “justicia” regia; el papel de la emoción en este caso pudiéndose analizar como una suerte de vector de integración política del ajusticiado al proceso, en vía de reglamento, de su propia condena, como si se tratase en definitiva de una fábrica emocional, interiorizada pues, del sometimiento político.

21Esta lógica se invierte con el reinado de Pedro I, en el que la expresión del miedo queda vinculada, muy de seguido, con la adscripción al bando rebelde, pero solamente a partir de fines de los años 1350, cuando el miedo ya no es solo cosa de los parientes del rey y de los ex-beneficiarios de la satelización alfonsina, sino que se democratiza, hasta convertirse, potencialmente, en el sentir de cualquier natural frente al tirano. Dicho de otra manera, el miedo funciona en este caso como fábrica emocional, individual y colectiva, de la resistencia a la opresión. Y con ello, Pedro López de Ayala indica la imposible recomposición de la compañía regia y la progresiva disgregación de la comunidad política, a la vez que se constituye otra compañía y otra comunidad, la que se impone finalmente, con ayuda exterior, en 1369. Pero hasta llegar a esta situación de quiebra irreversible, el cuadro de funcionamiento del miedo se caracteriza por la reconducción exasperada y frustrada de los cuadros anteriores, tanto el “negociador” como el “justiciero”. Exasperación y frustración en el primer caso por razón de una estrategia de la amenaza practicada sin sólidos refugios territoriales y llevada por eso hacia un golpismo manifiesto y radicalizado (Toro, 1354);y en el segundo caso, por culpa de una “justicia” regia algo vengativa después de este golpe de mano, cuyo continuo ejercicio termina por arruinar incluso la fidelidad como sistema de garantía, lo cual también deja por completo sin protección a los miembros de la nobleza de servicio, y priva de su principal soporte social cualquier intento de reconstrucción de un orden político sosegado.

  • 46  Anejo documental, 58.
  • 47  Anejo documental, 59. El duque queda preso hasta 1411, fecha en la que se evade del Castillo de Mo (...)
  • 48  Véase en relación con este acuerdo el protocolo de actuación seguido con ocasión de la detención d (...)
  • 49  Anejo documental, 62.

22Esta cuestión del soporte social explica probablemente el fracaso de la estrategia del miedo que retoman los epígonos trastámara entre 1392 y 1395. Pedro López de Ayala registra en efecto para estos años la recuperación del recelo y del miedo en el discurso opositor de los parientes del rey. Pero la recuperación resulta algo fosilizada, como si se retomara un elemento clásico del viejo formulario de quejas, el reiterado en las mismas Crónicas, sin plantearse realmente si su manejo aún puede tener algún impacto movilizador. Cabe no olvidar que esta recuperación del miedo por parte de los epígonos es muy próxima o incluso contemporánea del momento de escrituración del memorial del espanto que López de Ayala pone en boca del consejero-caballero de 1385, cuando éste solicita que se ponga un límite a la arbitrariedad, y obtiene que no se mate al hermano del rey, Alfonso de Noreña, preso desde 1383 (y que será imprudentemente liberado en 1391)46. Por lo tanto, hay que leer de manera conjunta el rebrote del miedo de los años 1392-1395 y el alegato de 1385, es decir la oficialización de un compromiso entre el trono y el grupo dirigente que va formando la nobleza de servicio, cuya consolidación política — acelerada por la compleja experiencia del consejo de regencia — requiere ciertamente la neutralización gubernativa de los parientes del rey pero también que se le garantice cierta seguridad personal, linajística y colectiva, en todo caso que se la proteja contra esta arbitrariedad desmedida de la que puede eventualmente ser también víctima; lo cual imposibilita, política y socialmente, realizar cualquier añadido en los años 1392-1395 al ya muy largo memorial de muertes que se escribe entonces pero que se alega cinco años antes. Esto no impide evidentemente que se realicen detenciones, como la del duque de Benavente en 139547, pero siempre con acuerdo del consejo, o sea a raíz de una decisión tomada desde un marco gubernativo reglado y transparente, y con un respaldo socio-político suficiente, del que participa de hecho el propio cronista48. Y esto tiende, además de la fosilización discursiva antes señalada, a convertir el miedo que dicen tener los epígonos trastámara en un miedo vano, a veces surgido de sus “imaginaciones”, o en una mera excusa, de la que se procura con previsión anular la siempre posible eficacia jurídica49.

  • 50  A propósito de estas detenciones, ver el memorial contra el condestable dirigido en 1440 a Juan II (...)
  • 51  El capitulo 42 de la Sentencia de Medina del Campo establece en efecto una suerte de habeas corpus(...)
  • 52  Me permito remitir de nuevo a mi tesis, La privanza ou le régime de la faveur…, t. I, p. 304-319.

23Aunque se sigan luego produciendo detenciones, sobre todo durante el reinado de Juan II, a raíz de la pugna entre los partidos lunista y aragonesista50, y una vez superada ésta, a consecuencias del afán puesto por Álvaro de Luna para mantenerse en el poder (Záfraga, 1448), esta arbitrariedad ya limitada (¿salvo precisamente en el caso de la muerte del propio condestable?), además muy debilitada por la intensificación de la política del perdón, no da lugar a significativos rebrotes del metus/miedo durante el siglo XV, ni siquiera cuando los Grandes protagonizan un llamativo intento para extinguir incluso su posibilidad en 146551. Así que cabe pensar que la extinción del metus/miedo en el discurso de oposición aristocrática se deba, además del simple control o cese de su causa, sobre todo a los propios reajustes de este mismo discurso, siempre con un decidido objetivo difamador y movilizador. Por ejemplo el tema del apoderamiento del privado que da lugar a la denuncia de la opresión del rey y legitima que se intente liberarlo. Sin embargo, la imposibilidad declarada en este contexto de poder acceder al rey, porque el privado impide el acceso a su corte y a su persona, aunque se inspira evidentemente de los mecanismos anteriormente señalados del metus/miedo, no precisa ahora su mención52.

  • 53  Véanse por ejemplo los préambulos de confederaciones citados en mi ya citado artículo “Vers un gou (...)
  • 54  Pienso más en concreto en el salto simbólico dado por los Grandes con la farsa de Ávila (F. Forond (...)

24Dicho de otra manera, este discurso opositor actualizado tiende a perder parte de sus antiguos referentes emocionales, sin que se produzca una clara substitución. Resulta evidentemente muy difícil explicar el fenómeno. Quizá la solución radique en la propia lógica de la pugna política, cada vez más centrada en el establecimiento ya no sólo de la legitimidad de las opciones defendidas sino también en la legalidad de las actuaciones a la que dan lugar. Esto tiende probablemente a darle más relevancia a unos referentes quizá menos cargados emocionalmente pero que se suponen más eficaces desde esta doble perspectiva, como la libertad del rey, su servicio y el del reino, la defensa del bien común y de la república53; estos últimos referentes situando al Grande (o al menos a ello pretenden) en un ámbito relacional como despersonalizado54, por encima de la relación circunstancial que puede mantener, o no, con el rey.

  • 55  Sobre los Grandes castellanos, véase el reciente volumen publicado por María Concepción Quintanill (...)

25Quiero decir con esto que el Grande ya no concibe solamente su papel político dentro de la compañía de un rey, aunque no pueda despreciarla evidentemente, sino, idealmente, desde una renovada y asentada posición de encabezamiento no sólo de su estamento sino también de la comunidad política55. De algún modo se ha producido un crecimiento en la jerarquía de los poderes, cuyo nuevo equilibrio pone a los Grandes a salvo de cualquier miedo político; y es este mismo crecimiento el que produjo en la Castilla del siglo XIV el metus/miedo, cuando de pronto los parientes del rey y los ricos hombres vieron que su hermano, primo, sobrino, o incluso hijo y señor ya no era del todo como antes, sino que se volvía algo tirano, casi como en un espantoso cuento oriental, para imponerles y consolidar su soberanía, mientras ellos solo pretendían seguir estando a su lado.

26ANEJO DOCUMENTAL

271
“Del interpretamiento de otras palabras dudosas. […] Otrosi dezimos, que metus en latin tanto quiere dezir en romance, como miedo de muerte, o de tormento de cuerpo, o de perdimiento de miembro, o de perder libertad, o las cartas, por que la podria amparar, o de rescebir desonrra porque fincaria enfamado, e de tal miedo como este, o de otro semejante, fablan las leyes deste nuestro libro: quando dizen que pleyto, o postura que ome faze por miedo non deue valer. Ca por tal miedo, non tan solamente se mueuen a prometer, o fazer algunas cosas los omes que son flacos: mas aun los fuertes. Mas en otro miedo, que non fuesse de tal natura, a que dizen vano non escusaria al que se obligasse por el”, Partidas, VII, 33.7.[Las Siete partidas glosadas por Gregorio López, Salamanca, Andrea Portinaris, 1555, ed. Facsimil Boletín Oficial del Estado].

282
“Como el pueblo deve temer al Rey, e que departimiento ha entre temor y miedo. Mostraron los sabios por derechas razones, que temor es cosa que se tiene con el amor, que es verdadero, ca ningun ome puede, non puede amar si non teme. E como quier que temor e miedo es naturalmente vna cosa, empero segund razon, departimiento ha entre ellos, ca la temencia, viene del amor, e el miedo nasce de espanto de premia, e es como desamparamiento”, Partidas, II, 13.15.

293
“Que poderio ha el emperador de fecho. […] Otrosi dixeron los sabios, que el mayor poderio, e mas complido, quel emperador puede auer de fecho, en su señorio, es quando el ama a su gente, e es amado della. E mostraron que se podia ganar, e ayuntar este amor, faziendo el Emperador justicia derecha, a los que la ouieren menester, e auiendo a las vegadas merced en las cosas que con alguna razon guisada, la puede fazer, e honrrando su gente de palabra, e de fecho, e mostrandose por poderoso e por amador, de cometer, e fazer grandes fechos, e cosas grandes, a pro del imperio. E aun dixeron, que el Emperador, maguer amase su gente, e ellos a el, que se podria perder aquel amor, por tres razones: la primera, quando el fuesse tortizero, manifiestamente. La segunda, quando despreciasse, e abiltasse los omes de su señorio. La tercera, quando el fuesse tan crudo contra ellos, que ouiessen, a auer del gran miedo, a demas”, Partidas, II, 1.3.

304
Enel seteno año del Regnado deste Rey don alfonso que fue enla era de mjll y dozjentos y nouenta y siete años. E andaua el año dela nasçençia de ihesu xpisto en mjll y dozjentos y çinquenta y nueue años. El Rey don alfonso estaua en seujlla y el ynfante don enrrique estaua en lebrixa y dixeron al rrey quel ynfante don enRique que tenja fecho fablas con algunos rricos omnes y caualleros del rreyno en su deserujçio. E por esto el Rey mando a don nuño quelo fuese a prender. E don nuño salio de seujlla y llegando çerca de lebrixa don enrrique sopo commo don nuño yua a lo prender y salio a el al canpo y oujeron pelea de consuno y acaesçio que amos a dos se firieron y don nuño fue ferido enel Rostro y estudose por vençer ca don enrrique y los suyos peleauan muy fuerte y a don nuño cresçio grand conpaña quele enbio el rrey. E don enRique y los suyos oujeron a dexar el canpo y tornar a lebrixa y en esa noche partio dende y fue al puerto de santa maria y commo quier que el lugar non era aun poblado estauan y naujos y entro en vno dellos y fue por la mar a caliz y fallo y vna naue que yua a valençia y fue en ella al Reyno de aragon por quanto estonçes era biuo el Rey don jaymes suegro del Rey don alfonso y el Rey don jaymes non lo quiso y tener contra uoluntad del rrey don alfonso y mandole quese fuese del Reyno. E por esto el ynfante don enrrique pidiole que le diese naujos en que fuese y que pasaria la mar y el Rey don jaymes touolo por bien. Sale de Castilla el infante Don Henrique i sus sucesos en Africa. E desde barçelona paso a tunez y el Rey de tunez acogiolo muy bien por que sopo que era fijo de Rey y diole mucho de lo suyo y moro con el y quatro años. E enlas peleas y contiendas que este rrey de tunez auja conlos moros sus vezjnos este ynfante don enrrique serujale muy bien y auja muy grand fama y ardideza y grand prez de caualleria en todas aquellas tierras. E los moros del Reyno de tunez fablaron conel Rey y dixeronle que aquel ynfante cobraua mucho los coraçones delas gentes dela tierra y los contrarios quele aujan mucho mjedo y que trayan muchas gentes de xristianos y destas cosas tales que se podia segujr muy grand daño y muy grand deserujçio a aquel Rey y que era menester quelo enbiase del rreyno Ca el y las sus gentes eran para anparar y defender la su tierra syn el y la defendieron otra uez. E commo qujer que al rrey de tunez pesaua por esto que le dezjan del ynfante pero non pudo escusar de creer alos suyos y cataron manera para lo enbiar del Reyno. E rreçelaron que si el rrey gelo dixese o gelo mandase dezjr que pornja algund alboroço enel Reyno o se yria para sus contrallos con aquellas gentes que alli tenja y por esto que era bien de tener manera commo lo matasen. E por que non fallaron Razon para lo fazer temjendose delos suyos que eran muy fuertes caualleros acordaron que llamasen al Rey y al ynfante a fabla en vn corral y que metiesen y con el dos leones que estauan en vn apartamjento y aquellos que lo matarian. E el consejo aujdo pusieron lo por obra y luego el Rey mando llamar a don enrrique ala fabla y entro dentro enel corral do era consejado que entrasen. E todas las gentes suyas que lo guardauan fyncaron en otras casas por do yuan entrando que eran muy Redradas dende. E el ynfante estando alli conel Rey dixole el Rey quele esperase alli y que luego vernjan alli a el y salio el Rey de aquel lugar del corral y por la otra parte salieron los dos leones a fuzia que lo matarian. E don enrrique saco el espada que el traya consigo que la non partia de si y torno contra ellos y los leones non fueron a el. E don enrrique fue ala puerta y salio del corral y entre tanto que el estaua en esto los moros prendieron todas las gentes de don enrrique. E desque el fue salido del corral el Rey non quiso quelo matasen njnlo quiso ver y enbiole mandar quese fuese del Reyno y don enrrique pidiole quele mandase soltar sus conpañas. E el Rey mando que soltasen muy pocos dellos sola mente los que aujan pasado con el ca delos xpistianos que eran primero y lo serujan non soltaron njnguno. E don enrrique fuese para Roma ala guerra que aujan los Romanos contra los Reyes de pulla y de calabria y el conde de prouençia”, Crónica de Alfonso X, Paula K. Rodgers (ed.), Madison: Hispanic Seminary of Medieval Studies, 1992 (se cita por la base de datos CORDE de la Real Academia Española [www.rae.es]).

315
“[…] el Rey seyendo en Toro envió sus mandaderos á Don Joan, con quien le envió decir, que él queria enderezar su facienda para ir á la frontera á la guerra de los Moros, et que tenía por bien que fuese con él: et sobre esto que avia acordar con él algunas cosas que le eran menester para esto, et que le rogaba et mandaba que veniese á él allí á Toro. Et por le traer que veniese, et oviese voluntad de venir ante él, mandó á los mensageros que le dexiesen, que si pediese al Rey merced que le diese la Infanta su hermana en casamiento, quel Rey lo faria por lo asosegar en su servicio. Et Don Joan envióle decir, que en quanto Garcilaso estodiese en la su casa, et fuese del su consejo, que non vernia y: ca sabia cierto que le buscaria el mayor daño que podiese. Et como quiera que Don Joan ponia esto por escusa, más lo decia él por miedo que avia del Rey, que por rescelo que él oviese de Garcilaso. Et sobre esto envióle el Rey decir, que veniese á él á su servicio; et pues que él tomaba sospecha de Garcilaso, que el Rey le enviara de su casa. Et porque esto se podiese librar así como Don Joan queria, que le rogaba que veniese á Belver, un castiello et villa que Don Joan tenía de y cuatro leguas, et que allí enviaria á él sus mandaderos con quien le faria cierto desto, et de otras cosas que oviese de librar en la su merced. Et el mandadero que fué á Don Joan de parte del Rey sobre esta razón, dixóle lo que el Rey le enviaba decir. Et Don Joan, desque ovo oido lo que el mensagero del Rey le dixo, respondió, que le placia de ir á Belver, pues el Rey ge lo enviaba mandar. Et por esto, et ortrosí porque este Don Joan traía fabla con Doña Sancha, mujer que fué de Sancho Sanchez de Velasco, que era aya de la Infanta Doña Leonor hermana del Rey, que casaria con la Infanta; et otrosí por lo que le dixo el mandadero del Rey sobre esto, veno á Belver. Et luego que sopo que Don Joan era y venido, envió á él á Alvar Nuñez, de quien él mucho fiaba, et traía toda su casa et su facienda en poder, et era su camarero mayor et justicia mayor de su casa, et todos los oficios del Rey tenianlos aquellos que él queria. Et este Alvar Nuñez fabló con Don Joan que fuese al Rey, et que non diese de sí tan grand mengua; ca non parescia razon, que omne de tan grand solar como él, que era fijo del Infante Don Joan, et nieto del Conde Don Lope, Señor de Viscaya, et de otras muchas villas et castiellos que él avia en el regno, dexase de venir á casa del Rey por rescelo de Garcilaso: ca sabia Don Joan, que avia él caballeros por vasallos que eran tan buenos et tan poderosos como Garcilaso; et si Garcilaso, ó otro alguno le quisiese deservir, ó ser contra él, que este Alvar Nuñez sería en su ayuda et en su servicio. Et Don Joan dixo que á Garcilaso non avia él miedo; mas rescelaba que pornía al Rey en talante que le mandase facer algun mal; pero que queria poner la cabeza en mano de Alvar Nuñez, et que feciese de ella lo que él quisiese. Et sobre estas palabras Alvar Nuñez besóle la mano á Don Joan; et tornóse su vasallo, et juró et prometió que si alguno ó algunos quisiesen ser contra él por le facer algun mal, que ante cortasen á él la su cabeza que Don Joan rescebiese nengun enojo. Et sobre esta seguranza, et otrosí porque le prometió ayuda en el casamiento de la Infanta hermana del Rey, Don Joan veno á Toro, et Alvar Nuñez con él. Et el Rey salióle á rescebir fuera de la villa, et llegó con él á su posada, et mandó que otro dia comiese con él: et Don Joan otorgó que lo faria. Et el Rey avia muy grand voluntad de matar á Don Joan por las cosas que avia sabido, las quales cuenta la estoria. Et otro dia que Don Joan entró en Toro, que fué dia de la fiesta de todos los Sanctos, el Rey mandólo matar: et morieron con él dos caballeros sus vasallos, que decian al uno Garci Fernandez Sarmiento, et al otro Lope Aznares de Fermosiella; et presieron á Juan Alvarez de Osorio. Et el Rey mandó llamar á todos los que eran allí con él, et asentóse en un estrado cubierto de paño prieto, et díxoles todas las cosas que avia sabido en que andaba Don Joan en su deservicio, lo uno por se le alzar en el regno contra él, et lo otro faciendo fablas con algunos en su deseredamiento; et otrosí en las posturas que enviára poner con los Reyes de Aragon et de Portogal contra él, et otras cosas muchas que les y contó; por las quales el Rey dixo que Don Joan era caido en caso de traicion, et juzgólo por traydor”, Ferrán Sánchez de Valladolid, Crónica del rey don Alfonso el onceno, Cayetano Rosell (ed.), en Crónicas de los Reyes de Castilla, t. I, Madrid: Biblioteca de Autores Españoles 66, p. 202-203.

326
“Et en quanto el Rey estaba en Oterdefumos mandóle que le traxiesen y al Conde Alvar Nuñez que era muerto. Et traxieronlo y, et el Rey asentóse en su estrado, et contó de como feciera grand fianza en aquel Conde Alvar Nuñez, et que le diera grande estado, et grand poder en el su regno, et que fiára dél toda su facienda, et los mas de los castiellos del su regno: et él que le feciera muchos desconocimientos et grand maldad, señaladamiente que el enviára pedir sus castiellos que tenia dél por omenage, et que ge los non quisiera dar, nin enviar quien ge los entregase: et que por esto que cayera en caso de traycion, et que lo juzgaba por traydor. Et mandólo quemar, et que todos los sus bienes fuesen del su realengo, segun que es ordenando por lo derechos. Et el juicio dado, partió el rey de Oterdefumos”. Ibid., p. 219.

337
“‘Señor: Yo he pensado en esta razón que avedes dicho a los del vuestro consejo sobre el fecho del conde don Alfonso; ecomo quier que veo asaz peligros en ellos, yo non querría por cosa del mundo que vos fuérades contra Dios, nin contra vuestra fama, antes querría que vos parásedes a todos los peligros que venir vos pudiesen. E esta razón es loada e alabada de todos los sabidores, que antes debe sufrir ome qualquier peligro, aunque sea de muerte, que es el más duro que ser pueda, que facer cosa mala nin fea. E pues esto dixeron los sabidores gentiles, que non ovieron conoscencia de Dios, mucho más firme finca hoy la razón en aquellos que han ley e temen a Dios, quando el yerro fuese contra Dios e contra consciencia. E, señor, loado sea Dios, todos los que vos conocen tienen que sodes ome que temedes a Dios, e amades justicia, e estades en buena fama desto, así en los vuestros, como en todos los otros regnos de christianos; e non quiera Dios que por ninguna barata nin provecho mundanal fagades cosa que contra esto sea. Ca, señor, algunos reyes vuestros antecesores en Castilla e en León ficieron algunas obras destas, por las quales las sus famas se dañaron, e les vinieron grandes deservicios; e mal pecado, todos los reyes de christianos fablan dello, diciendo que los reyes de Castilla mataron rebatadamente en sus palacios e sin forma de justicia a algunos grandes de sus regnos, de los quales vos porné algunos exemplos, que son éstos. E el rey don Alfonso que fue esleído por emperador de Alemaña, e fue fijo del rey don Ferrando que ganó a Sevilla e la Frontera, e padre del rey don Sancho, mató en el castillo de Burgos al infante don Fadrique, su hermano legítimo, e a don Simón de los Cameros, que era un grand rico ome, e fueron muertos escondidamente, non mostrando el rey razón por que los matara: por lo qual todos los grandes señores e caballeros de Castilla fueron muy espantados, e don Nuño, que era señor de Lara, e don Ferrand Ruiz de Saldaña, e otros grandes señores e ricos omes e caballeros salieron del regno, e fuéronse para Granada, e acogiólos bien el rey de Granada, e fízoles muchas honrras e muchas mercedes, e mandó facer fuera de la cibdad unos palacios muy grandes para don Nuño en que posase, los quales son y hoy en día, e allí posan agora los christianos que allá van, e llámanlos palacios de don Nuño, e estovieron allí grand tiempo, que non querían tornar a Castilla. E ellos e todos los del regno tomaron tan grand desamor con el rey don Alfonso, que quando fue la contienda entre él e el infante don Sancho, su fijo, todos tovieron contra él con el infante. E quando fue dada la sentencia de Valladolid a consentimiento e pedimento del regno, que tirasen al rey don Alfonso la administración del regno, unas de tres razones que fueron puestas contra él fue ésta: que le debía ser tirada la espada de la justicia de la mano, por quanto non usara bien della, ca matara al infante don Fadrique, su hermano, e a don Simón de los Cameros sin ser oídos. Otrosí, señor, el rey don Sancho, fijo deste rey don Alfonso que avemos contado, fizo matar en Alfaro, e en su cámara, con ballesteros, al conde don Lope, señor de Vizcaya; por lo qual don Diego, su hermano del dicho conde don Lope, e otros caballeros con él, se fueron para Aragón, e ficieron guerra a Castilla, tanto que el rey ovo de enviar allá a Ruy Páez de Sotomayor, que era muy buen caballero, con dos mil de caballo de la su mesnada e con el su pendón. E salió don Diego a ellos, e peleó con ellos, e venciólos, e mató a don Rui Páez de Sotomayor, e tomó los pendones del rey, e llevólos a Teruel, e allí estovieron colgados en la iglesia fasta que el rey don Pedro ganó la dicha guerra en tiempo que avía guerra con Aragón, e los mandó tirar de allí. Otrosí, señor, el rey don Alfonso, vuestro Abuelo, seyendo mozo, fizo matar en su palacio en Toro a don Juan el Tuerto, que era señor de Vizcaya, fijo del infante don Juan que morió en la Vega, e nieto del conde don Lope que morió en Alfaro, e fueron muy espantados todos los del regno por esta muerte. Pero por quanto el rey era mozo de pequeña edad, fue puesta la culpa al conde don Álvar Núñez de Osorio, e morió por ello. Otrosí, señor, el dicho rey don Alfonso, vuestro abuelo, mató en Agusejo a don Juan Alfonso, señor de los Cameros. Levando convidado el dicho don Juan Alfonso al rey a correr monte, e viniendo con el rey a la villa, matáronle dos donceles del rey de la jineta e lanzadas; e como quier quel rey decía que le mandara matar porque tomara sueldo dél para ir acorrer a Gibraltar quando la perdió Vasco Pérez de Meyra, e que non fuera con él, fue esta muerte muy retraída al rey, por quanto le mató sin ser oído, é todos los caballeros fueron muy espantados dél por ello. E de aquel día acá la casa de los Cameros fue muy abatida; e esto fue muy grand daño, ca eran grandes señores e servían mucho a la casa de Castilla; ca don Juan Alfonso, padre deste quel rey matara, peleara entre Alfaro e Corella, do dicen Entrabarria, teniendo la voz del rey, con don Juan Núñez de Lara, que facía guerra a Castilla, e vencióle, e prísole, e tráxole preso al rey don Ferrando vuestro bisabuelo al real que tenía sobre Palenzuela; e cobró el rey la villa, e todos los otros logares de don Juan Nuñez de Lara, e aseguráronse todos los fechos. Otrosí el rey don Alfonso, vuestro abuelo, mató a don Gonzalo Martínez de Oviedo, maestre de Alcántara, sin juicio, por quando le volvieron con él algunos; e oviéronlo por estraño en Castilla, e por muy grand mal, por quanto el dicho don Gonzalo Martínez ficiera un servivio muy señalado a la casa de Castilla, ca venciera e matara al infante Abomelic, llamado Picazo, fijo del rey Abulhacén de Benamarín, que pasó a la Frontera a facer guerra con ocho mil de caballo. Otrosí el rey don Pedro, vuestro tío, fizo matar en Sevilla en su palacio a don Fadrique, su hermano, maestre de Santiago, e fízole matar a los ballesteros de maza; e dende a quince días fizo matar en Bilbao al infante don Juan de Aragón, su primo, en su palacio, eso mesmo por Ballesteros de maza; por lo qual muchos de los caballeros e escuderos que vivían con él se fueron para Aragón, e los perdió para siempre. E el rey don Enrique, vuestro padre, seyendo conde, e estando en Aragón, sintióse de la muerte del maestre su hermano; e el infante don Ferrando, marqués de Tortosa, sintióse de la muerte del infante don Juan su hermano, e quebrantaron las treguas que estaban puestas entre Aragón e Castilla, e ficieron guerra; ca el infante don Ferrando entró por el regno de Murcia, e el conde don Enrique por tierra de Soria, e volvióse la guerra, e dende vino mucho daño en los regnos de Castilla e de Aragón, do primero avía alguna esperanza de paz e de sosiego. E, Señor, como quier que todos estos daños e males ayan acaescido por ser fechas tales muertes como éstas, pero lo peor dello fue que tocaron en la fama de los reyes que tales muertes e en tal manera mandaron facer. E como quier, señor, que esotro caballero de vuestro consejo aya bien dicho, que este fecho le mandéis ver a los vuestros alcaldes que le libren por justicia, empero tal fecho como éste del conde don Alfonso me paresce que non debe ser puesto así en los alcaldes de la vuestra corte, ca ha ome rescelo que, por aventura, teniendo que vos cumplen voluntad, pecasen en este fecho, si el conde non toviese quien razonase por él; lo qual sería a él grave de fallar, desque viesen que vos avedes contra él mal talante. Otrosí, señor, fuera deste regno non sería bien contado, ca dirían que los vuestros alcaldes non farán si non lo que vos les mandásedes, e que por esto les avíades encomendado este fecho. E por tanto, señor, lo que a mí paresce que debedes facer en este caso, es esto. Debe saber la vuestra real magestad, que el rey don Juan de Francia, abuelo deste rey don Carlos que agora reyna, fizo prender al rey don Carlos de Navarra, que es hoy vivo, e era casado con su fija del rey de Francia, e el dicho rey de Francia era casado con hermana del rey de Navarra, e fízole prender en París; e puesto en prisión, acusábale diciendo que tratara con los ingleses sus enemigos, seyendo el rey de Navarra tenudo al rey de Francia por la tierra que tiene dél en Normandía. E el rey de Francia ovo consejo cómo faría dél, si le mataría, o le ternía siempre en prisión; e los de su consejo le dixeron que ficiese saber al rey de Navarra como él entendía acusar que fuera en trato con los ingleses sus enemigos en deservicio suyo e de su regno, seyendo su vasallo por la dicha tierra de Normandía, por lo qual merescía muerte e perder la tierra; e que el rey de Navarra catase abogados para que defendiesen su derecho, que fuesen de Italia, o de Lombardía, o de Alemaña, o de España, o de otra parte qual él quisiese, e que el rey de Francia pagaría el salario de los doctores que allí viniesen a defender el derecho del rey de Navarra, en tal guisa que fuesen contentos. E así se fizo, que el rey de Navarra fizo venir buenos doctores que defendiesen su parte; e un día en la semana traían al rey de Navarra a juicio, e los procuradores del rey de Francia acusábanle, e los procuradores del rey de Navarra defendían su derecho. E el rey de Francia le fizo decir que se esforzase bien a se defender; ca si él fuese fallado salvo de aquella acusación, él entendía de le demandar perdón, e facerle emienda e satisfación del enojo que avía rescebido; e si por aventura fuese fallado culpado, que en él fincaba aver piedad dél, o de facer aquello que debiese con buen consejo, de guisa que ninguno diría que pasaba contra él sin forma de derecho, e sin justicia. E estando los fechos en esto, fue el rey de Francia preso en la batalla de Piteus, e con los bollicios que ovo en el regno e en la cibdad de París, fue suelto el rey de Navarra sin mandamiento del rey, e non vinieron los fechos a juicio. E, señor, a mí paresce, si la vuestra merced fuera, que vos en esta guisa debedes tener el fecho del conde don Alfonso de que demandastes consejo, e que en esto guardásedes justicia e vuestra fama; e si él meresce pena, cualquiera que sea, todos los de los vuestros regnos, e los de los otros regnos de christianos e de moros, do esto fuere sabido, ternan que lo que ficiéredes será bien fecho; e si falláredes que non meresce pena, avredes guardado todo lo que debedes de derecho e justicia’”, Pedro López de Ayala, Crónica de don Juan I, en Id., Crónicas, José Luis Martín (ed.), Barcelona: Editorial Planeta, 1991, p. 578-582.

348
“E el rrey partio de segouja y el ynfante don sancho con el y fueron a burgos y por que el rrey sopo algunas cosas del jnfante don fadrique su hermano y de don ximon Ruyz delos cameros el Rey mando al jnfante don sancho que fuese prender A don ximon rruyz delos cameros y quele fiziese luego matar. E don sancho salio luego de burgos y fue a logroño y fallo y a don ximon rruyz y prendiole y este mismo dia quelo prendieronprendio diego lopez de salzedo en burgos a don fadrique por mandado del Rey. E don sancho fue A treujño y mando quemar alli a don ximon rruys y el rrey mando afogar a don fadrique. E delas otras cosas que acaesçieron en este año non se falla mas en escripto”, Crónica de Alfonso X… (se cita por la base de datos CORDE de la Real Academia Española [www.rae.es]).

359
“‘Dezid al rrey nuestro señor que yo diego lopez y don aluaro que estamos aqui conel jnfante don sancho que por muchas muertes y desaguisados que el fizo señalada mente en que mato al jnfante don fadrique su hermano y otrosy que mato A don ximon señor delos cameros nuestro tio de todos que nos crio y nos fizo mucho bien y por otras muertes muchas que fizo con desafuero enlos fijos dalgo’”, ibid.

3610
“Y creemos que no debemos de omitir que el mencionado Sancho, con sus prédicas, con las que sublevaba al pueblo contra nosotros en muchos lugares vomitó muchas cosas indignas contra Nos: entre otras decía frecuentemente él y sus emisarios, ‘que el rey está demente y leproso, que es falso y perjuro en muchas cosas, que mata a los hombres sin causa, como mató a don Fadrique y a Simón’”, Manuel González Jiménez (ed.), Diplomatario andaluz de AlfonsoX, Sevilla: El Monte y Caja de Huelva y Sevilla, 1991, documento n° 503 bis, p. 533.

3711
“En el mes de abril que començo el quinto año del rreynado deste rrey don sancho que fue en la era de jUccc xx vj años & andaua el año del nasçimjento de ihesuxpisto en .jUcc lxxx viijº años desque el Rey fue en valladolid llego el conde a çigales & enbio pedir por merçed al Rey que saliese fuera de la villa & que serie con el & paresçia el conde que se rreçelaua de entrar con el en la villa. & el Rey salio otro dia a Resçebir al conde a la loberuela & alli fablaron muchas cosas señaladamente que auja tirado al jnfante don juan de aquello que auja començado & que el queria asosegar en su serujçio & el rrey dixo que le plazia & que para esto que auja menester que viniesen amos de consuno porque asosegase con ellos E el conde dixo que para esto que auja menester que les emendase lo que les fiziera en toro en rrazon del consejo que le dauan ellos que se abinjese con el Rey de aragon & que los non quiso creer E el rrey dixo que lo queria fazer tanto que le guardasen su honrra & su seruiçjo & con esto sosegaron. & el conde dixo que algunos libramjentos que auja de fazer a el & al jnfante don juan & a sus amigos que mandase traer vna tienda alli a la loberuela & sus sellos & los libros & que alli ge lo librasen & el Rey touolo por bien. & alli yua cada dia el rrey & el conde venja y de çigales que estaua y fasta la noche librando & el Rey tornauase a la villa de valladolid & el conde a çigales E desque oujeron librado aquellos pleitos todos Acordaron que el rrey que se fuese para Roa & el conde que Recudiese y a el & que dende yria el conde al rrey de aragon con el pleyto. & luego a pocos de dias salio el rrey de valladolid & fuese para Roa & el conde vino y a el & dende fue con la pleytesia al rrey de aragon que el estaua esperando en taraçona & el Rey fuese para berlanga & estando el rrey en berlanga llego y el conde & dixo al Rey commo el rrey de aragon non quisiera aquel pleito con que el yua E el rrey le Respondio que pues este pleyto partido era que non podia partir el pleyto del Rey de françia & que querie enbiar alla. & enbio luego otro dia al obispo don martjno de estorga al rrey de françia & llego a leon sobre el rruedano & fallo y a rrijandate & a xiriego de buy vila con poder del rrey de françia & el cardenal don juan claulete que vinjera y por mandado del papa para tratar en estos pleytos que estauan esperando al obispo que sabian ya que venja E el Rey fuese para soria & el conde con el & y fablaron de commo el conde fuese por el jnfante don juan & que vinjesen amos asosegar con el rrey su pleito & pusieron que el rrey que fuese a alfaro para que ellos vernjen y a el & que alli asosegarian su pleyto & el Rey touolo por bien. & el conde enbio por el jnfante don juan & fueronse para burgos & dende fueronse para calahorra & el Rey fuese para alfaro & el conde don lope & el ynfante don juan vinjeron y verse con el rrey fuera de la villa de alfaro & el Rey fablo con ellos muy bien & cuydolos asosegar & ellos dixeron que les plazia porque aujan menester de tornarse a la pleitesia del rrey de aragon & el rrey dixo que era muy bien & que vinjesen a su consejo & que fablaria con los perlados & omnes buenos que eran y con el en manera que vinjese por todos. E para esto pusieron que viniesen ellos a la villa & que comjesen y con el & que acordarian con todos este fecho & ellos otorgaronlo & otro dia vinjeron y a la villa & comjeron con el rrey & despues fueron dormjr a sus posadas que tenjen y en la villa & despues de dormjr vinjeron a casa del rrey E el jnfante don juan & el conde don lope & diego lopez de canpos estando en su fabla en casa del Rey & estando por el rrey don alfonso hermano de la rreyna & don juan alfonso de haro & gonçalo gomez de mançanedo & otros rricos omnes & caualleros del rrey que estauan en la fabla estando y el arçobispo don gonçalo de toledo & el obispo don juan alfonso de palençia & el obispo de calahorra & el obispo de osma & el obispo de tuy & el dean de seujlla que era notario mayor del rrey en castilla & tinje sus sellos & el abad de valençia estando todos en fabla en este conseio qual de las pleitesias fazie el rrey la de françia o la de aragon leuantose el rrey & dixo fincad vos aquj en acuerdo ca luego me verne para uos & dezirme hedes lo que oujeredes Acordado & el rrey salio fuera E desque el Rey los dexo dixo nunca yo tal tienpo tuue commo agora para bengarme destos que tanto mal me han fecho & en tanto mal me andan & fallo que la su gente era mucha mas que la de los otros & torno luego a ellos & parose a la puerta & preguntoles & dixo auedes ya acordado & dixo el conde sy entrad señor & dezir vos lo hemos E el rrey dixo entonçes ayna lo acordastes & yo con otro acuerdo vengo que vos amos que finquedes aqui comigo fasta que me dedes mjs castillos E el conde se leuanto mucho ayna & dixo presos commo a la merda o los mjos & metio mano a vn cuchillo & dexose yr para la puerta donde estaua el rrey el cuchillo sacado & la mano alta & llamando muchas vezes o los mjos. & el jnfante don juan metio mano a vn cuchillo & firio a gonçalo gomez de mançanedo & a sancho martines de leyua & ellos sufrieronjelo porque era fijo de Rey & la otra gente que era y del rrey vallesteros & caualleros veyendo que el conde yua contra el rrey firieron al conde & dieronle con vna espada en la mano & cortarongela & cayo luego la mano en tierra con el cuchillo & luego dieronle con vna maça en la cabeça que cayo en tierra muerto non lo mandando el Rey E torno el rrey contra diego lopez que estaua y que le corriera a çibdad Rodrigo desde castil Rodrigo & dixole el rrey. diego lopez que vos meresçi porque me corredes la mj tierra seyendo mj vasallo & el non supo rrazon njnguna que le dezir & el rrey diole con vn espada en la cabeça tres golpes en guisa que finco muerto E desque la rreyna que estaua en su cama supo el fecho commo pasara puno quanto pudo de guardar al jnfante don juan que non tomase muerte. & sy non por esto luego lo matara el rrey de buena mente & prendiolo el rrey esa noche & metiolo en fierros & otro dia salio dende & fuese para calahorra & otro dia fue a alcandre & otro dia fue a logroño & dexo y a la rreyna & al jnfante don juan dexolo preso & salio dende & llegole mandado de los de treujño commo aujen tomado el su castillo que tenjan los del conde & plogole mucho al rrey & el rrey llego a naguera & otro dia que y llego fue a haro & çercolo & entro luego el arraual & estando dentro muy buenos caualleros punaron en se defender quanto podian pero al cabo tan grande fue el conbatimjento que fizo el rrey a la villa con engeños & con otras cosas muchas que non lo pudieron sofrir & dieronle la villa E estando en esto llego doña juana muger del conde hermana de la rreyna a santo domjngo de la calçada que estaua y la Reyna. & el Rey vino A ella & fablo con ella muy bien & dixole que nunca dios lo quisiese que su voluntad fuera de matar al conde njn nunca lo mandara mas que en tal manera acaesçiera asi commo lo sabian todos quantos ay estauan que el fue ocasion de su muerte ca el non quisiera del sy non los castillos suyos que ge los diese & que le Rogaua que fuese a don diego su fijo & que le asosegase & que entregandole sus castillos que tenja del que le guardaria su tierra & su heredad & que le faria merçed”, Crónica de Sancho IV. Ms. 829 BNM, Pedro Sánchez-Prieto Borja (ed.), Alcalá de Henares: Universidad, 2004 (se cita por la base de datos CORDE de la Real Academia Española [www.rae.es]).

3812
“[…] el Rey seyendo en Toro envió sus mandaderos á Don Joan, con quien le envió decir, que él queria enderezar su facienda para ir á la frontera á la guerra de los Moros, et que tenía por bien que fuese con él: et sobre esto que avia acordar con él algunas cosas que le eran menester para esto, et que le rogaba et mandaba que veniese á él allí á Toro. Et por le traer que veniese, et oviese voluntad de venir ante él, mandó á los mensageros que le dexiesen, que si pediese al Rey merced que le diese la Infanta su hermana en casamiento, quel Rey lo faria por lo asosegar en su servicio. Et Don Joan envióle decir, que en quanto Garcilaso estodiese en la su casa, et fuese del su consejo, que non vernia y: ca sabia cierto que le buscaria el mayor daño que podiese. Et como quiera que Don Joan ponia esto por escusa, más lo decia él por miedo que avia del Rey, que por rescelo que él oviese de Garcilaso. Et sobre esto envióle el Rey decir, que veniese á él á su servicio; et pues que él tomaba sospecha de Garcilaso, que el Rey le enviara de su casa. Et porque esto se podiese librar así como Don Joan queria, que le rogaba que veniese á Belver, un castiello et villa que Don Joan tenía de y cuatro leguas, et que allí enviaria á él sus mandaderos con quien le faria cierto desto, et de otras cosas que oviese de librar en la su merced. Et el mandadero que fué á Don Joan de parte del Rey sobre esta razón, dixóle lo que el Rey le enviaba decir. Et Don Joan, desque ovo oido lo que el mensagero del Rey le dixo, respondió, que le placia de ir á Belver, pues el Rey ge lo enviaba mandar. Et por esto, et ortrosí porque este Don Joan traía fabla con Doña Sancha, mujer que fué de Sancho Sanchez de Velasco, que era aya de la Infanta Doña Leonor hermana del Rey, que casaria con la Infanta; et otrosí por lo que le dixo el mandadero del Rey sobre esto, veno á Belver. Et luego que sopo que Don Joan era y venido, envió á él á Alvar Nuñez, de quien él mucho fiaba, et traía toda su casa et su facienda en poder, et era su camarero mayor et justicia mayor de su casa, et todos los oficios del Rey tenianlos aquellos que él queria. Et este Alvar Nuñez fabló con Don Joan que fuese al Rey, et que non diese de sí tan grand mengua; ca non parescia razon, que omne de tan grand solar como él, que era fijo del Infante Don Joan, et nieto del Conde Don Lope, Señor de Viscaya, et de otras muchas villas et castiellos que él avia en el regno, dexase de venir á casa del Rey por rescelo de Garcilaso: ca sabia Don Joan, que avia él caballeros por vasallos que eran tan buenos et tan poderosos como Garcilaso; et si Garcilaso, ó otro alguno le quisiese deservir, ó ser contra él, que este Alvar Nuñez sería en su ayuda et en su servicio. Et Don Joan dixo que á Garcilaso non avia él miedo; mas rescelaba que pornía al Rey en talante que le mandase facer algun mal; pero que queria poner la cabeza en mano de Alvar Nuñez, et que feciese de ella lo que él quisiese. Et sobre estas palabras Alvar Nuñez besóle la mano á Don Joan; et tornóse su vasallo, et juró et prometió que si alguno ó algunos quisiesen ser contra él por le facer algun mal, que ante cortasen á él la su cabeza que Don Joan rescebiese nengun enojo. Et sobre esta seguranza, et otrosí porque le prometió ayuda en el casamiento de la Infanta hermana del Rey, Don Joan veno á Toro, et Alvar Nuñez con él. Et el Rey salióle á rescebir fuera de la villa, et llegó con él á su posada, et mandó que otro dia comiese con él: et Don Joan otorgó que lo faria. Et el Rey avia muy grand voluntad de matar á Don Joan por las cosas que avia sabido, las quales cuenta la estoria. Et otro dia que Don Joan entró en Toro, que fué dia de la fiesta de todos los Sanctos, el Rey mandólo matar: et morieron con él dos caballeros sus vasallos, que decian al uno Garci Fernandez Sarmiento, et al otro Lope Aznares de Fermosiella; et presieron á Juan Alvarez de Osorio. Et el Rey mandó llamar á todos los que eran allí con él, et asentóse en un estrado cubierto de paño prieto, et díxoles todas las cosas que avia sabido en que andaba Don Joan en su deservicio, lo uno por se le alzar en el regno contra él, et lo otro faciendo fablas con alguinos en su deseredamiento; et otrosí en las posturas que enviára poner con los Reyes de Aragon et de Portogal contra él, et otras cosas muchas que les y contó; por las quales el Rey dixo que Don Joan era caido en caso de traicion, et juzgólo por traydor”, F. Sánchez de Valladolid, Crónica del rey don Alfonso el onceno…, p. 202-203.

3913
“Contado ha la estoria de como Don Joan Alfonso Señor de los Cameros tomó dineros del Rey para ir con él en acorro de Gibraltar á facer guerra á los Moros; et este Don Joan Alfonso que se tornó desde la Puebla de Chillon robando et faciendo mucho mal en la tierra. Et el Rey, seyendo en Burgos, que se venia de Vizcaya, fueronle dadas cartas deste Don Joan Alfonso, que fueron tomadas á omes que las levaban á Don Joan fijo del Infante Don Manuel, et á Don Joan Nuñez, et á Gonzalo de Aguilar, en que les enviaba decir, que non feciesen avenencia con el Rey, et que robasen et astragasen la tierra quanto mas podiesen, ca él seria con ellos en su ayuda; et aún que avia fiucia et prometimiento del Gobernador de Navarra, que les ayudaria en aquella guerra. Et el Rey, desque vió estas cartas, ovo ende muy grand pesar: ca tovo, que pues Don Joan Alfonso le avia fecho tan grand yerro en tomar los sus dineros, et non ge los ir á servir, et robarle la tierra, et él non ge lo acalopniaba nin demandaba, que debiera catar como se saliese de aquella querella con servicios, ante que non enviar esforzar los sus contrarios, et ser en su ayuda, et acarrearle mal. Et por esto salió el Rey de Burgos, et se fué en un dia á Logroño. Et esa noche que y llegó, sopo en como Don Joan Alfonso estaba en un logar que dicen Agunciello. Et el Rey partió de Logroño otro dia de mañana, et fué á aquel logar, et mandó llamar a Don Joan Alfonso a él, et dixole la querella que dél avia, porque le robára la tierra, et que le non fuera á servir los dineros que dél avia tomado; et otrosí mostróle las cartas que él enviaba á Don Joan fijo del Infante Don Manuel, et á Don Joan Nuñez, et á Don Gonzalo: et mandóle luego matar: et dende tórnose el Rey para Burgos”. Ibid., p. 263.

4014
“Et el Rey fuese para su posada: et desque y llegó, mandó llamar luego en aquel dia los que eran y con él, et dió sentencia contra aquel Gonzalo Martinez en que lo dió por traydor. […] Et otro dia en la mañana tornó el Rey al castiello, et entró dentro, et llegó al pie de aquella torre mayor dó estaba Gonzalo Martinez, et demandóle que ge la entregase. Et él ovo consejo con los que estaban con él, et dixieronle que se non podia defender al poder del Rey, et que saliese á la su merced, ca ellos non querian morir por él. Et luego Gonzalo Martinez descendió de la torre et salió al Rey. Et desque lo vió el Rey ante sí, dixole, que se le debiera membrar en como veniera á la su casa, et á la su merced ome de muy pequeña manera, et como fiara dél toda su facienda, et todo su consejo; et que le pusiera en tal estado dó era Señor de caballeros, et de viellas, et de castiellos, et de grandes tierras; et él que le feciera muchos deconocimientos et trayciones, faciendole grand daño en lo que dél fiaba, et diciendo mal dél; et otrosí queriendo enagenar la tierra del su rgeno en poder de otro Rey: et demas desto, que él mandára que lanzasen contra el su cuerpo piedras et saetas, et otras armas con que le ovieran á matar: et por estas cosas que le avia judgado por traydor. Et mandó á Alfonso Ferrandez Coronel que fuese complir luego en él justicia. Et Alfonso Ferrandez, que estaba allí con el Rey, llevó luego á Gonzalo Martinez, et fizolo degollar et quemar por traydor, por complir la sentencia que el Rey avia dado contra él”. Ibid., p. 305.

4115
Estando el rrey don Pedro en Seuilla en el su alcaçar martes veynte e nueue dias de mayo deste dicho año, llego ally don Fadrique maestre de Santiago, que venia de cobrar la villa e castillo de  Jumilla, que es en el rregno de Murçia, que en las treguas que el cardenal don Guillen pusiera entre Castilla e Aragon de vn año, era tomada por parte de Aragon, por vn rrico omne que dizian don Pero Maça, por quanto dizia que era suya aquella villa e que non era del señorio del rrey de Castilla nin entrara en la dicha tregua; pero la dicha villa, en esta guerra, estaua primero por Castilla e el maestre don Fadrique desque lo sopo fue alla e çercola e cobrola por fazer seruiçio al rrey; ca el maestre don Fadrique auia voluntad de seruir al rrey e de le fazer plazer. E desque ouo cobrada el maestre la dicha villa e castillo de Jumilla, fuesse para el rrey, ca auia cartas suyas cada dia que fuesse para el. E el maestre llego en Seuilla el dicho dia martes por la mañana a ora de terçia e fue el maestre a fazer rreuerençia al rrey e fallolo que jugaua a las tablas en el su alcaçar de la çibdat de Seuilla e luego que llego besole la mano el e muchos caualleros que venian con el. E el rrey lo rresçibio con buena voluntad que le mostro e preguntole donde partiera aquel dia e sy tenia buenas posadas. E el maestre dixo que partiera de Cantillana, que es a çinco leguas de la çibdat de Seuilla e que de las posadas que avn non sabia quales las tenia, pero que bien creya que eran buenas. E el rrey dixole que fuesse a asosegar las posadas e que despues se viniese para el. E esto dizia el rrey por que entraran con el maestre muchas conpañas en el alcaçar. E el maestre partio estonçes del rrey e fue veer a doña Maria de Padilla e a las fijas del rrey, que estauan en otro apartamiento del alcaçar que dizen el Caracol. E sabia doña Maria todo lo que estaua acordado contra el maestre e quando lo vio fizo tan triste cara que todos lo podrian entender; ca era  buena dueña e de buen seso e non se pagaua de las cosas que el rrey fazia e pesauale mucho de la muerte que era hordenada de dar al maestre. E el maestre desque vio a doña Maria e a las fijas del rrey sus sobrinas partio de ally e fuesse al corral del alcaçar do tenia las mulas para se yr a las posadas e asosegar sus conpañas. E do llego al corral del alcaçar non fallo las  bestias, ca los porteros del rrey auian mandado a todos desenbargar el corral e echaron todas las bestias fuera del corral e çerraron las puertas, que assy les era mandado por que non estudiessen muchas gentes ally. E el maestre desque non fallo las mulas, non sabia sy tornasse al rrey o que faria, e vn cauallero suyo que dizian Suer Gutierrez de Nauales, que era asturiano, entendio que algund mal era esto, que veya mouimiento en el alcaçar e dixo al maestre: “Señor, el postigo del corral esta abierto e sallid fuera que non vos menguaran mulas”. E dixogelo muchas vezes, ca tenia que si el maestre salliera fuera del alcaçar que por auentura bien pudiera escapar o que non lo pudieran assy matar que non muriessen muchos de los suyos delante del. E estando en esto llegaron al maestre dos caualleros hermanos que dizian Ferrand Sanchez de Touar e Iohan Ferrandez de Touar, e non sabian nada desto, e por mandado del rrey dixieron al maestre: “Señor, el rrey vos llama”. E el maestre tornosse para yr al rrey espantado que ya se rresçelaua del mal, e asy commo yua entrando por las puertas de los palaçios e de las camaras yua mas syn conpaña; ca los que tenian las puertas en guarda lo tenian assy mandado a los porteros que los non acogiessen. E llego el maestre do el rrey estaua, e non entro en aquel lugar sy non el maestre don Fadrique e el maestre de Calatraua don Diego Garçia, que esse dia aconpañaua al maestre don Fadrique e non sabia deste fecho, e otros dos caualleros. E el rrey estaua en vn palaçio que dizen el palaçio del Yeso, la puerta çerrada. E llegaron los dos maestres de Santiago e de Calatraua a la puerta del palaçio do estaua el rrey e non les abrieron e estudieron a la puerta. E Pero Lopez de Padilla, que era vallestero mayor del rrey, estaua con los maestres de partes de fuera, e en esto abrieron vn postigo del palaçio do estaua el rrey, e dixo el rrey a Pero Lopez de Padilla, su vallestero mayor: “Pero Lopez, prendet al maestre”. E Pero Lopez le dixo: “¿A qual dellos, señor, prendere?”. E el rrey le dixo: “Al maestre de Santiago”. E luego Pero Lopez de Padilla trauo del maestre don Fadrique e dixole: “Seed preso”. E el maestre estudo quedo muy espantado. E luego dixo el rrey a vnos vallesteros de maça que estauan ay: “Vallesteros, matad al maestre de Santiago”. E avn los vallesteros non lo osauan fazer. E vn omne de la camara del rrey, que dezian Ruy Gonçalez de Atiença, que sabia el consejo, dixo a grandes bozes a los vallesteros: “Traydores, ¿que fazedes? ¿Non vedes que vos manda el rrey que matedes al maestre?”. E los vallesteros estonçe, quando lo vieron que el rrey lo mandaua, començaron a alçar las maças para ferir al maestre don Fadrique. E eran los vallesteros vno que dizian Nuño Ferrandez de Roa e otro que dizian Iohan Diente e otro que auia nonbre Garçi Diaz de Albarrezin e otro Rodrigo Perez de Castro. E quando esto vio el maestre de Santiago, desboluiosse luego de Pero Lopez de Padilla, vallestero mayor del rrey que lo tenia preso, e salto en el corral e puso mano al espada e nunca la pudo sacar, ca tenia la espada al cuello deyuso del tabardo que traya e quando la queria sacar, trauaua la cruz del espada en la correa e non la pudia sacar. E los vallesteros llegaron a el por le ferir con las maças e non se les guisaua, ca el maestre andaua muy rezio de vna parte a otra e non lo podian ferir. E Nuño Ferrandez de Roa vallestero, que le siguia mas que otro ninguno, llego al maestre e diole vn golpe en la cabeça de la maça en guisa que cayo en tierra, e estonçe llegaron los otros vallesteros e firieronle todos. E el rrey desque el maestre yazia en tierra, sallio por el alcaçar cuydando fallar algunos de los del maestre para los matar, e non los fallo; ca dellos non eran entrados en el palaçio quando el maestre torno, que le mandara llamar el rrey, por que las puertas estauan muy guardadas, e dellos eran fuydos e ascondidos. E entrara con el maestre vn cauallero de la su horden que dizian don Pero Ruyz de Sandoual al que dezian Rostros de Puerco e era comendador mayor de Montiel, que diximos que diera el castillo de Montiel al rrey por el omenaje que le ouiera fecho e se viniera el para su señor el maestre, e era agora comendador de Merida, e quisiera lo el rrey matar, e non lo fallo e assy escapo aquel dia que el rrey lo andudo buscando para lo matar e non se pudo auer. Enpero fallo el rrey vn escudero que dizian Sancho Ruyz de Villegas, que dizian por sobre nonbre Sancho Portin e era cauallerizo mayor del maestre, e fallolo en el palaçio del Caracol do estaua doña Maria de Padilla e sus fijas del rrey, donde el dicho Sancho Ruyz se acogiera cuando oyo el rruydo que matauan al maestre. E entro en la camara del rrey e auia tomado Sancho Ruyz a doña Beatriz, fija del rrey, en los braços cuydando escapar por eso de la muerte. E el rrey assy commo le vio, fizole tirar a doña Beatriz su fija de los braços e el rrey lo firio con vna broncha que traya en la çinta, e ayudo gelo a matar vn cauallero que era con el rrey, que dezian Iohan Ferrandez de Touar, que era su enemigo del dicho Sancho Ruyz. E desque fue muerto Sancho Ruyz de Villegas, tornosse el rrey do yazia el maestre e fallo lo avn que non era muerto e saco vna broncha que tenia el rrey en la çinta e diola a vn moço de su camara e fizo lo matar. E desque esto fue fecho assentosse el rrey a comer donde el maestre yazia muerto, en vna quadra que dizen de los azulejos, que es en el alcaçar. E mando luego el rrey venir delante si al infante don Iohan su primo e dixole secreta mente que el partia luego de ally para yr a Vizcaya e que fuesse con el e que su voluntad era de matar a don Tello e de le dar a Vizcaya. E el infante don Iohan era casado con doña Ysabel, hermana de la muger del conde don Tello, que era fija de don Iohan Nuñez de Lara señor de Vizcaya e de doña Maria su muger. E el infante besole las manos al rrey pensando que assy lo faria commo lo dezia”, Pedro López de Ayala, Crónica del rey don Pedro, y del rey Don Enrique su hermano, hijos del rey don Alfonso onceno, Germán Orduna (ed.), Buenos Aires: Seminario de Edición y Crítica Textual e INCIPIT-Ediciones Críticas, 1994, t. I, p. 268-272.

4216
“En estos dias despues que fue la junta de Vizcaya, llego el rrey a la villa de Bilbao, que es del señorio de Vizcaya. E otro dia despues que veno en la dicha villa, vn dia enbio por el infante don Iohan que viniese a palaçio. E el infante veno e entro en la camara del rrey solo syn otras conpañas saluo dos o tres de los suyos, que fincaron a la puerta de la camara. E el infante traya vn cuchillo pequeño e algunos que y estauan con el rrey, que sabian el secreto, cataron manera commo en burla le tirassen el cuchillo, e assy lo fizieron. E despues Martin Lopez de Cordoua camarero del rrey abraçosse con el infante por que el infante non pudiesse llegar al rrey. E vn ballestero del rrey que dizian Iohan Diente dio al infante con vna maça en la cabeça, e llegaron otros ballesteros de maça e firieronlo. E el infante ferido commo estaua avn non cayera en tierra, e fue sin sentido alguno contra do estaua Iohan Ferrandez de Henestrosa camarero mayor del rrey, que estaua en la camara. E Iohan Ferrandez quando lo vio venir, saco vn estoque que tenia e pusolo delante sy diziendo “alla, alla”. E vn ballestero del rrey que dizian Gonçalo Rezio diole de la maça en la cabeça al infante e estonçe cayo en tierra muerto. E mandolo el rrey echar por vnas ventanas de la posada do el rrey posaua a la plaça e dixo a los de Vizcaya que estauan muchos en la calle: “Catad y el vuestro señor de Vizcaya que vos demandaua”. E mando el rrey leuar el cuerpo del infante don Iohan a la çibdat de Burgos e mandolo poner en el castillo, e despues por tienpo fizolo echar en vn rrio en guisa que nunca jamas paresçio”. Ibid., t. I, p. 275.

Lamento de Federico II; muerte de Manfredo; Enzo preso; y muerte de don Fadrique de Castilla
Boccaccio, De casibus virorum illustrium (trad. de Jean de Premierfait)
París, Bibliothèque Nationale de France, Ms. Fr. 226, fol. 221v°
París, primer cuarto del siglo XV, Maestre de Rohan y colaboradores

4318
“Apres le cas de entis malheureyx roy de sardaine venoit frederic fis de Frederic [sic] iadis roy de castille disant comme vray est en ses complaintes que apres la mort de son pere il entreprint batailes contre ung sien frere affin d’obtenir sil peust tout le royaume de Castille. Et pour ceste guerre de mener et mettre a fin frederoc print avec soy chevaliers et souldouiers qui longuement travaillerent en armes, mais cestuy frederic en la fin fut villenement occis par la sentence de son propre frere”, Boccace, Des nobles malheureux, trad. de Laurent de Premierfait, París: Enseigne du Pellican, 1494, fol. cclxxxvv°.

4419
Capitulo que fabla de fadrique hijo del Rey de castilla E seguja despues fadrique hijo del Rey de castilla que despues de ser cansado por luenga E diuersa caualleria que a la fin fuera muerto torpe mente por mandado de su hermano”, Pedro López de Ayala, Caída de príncipes, Eric Naylor (ed.), Madison: Hispanic Seminary of Medieval Studies, 1995, fol. 258r°.

4520
“Por que la cubdiçia es rraiz de todos los males del mundo puso al rrey don Pedro en coraçon todo lo que adelante oyredes que se fizo, commo quier que todo esto que oyredes que el rrey fizo dizia que lo fiziera syn carga ninguna suya, ca el rrey Bermejo viniera a el sin seer assegurado; otrossi que lo fazia faziendo justiçia del rrey Bermejo por quanto el se leuantara e alçara contra el rrey Mahomad que era su señor. Enpero peso dello a todos lo que amauan su seruiçio del rrey; pero la manera commo se fizo esto daño mucho en la fama del rrey. E el rrey luego sopo commo el rrey Bermejo traya muchas joyas rricas en aljofar e piedras preçiosas, e ouo grande cubdiçia dellas. E mando al maestre de Santiago don Garçi Aluarez que conbidasse luego otro dia a çenar al rrey Bermejo e a todos los mayores e mas honrrados que con el venieron. E el maestre de Santiago fizolo assy. E el rrey Bermejo e don Edriz e fasta çinquenta caualleros de los mejores que con el venian fueron otro dia a çenar con el maestre de Santiago a su posada. E despues que ouieron çenado, estando asossegados a las mesas que ninguno non era leuantado, entro Martin Lopez de Cordoua camarero del rrey e su rrepostero mayor e con el omnes de armas, e llego do estaua el rrey Bermejo asentado a la mesa e tomolo preso, e eso mesmo prendio a don Edriz e otrossi prendieron todos los otros moros que çenauan con el dicho rrey Bermejo. E otros omnes de armas fueron por mandado del rrey a la juderia e prendieron todos los otros moros que y fallaron. E luego que fue preso el rrey Bermejo fue catado aparte si tenia algunas joyas conssigo e fallaronle tres piedras balaxes muy nobles e muy grandes. E fallaron a vn moro pequeño que venia con el, vn correo en que traya sieteçientos e treynta piedras balaxes pequeñas. E fallaron a otro moro pequeño, que era su paje, aljofar tan grueso commo auellanas mondadas, çient granos, e a otro moro pequeño fallaron vna partida de aljofar tan grande commo granos de garuanços que pudia aver vn çelemin. E a los otros moros, fallaron a cada vno, a qual aljofar e a qual piedras, e leuarongelo luego todo al rrey. E a los moros que fueron presos en la juderia, fueron falladas doblas e joyas e todas las ouo el rrey.

46El rrey Bermejo despues que fue preso aquella noche, fue leuado el e don Edriz e los caualleros que con el fueron presos a la ataraçana. E dende a dos dias el rrey don Pedro fizolo sacar a vn canpo grande, que es en Seuilla de la parte del alcaçar que dizen Tablada, al rrey Bermejo cauallero en vn asno vestida vna saya de escarlata que el tenia, e de los moros treynta e siete, e fizolos todos matar alli. E el rrey don Pedro lo firio primero de vna lança e dixo assi: "Toma esto por quanto me feziste fazer mala pleytesia con el rrey de Aragon e perder el castillo de Hariza." E el rrey Bermejo desque se vio ferido dixo al rrey en su arauigo: "Pequeña caualgada feziste." E fueron ese dia muertos con el rrey Bermejo en la Tablada treynta e siete caualleros moros que venian con el. E los caualleros e los de pie, que serian todos fasta trezientos, fueron todos presos e puestos en la ataraçana. E fue preso aquel moro muy honrrado que venia y, que era de allen mar, de quien auemos dicho que auia nonbre don Edriz Abenbulula fijo de don Vzmin. E dezia el pregonero por mandado del rrey don Pedro assi: "Esta justiçia manda fazer nuestro señor el rrey a estos traydores que fueron en la muerte del rrey Yzmael su rrey e su señor." E la rrazon era esta: este rrey Bermejo e otros mataron al rrey Yzmael de Granada, hermano del rrey Mahomad, en otro tienpo, cuydando que los del rregno tomaran por su rrey a este rrey Bermejo, que era arrayz estonçe, e non se fizo assi, ca los del rregno, despues de la muerte del rrey Yzmael, tomaron por su rrey a Mahomad su hermano, que agora era rrey. E este rrey Bermejo fuxo el e los que fueron en la muerte del rrey Yzmael por miedo, e despues fallo por tienpo muchos que touieron con el e apoderosse del Alhambra de Granada e llamosse rrey. E fuxo el rrey Mahomad a algunos castillos de Benamarin assi commo Ronda e Zahara e otros, e alli se defendio. E el rrey Bermejo, que tenia ya apoderado el rregno, fizo su tregua con el rrey don Pedro, maguer al dicho rrey don Pedro non le plugo dello; mas ouo reçelo que si la non fiziera, que el rrey Bermejo de Granada touiera e ayudara a la parte del rrey de Aragon. E avn despues de la tregua, que el rrey don Pedro estaua en las partidas de Almaçan faziendo guerra a Aragon, le dixeron que el dicho rrey Bermejo trataua con el rrey de Benamarin por que ellos amos a dos se ayudassen contra los christianos, señalada mente contra el rrey don Pedro, e fazian sus ligas con el rrey de Aragon. E non quiso el rrey de Benamarin, antes lo fizo saber al rrey don Pedro por quanto lo fiziera seer rrey e le enbiara alla en vna galea suya. E llamauan a este rrey de Benamarin Abuçelin fijo del rrey Abulhaçen. E el rrey don Pedro con este rreçelo fizo sus pazes con el rrey de Aragon e tornole los castillos que tenia cobrados de Aragon, entre los quales dio a Hariza, que es vn buen castillo, donde el rrey don Pedro se touo por muy quexado. E por estas rrazones e por la cobdiçia de las joyas que el rrey Bermejo traxo fue su muerte. E dizia el rrey don Pedro que el los fiziera matar por que se alçara e fuera rrebelde a su señor el rrey Mahomad e por que fuera en matar al rrey Yzmael su señor. Enpero todos lo touieron por non bien fecho e les pluguiera que el rrey don Pedro non lo fiziera assi. E el rrey Mahomad luego que sopo que el rrey Bermejo era preso e despues muerto fuesse para Granada e rresçibieronlo alli por rrey e por su señor e todo el rregno le obedesçia. E el rrey don Pedro le enbio las cabeças del rrey Bermejo e de los otros caualleros que mataron con el. E el rrey Mahomad enbio al rrey don Pedro algunos catiuos de los que fueron tomados en la pelea de Guadiex”, P. López de Ayala, Crónica del rey don Pedro…, t. II, p. 59-60.

4721
“Quant aux autres royaumes, le besant sentoit d’un autre aloy. Car les ungs, non pas e petite quantite, sentoient encores en leurs cuers la fumee de la forge du grant tyrant le roy Pierre, qui, par dehors parez de grans vertuz foraines et par especial en la forge de Bonne Adventure, mesprisa tant le signe de Thau que en ung jour il ot puissance royalle de faire tout le royaume de Grenate faire venir à la sainte foy catholique et ne le fit pas. Et qu’il soit vray et publique, il fit et de fait de roy de Grenate cellui qui aujourd’hui regne, quant il ot murdri le josne roy de Grenate, qui estoit venu a lui a mercy a tout son tresor en grant fiance d’amitie, lui xii de chevaliers desarmes ou environ. Mais quand ledit roy Pierre, cruel ou quart degre, veit le tresor dudit roy rouge et les mules chargees, il ne lui souvint los de noblesse royalle, d’onneur ne de loange, mais de sa propre main et de sa lance deri ledit roy sarrazin desarme, et, cuidant estre en seurte, tantost fu murdry. Dont il advint une chose moult notable a conforter la bonte des chevaliers qu’ilz doivent avoir a leur seigneur. Quant les chevaliers sarrazins dudit roy rouge de Grenate virent l’orrible trahison dudit roy Pierre et virent leur seigneur et roy abbatu en terre de la lance du roy et des autres qui mieulx mieulx, lesdiz chevaliers sarrazins se couchoient sus leur roy qui encores n’estoient pas mort, et recevoyent les cops de lances pour garder leur seigneur, et ainsi moururent piteusement avecques leur roy. Je ne scay pas bien, a grant doleur recitant, se un tel cas advenoit a un roy crestien s’il trouveroit aujourd’hui ses chevaliers qui autel lui feissent. Ceste cruaulte du roy Pierre fut recitee au Vieil Pelerin par une personne notable qui estoit lors prive et singulier serviteur du roy Pierre et se trouva present avec son seigneur a la mort du roy rouge dessusdit”, Philippe de Mézières, Le songe du vieil pélerin, George William Coopland (ed.), Cambridge: University Press, 1969, p. 386-387.

4822
“Senyor fago vos saber que muchas vegadas he embiado pedir merced al Rey que quisiese descercar a don Johan Nunnez e que non quisiese poner embargo en la yda de mi fija e el nunca lo quiso façer ante pone todos los embargos que el puede. Et como quiere que de ditas cosas me deua sentir como vos entendedes. Pero por dar lugar que se non fiziese deseruicio de Dios e danyo de la tierra e porque los pleytos viniesen a bien enbie dezir al Rey que si alguna querella hauie de dito Don Johan Nunnes e de mi e nos del que lo ponriemos en mano del Rey de Portogal e pora esto que dariemos buenas rehenas et villas. Et el Rey de Portogal que judgase lo que fallase por derecho. Et esto faziemos por los buenos deudos quel Rey de Castiella et el infante don Pedro han con el Rey de Portogal e el de todo esto non quiso fazer ninguna cosa. Et por todas estas cosas e muchos otros agrauiamientos que donna Johana e don Johan Nunnes su fijo e yo, e quantos fijosdalgo, son en Castiella recebimos en nuestras heredades e en nuestras behetrias del Rey tomando las a nos que somos dellas naturales e daualas a sus fijos que las non pueden hauer de derecho e otros muchos agrauios que seria luengo de contar que los monstraremos cada que cumpliere a todo esto dipassada cuydando que querrie Dios meterle en voluntad al Rey que quisiese fazer lo aguisado. Primeramente contra si mismo e contra la Reyna donna Maria su muger e contra el infante don Pedro su fijo heredero el qual sabedes que por mandado del Rey recibiemos por Rey e por senyor despues de sus dias. Et porque a agora veo que de todo esto non se faze nada ante de cadal dia deshereda el dicho infante que es nuestro senyor natural e hereda de lo que deuie seyer del dicho infante heredero por honrar et dar mayor estado de quanto deuian hauer a los dichos sus fijos que el ha de doña Leonor. Et otrosi por desaguisados que faze a la Reyna donna Maria su mujer los quales nunca se falla que ningun Rey fiziese con tales maneras contra ninguna Reyna con quien fuese casado. Et otrosi por el embargo que puso e pone en la yda de mi fija e porque se embargue el su casamiento e por deseredamientos que fizo e quiere fazer a donna Johanna, en la qual heredat he yo derecho e por desheredamientos que fizo a mi e a don Ferrando mio fijo e por otros agrauamientos que fizo contra el mi cuerpo queriendome matar en muchas maneras desaguisadas porque por tales cosas segunt fuero de Castiella se puede todo vasallo desnaturar del su Rey e de su senyor. Por ende si yo pudiese a el embiar un homne fidalgo que me despidiese e desnaturase del segunt es fuero e costumbre e se fizo siempre en Castiella, e fizieralo de buenamente. Mas se que es cierto que quando enbie a el a Diego Alfonso de Tamayo por le conseiar lo que era su seruicio lo prendio e lo quiso matar e asimismo a los otros mios homnes que yuan con el. Et esto mismo quiso matar muchas vezes a Sancho Perez de Cadahalso embiandolo yo a el. Et otrosi porque quando me embie desnaturar del quando tenie a mi fija presa et la houieran a matar por su mandado mando prender e matar a Nunyo Martinez de Aluiolles mio vasallo e fuera muerto si no quel quiso Dios escapar que fuyo de la presion. Et otrosi porque en Villa real mando matar e cortar las manos e los piedes al escudero que embio don Johan Nunnez a despedirle e desnaturarle del. Et por todas estas razones faziendo yo quanto pude por ello non pude fallar ningun homne fidalgo que se atreuiese a yr al Rey a me despedir ni me desnaturar del. Et porque sabe Dios que yo non querria fazer ninguna cosa con mala cubierta por ende embio a uos esta mi carta que lo sepades e lo el pueda saber por vos que hauiendo mio acuerdo con mios amigos e mios vasallos falle que senyaladamente por lo que el Rey faze contra el infante don Pedro su fijo que es nuestro senyor natural et contra la dicha Reyna et por las otras cosas dichas et por otras que se pueden dezir et que se diran cada que menester sea que me podia et deuia desnaturar del et de que houe este acuerdo oy martes XXX dias del mes de jullio despedi et desnature a mi et a don Ferrando mio fijo et a Sancho Manuel mio fijo et a Roy Gonçaluez de Castañeda et a todos los mios amigos et mios vassallos et fago saber a uos que de oy dia dicho en adelante que non so su vasallo ni su natural et que yo et don Ferrando mio fijo et todos los otros susodichos somos espedidos et desnaturados del. Et sabet que otras cartas embio a otras partes do yo emtiendo que me cumple porque sepa el Rey et pueda saber esto que yo he fecho et la razon porque lo fiz. Et pido vos merce senyor que tengades por bien de mandar guardar esta carta et de la fazer registrar en la vuestra chancelleria con el dia et con el anyo et lugar que vos fuere dada de mi parte porque la verdad deste fecho pueda seer prouada et paresca cada que menester sea et tener vos lo he en merce. Dada en el Castiello treynta dias de jullio era de mill e CCCLXX e quatro annos. Yo Johan Gonçaluez la fiz escreuir por mandado de don Johan”, Andrés Giménez Soler, Don Juan Manuel. Biografía y estudio crítico, Zaragoza: Tip. La Academia, 1932, documento n° dxxxix, p. 622-624.

4923
E los priuados le dixeron qu'el fiziera mal de tomar libramiento e le fallesçer en tal tienpo, e que el fuera ocasion por do el rrey perdiera el castillo; e dixeron mas al rrey, que fuese su merçed de poner escarmiento sobre tal fecho como este, porque todos los que lo supiesen tomasen dello castigo e se guaresçiessen en tal tienpo e demas sobre fecho de vn tal castillo como aquel porque se pudiera perder el rrey e todo su rreyno; e otrosi dixeron que le enbiase sus cartas en que le enbiase a dezir que se viniese a ver con el a se desculpar por qual rrazon lo errara atan mal contra el, e que si non viniese al plazo que le diese e le pusiese escusa que lo fazia por miedo del rrey, el deuiese de hauer por bien e fuese la su merçed de le dar carta de seguramiento que asi anduviese a el, ca bien lo podria mandar matar sobre la segurança sin ser culpado, y esto dezien que podia bien fazer el rrey porque don Joan Alonso le prometio a el que le siruiria el su libramiento que le diera e lo aseguro que yria con el a su hueste de sobre Gibraltar. E quando el rrey oyo estas rrazones, ouo de fazer lo que le aconsejauan; e mando fazer vna carta, en la qual le enbio a mandar que se viniese a ver con el. E quando vio la carta, don Joan Alonso temiose de lo que auia fecho, e dio por rrepuesta al que le dio la carta que se non sentia sano e que estaua flaco, pero tanto que pudiese desque se sintiese mejor que yria al rrey. E quando el rrey oyo la rrespuesta que le enbio don Joan Alfonso partio luego a grand priesa de Burgos e fue vn dia a Logroño; e esa noche que llego supo que don Juan Alfonso que estaua en vn lugar que dezian Agonçiello. E el rrey partio de Logroño otro día de mañana, e fue a aquel lugar, e mando llamar a don Joan Alfonso; e el salio al rrey; e el rrey dixole la querella que del auia por que le rrobara la tierra e que le non fuera a seruir los dineros que del auia tomado; e otrosi mostrole las cartas que el enbiaua a don Joan Manuel e a don Joan Nuñez e a don Gonçalo de Aguilar; e por todas estas cosas e yerros tan malos e feos en que hauia caydo mandolo luego el rrey matar”, Gran Crónica de Alfonso XI, Diego Catalán (ed.), Madrid: Gredos, 1977, t. II, p. 88-89.

5024
“Que era el fecho muy malo, é que era ocasión de perder el Rey el reino; que si tal ome commo el infante don Juan
matase, veniendo seguro á la su casa commo avia venido, todos los omes buenos de la tierra tomarian ende dél grand miedo, porque avrian á facer lo peor que pudiesen contra el rey”, F. Sánchez de Valladolid, Crónica del rey don Fernando cuarto, Cayetano Rosell (ed.), en Crónicas de los Reyes de Castilla…, t. I, p. 166.

5125
“É teniendo que por esta razon podia aver el poder del reino todo, mostraba que avia miedo del Rey, é estrañábase porque el Rey tomase espanto dél, porque él era mucho apoderado en la tierra, é que con su rescelo dél oviese el rey á venir para asosegarle é darle el poder é la justicia de todos los reinos”. Ibid., p. 161.

5226
Y que era maraujllado por que ponja tal alboroço en sus rreynos y en sus naturales y metiendo enemjstad entre el y ellos que erraua mucho en esto aujendole el fecho tanto bien commo le fiziera que si don nuño algund envio le fiziera enel casamjento de don lope dias que gelo deujera emendar con serujçio para olujdar el Rey aquella querella ante que fazer por que se despoblase. E que si esto fazia don nuño por poner mjedo al Rey que sopiese que a grand tuerto y a grand soberuja non deue onbre auer mjedo ante se deue esforçar y pararse a ello [...] que ala soberuja y al tuerto deue el omne ser mas esforçado. E si lo fizo por aver mas bien de quanto auja que syrujendo lo podrie ganar mas ayna [...] que el serujçio del señor se gana por bien serujr y non por amenazar”, Crónica de Alfonso X… (se cita por la base de datos CORDE de la Real Academia Española [www.rae.es]).

5327
Dilecto consiliario suo Gundisalbo Garsie. Facemos vos saber que avemos sabido por cierto que tractamiento ha estado del Rey don Ferrando quel noble don Johan fijo del infante don Manuel se vea con el e an empreso que en la vista sea el dito don Johan preso o muerto. Ond vos mandamos expresamente que cuytadament lo fagades saber esto al dito noble don Johan on que sea que se guarde de auer vistas con el dito Rey don Ferrando o con otros de su part. Et çi por ventura la vista se deue fazer ques guarde muy bien don Johan que no se meta en poder del dito Rey don Ferrando ni de ninguno de los suyos ni en lugar que sobreries le pudiesen seer ni echar mano de sus e que lo faga con gran seguridad suya si tanto era que la vista non saber quel dito Rey don Ferrando e los que son de su parte no an la vista tractada por otra cosa sino por prender o matar al dito don Johan o echarle en mal lugar. E asi a menester que sende aperçiba. Et aquesto todo le fazet saber si quier la vista le sea movida por el dito Rey o por sus mandaderos faziendo en tal manera quel dito noble aya luego esta certificacion sin ninguna tardança como aya grant periglo en la tarda como veedes”, A. Giménez Soler, Don Juan Manuel…,documento n° lxxxiv, p. 292-293.

5428
“Otrosi disen que el infante don Johan [en blanco] desavenido de [en blanco] e que ha del muy gran miedo”. Ibid., documento n° lxxxv, p. 293.

5529
“Et despues que el infante Don Johan fue en Burgos auiendo prometido de faser todas las cosas quel Rey le demandaua segund Guillen Palasin uos lo contara que se acerto a todo yaque cosas dixieron al infante Don Johan porque se ouo de ir de Burgos et fueron en pos el por te matar o prender al infante Don Pedro et don Johan Nunnes con quanta gente pudieron auer bien quatro o çinco lleguas non le teniendo desafiado et prisieronle grant partida de sus vasallos quanto les fallaron”. Ibid., documento n° ccix, p. 388.

5630
“Cormano. Recibiemos la carta que agora nos embiastes en la qual nos façiades saber que vos yvades para la frontera a servicio de Dios e del rey de Castiella e que seyendo en Lilio atendiendo vuestra gent que vos y llegaron mandados e cartas tambien de la vuest como de Castiella e de otras partes muchas en que vos enviavan dezir que si al Rey yvades que no avia en vos sino muerte. E por esta razon que vos tornavades a vuestra tierra e que entendiades alli morar fasta que Dios pusiesse en voluntad al Rey que se oviesse mellor esquantra vos. E que vuestro cuerpo fuese seguro con acuerdo nuestro e del rey de Portugal. A las quales cosas vos respondemos que sy el rey no se a bien escontra vos seynaladamente que periglo sea a vuestro cuerpo que nos pesa de coraçon e asaç cuydavamos que fincavades asosegado con el rey segunt las paraulas que fueron puestas e ordenadas por nos en Calatayud entre el Rey de Castiella e vos las quales nos acuerda que fueron en esta guisa que si alguna cosa vos fuese dicha del Rey que quisiese façer contra vos que no lo creyessedes mas que gela dixiessedes o gelo fiçiessedes saber. E otrosi si a el disian nada contra vos quel quisiessedes en ninguna cosa deservir que no lo creyesse ante vos lo dixiesse o vos lo fiçiesse saber. E si esta manera vos oviesse acordado a el e a vos no fuerades agora en esto ni el ni vos. Mas el creyendo quanto sel dira contra vos e vos creyendo quanto se vos dira contra el que nunca auredes de perder sospecha el uno del otro”. Ibid., documento n° ccxlvi, p. 411-412.

5731
“Yo auia enbiado a Don Johan a Johan Ferrandes mio escribano et llegó a mi a Catalayud oy domingo IX dias de noviembre et contome nuevas ciertas como viniendose don Johan a veer con el Rey a Toro yueves XXX dias de ochubre que otro dia viernes quel convido el Rey a comer. Et teniendol segurado con dose cavalleros tornandose sus vassallos que non recibiesse muerte ni desonrra, de quel ouo entrado en palacio matol a el et a Garcia Ferrandes Sarmiento et Lope Asnares de Aço et preso a todos los otros que con el y entraron et segund disen sennor fue fecha la peor cosa que nunca fue fecha en Espania sobre tal omne”, ibid., documento n° ccccxx, p. 532-533.

5832
“En el mes de abril que comenzó el seteno año del reinado deste rey don Sancho, que fué en la era de mill é trecientos é veinte é ocho años, é andaba el año del nascimiento de Jesu Cristo en mill é docientos é noventa años, llegó don Juan Nuñez al Rey, que venía de Aragon, é rescibióle el Rey muy bien, é fízole mucha honra, é aviendo voluntad de le facer mucho bien, algunos de los privados del Rey á quien pesaba, cataron manera para meter mal entrellos. É tomaron un rapaz, é diéronle un escripto é mandáronle que le diese á Gutier Muñoz, su caballero de don Juan Nuñez en quien él mucho fiaba, é díjole el rapaz estas palabras: “Este escripto envia una dueña á don Juan Nuñez: dádgelo, é que non lo lea otro ninguno sinon él, é non lo tardedes poco nin mucho”. É el escripto decia estas palabras: “Gutier Nuñoz: decid a don Juan Nuñez que si él viene hoy á casa del Rey que luégo será muerto; é desto non tomedes ninguna dubda, ca el Rey así tiene ordenado de lo matar”. É Gutier Muñoz fuese luégo á don Juan Nuñez, é dióle el escripto; é don Juan Nuñez, que se querie asentar á comer, leyó el escripto, é desque vió la razon que y decia, porque era ome muy sospechoso, creyó que era verdad, é non quiso comer, é subió en una mula é fuese para sant Andrés del Arroyo, é con él todos sus caballeros que non comieron la yantar que tenía adobada ese dia. É cuando el rey don Sancho supo en commo don Juan Nuñez era ido, pesóle mucho de corazon, é maravillóse mucho desta ida, non sabiendo razon ninguna porque lo ficiera; é el Rey dijo á la Reina que enviase saber por qué ficiera don Juan Nuñez aquella ida, porque sabie el Rey que la Reina ayudaba mucho á don Juan Nuñez é á sus fijos. É la Reina envió luego su mandado á don Juan Nuñez, é ella supo luégo toda la verdad, é díjole al Rey, é el Rey se maravilló ende mucho, é envió luego sus mandaderos á don Juan Nuñez en que le envió decir que se viniese para él luégo, é que se maravillaba porque aquella ida así la ficiera, é que su voluntad era de fiar más dél que de otro ome que fuese. É don Juan Nuñez le respondió que vernia á la su merced, salvo por grand recelo que tomaba dél; é el Rey le envió decir que le dijese todas las cosas del mundo de que él fuese seguro dél, é que gelas faria. É con todo esto don Juan Nuñez non se aseguraba; é el Rey vínose para Valladolid; é estando y andaban las pleitesías entre el Rey é don Juan Nuñez, é éste envió decir al Rey que si él quisiese, que ante vernia á la Reina, é que fablaria con ella, con que podria asosegar con él, é que vernia á verla á Valladolid, é el Rey que toviese por bien de non fincar en la villa fasta que él fablase con ella. É el rey don Sancho dijo que le placia, é don Juan Nuñez vino á Valladolid é fabló con la Reina; é desque la Reina sopo aquella manera falsa de aquel escripto porque le metieron en sospecha contra el Rey, é otras cosas que le dijeron que dicie el Rey contra él, punó la Reina en sacarle dello é en lo asosegar por el Rey lo más que pudo, en guisa que puso en ella que vernia al Rey á Valladolid sobre su aseguramiento; é con tanto se partió don Juan Nuñez é fuese para Cerrato. É envió decir la Reina al Rey que se viniese para Valladolid; é el Rey vínose luégo para Valladolid, é desque la Reina le dijo todo lo que pasára con don Juan Nuñez, dijo el Rey que era bien que don Juan Nuñez viniese é asosegase con él; é luégo el Rey le envió sus mandaderos en que le envió rogar que se viniese para él á Valladolid, é don Juan Nuñez vínose luégo para el Rey á Valladolid é posó en casa de los Predicadores, é fabló con el Rey muy bien, é el Rey con él; é para asosegar entre ellos el pleito, pusieron dende á tres dias fablarien amos en uno commo asosegase con él; é vino el pleito á lugar que don Juan Nuñez demandaba castillos al Rey porque fuese seguro dél, é otrosi demandaba el Rey á don Juan Nuñez que le diese castillos en rehenes porque fuese seguro que guardaria su servicio. É estas demandas fueron manera de se desavenir; así que los acuciadores que al Rey acuciaban que ficiese estas demandas, todos lo facian por desavenir á don Juan Nuñez del Rey; é estos privados eran el obispo de Astorga é Pay Gomez Cherino é Alfonso Godinez é Estéban Perez Florian, é metieron al Rey que enviase cometer pleito á don Diego, que era en Aragon, é él fízolo así. É los que ayudaban á don Juan Nuñez eran Diego Gomez de Mendoza é Tello Gutierrez, Justicia mayor del Rey, é Fernan Perez Maimon é Juan Mate; é porque el Rey se tovo más con el Obispo é con los otros que eran en aquella parte, fuese de la villa don Juan Nuñez contra voluntad del Rey, é se fué para Navarra, é dende para Aragon.

59[…] É luego fabló el Rey con la Reina en el pleito de don Juan Nuñez en commo gelo asosegase, ca tovo que fuera mal aconsejado en perderle en Valladolid por consejo de aquellos que gelo ficieran perder; é luégo la Reina envió mover el pleito á don Juan Nuñez, é el pleito fué asosegado en esta manera: que casase don Juan Nuñez, su fijo, con doña Isabel, fija de doña Blanca de Molina, é que le diese el Rey castillos en rehenes porque fuese seguro dél, é que toviesen los castillos vasallos del Rey, é que ficiesen omenaje á don Juan Nuñez, é que fasta que le entregasen los castillos, que le diese el Rey en rehenes ricos omes é caballeros que toviese él en Moya fasta que los castillos le fuesen entregados; é el Rey otorgógelo. É los rehenes que demandó fueron estos: don Alfonso, hermano de la Reina, é don Juan Fernandez, fijo del dean de Santiago, é Estéban Perez Florian, Alonso Perez, Garci Lopez Saavedra, Juan Rodriguez de Rohjas, Alfonso Godinez, é otros caballeros. É luégo el Rey le envió estos rehenes que tovo don Juan apoderados en Moya, é entre tanto envió el Rey por los castilleros que tenian los castillos, que eran Sant Estéban de Gormaz, Castro Xeriz, Fornoselle, que es en el obispado de Zamora, é el castillo de Trastamara, que es en el condado de Galicia. É desque los castillos fueron entregados á los alcaides que él tovo por bien, los rehenes fueron sueltos; é luégo casó don Juan Nuñez á su fijo con doña Isabel, é don Juan Nuñez vínose para el Rey, é fuese él para Toledo, é don Juan Nuñez posaba en casa de los Predicadores, fuera de la cibdad. É estando don Juan Nuñez una noche jugando á los dados con un judío, un caballero que decian Nuño Gonzalez Churruchano, vino á él é díjole en poridad: “don Juan Nuñez ¿qué estades aqui faciendo? Ca yo vi anoche meter muchas armas en casa del Rey, é mandaba armar los caballeros porque viniesen á matarvos”. É don Juan Nuñez era ome sospechoso, é creyólo, é quisiérase ir si una bestia fallára en que subiera, mas los sus caballeros é la su gente posaban dentro de la cibdad, é la puerta estaba cerrada, é toda la noche ovo á estar con gran miedo que nunca durmió; é cuando fué el alba abrieron las puertas de la cibdad, é los sus vasallos vinieron á él todos, é fabló con ellos esta razon que le dijera aquel caballero, é maravilláronse todos mucho, é él quisiérase ir é dijéronle que se non arrebatase, é que pues tan gran tiempo avie gelo avien dicho, que cuidaban que non era sinon falsedad, é por lo arredrar del Rey como ficieron la otra vez; mas que enviase luégo a la Reina á decirle este fecho, é que por ella podria saber la verdad, é fízolo así luégo. É cuando la Reina lo supo díjolo al Rey, é maravillóse el Rey mucho desta razon, é entendió que todo esto era por gelo facer perder, commo la otra vegada; é la Reina envió decir á don Juan Nuñez que fuera esto muy grand mentira, é que le enviaba rogar que se fuese luégo para ella. É por el aseguramiento de la Reina don Juan Nuñez fuese para el alcázar do posaba el Rey, é el Rey fabló con él luégo ante la Reina, é díjole que non avia por qué andar con él en esto, ca nunca menguaria quien punase de lo partir dél por cuantas maneras puediesen con tales asacamientos de mentiras é de falsedad commo les asacaban, é que le rogaba que le dijese quién era aquel que le dijera esta razon, é don Juan Nuñez non lo queria decir, é tanto le afincó el Rey, que dijo que él gelo diria si le asegurase primero que non le matase, nin le firiese, nin le lisiase nin le tomase ninguna cosa de lo suyo, é el Rey le aseguró esto, é díjogelo. É desque el rey salió de la fabla, salió al corral, é vió aquel caballero que dicien Nuño Gonzalez estar y entre otros caballeros, é llamóle ante todos é díjole: “Nuño Gonzalez ¿sois mi vasallo, é tenedes de mí buena tierra e buena soldada?” É díjole: “Señor, sí”; é dijo el Rey: “¿fice vos nunca mal?” é dijo: “Señor, non”. É dijo el Rey: “pues, ¿por qué fuistes esta noche decir á don Juan Nuñez que yo mandára armar la mi gente para le ir á matar? Vos non puedo facer al, é llámovos falso caballero aquí ante todos, é mando que vos lo llamen todos”. É así lo ficieron todos á una voz; é luégo salió el caballero muy mal andante, é dende fuese fuera de la cibdad. É don Juan Nuñez partióse del Rey muy pagado, é fuese para Castilla”, Crónica del rey don Sancho, Cayetano Rosell (ed.), en Crónicas de los reyes de Castilla…, t. I, p. 82-83.

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E a cabo de tres días, fuese una noche D. Pero Ponce del real con toda su gente, e otro día fuese D. Fernando Ruyz, e pusieron fuego a los sus reales e metióse en la villa con D. Juan Núñez un su fijo de Fernán Ruyz; e quando fue en la manera que lo sopo el rey e falló que eran y dos, tomó ende muy grand pesar, e luego a la hora enbió en pos de D. Pero Ponce e a saber por qué se fuera, e él enbióle desir que se non fuera sinon con grand miedo de muerte, que le dixeran que lo quería prender, e dixo que ge lo dixera el infante D. Juan e que los desengañara dello, e que lo sabía el por cierto. E otrosí, enbió desir Fernán Ruyz que por qué se fuera, e dixo que non podía y fincar en ninguna manera, que non tenía qué comer nin para mantener la gente. E ante que éstos se fuesen, se fuera del real D. Alonso, fijo del infante D. Juan, e Rodrigo Álvarez de Asturias e García Fernández de Villamayor, e éstos dixeron al rey que non se yvan por otra cosa sinon por buscar con qué se mantener en el real.

61[…] E desque el rey fabló con ellos amos e los asosegó, puso D. Juan Núñez con el rey de ser en Valladolid. E otro día fuese el rey para Belver al infante D. Juan e fabló con él, e punó de lo asosegar lo más que pudo; e el rey yvase para Çamora e rogó al infante Don Juan que fuese con él, e D. Juan prometióle que sería con él a dos o tres días después que y llegase. E algunos omes que avían muy grand talante de mover mal entre el rey e D. Juan, dixéronle al infante D. Juan que sabían ellos por muy cierto que, si fuese a Çamora, que el rey que le quería prender e matar, e consejáronle que non fuese allá en ninguna manera. E en tantas maneras se lo dixeron que tomó él por ende muy grand miedo, e cató manera cómo se partiese de aquella yda e que non entendiese el rey que lo fasía con aquel rescelo. E enbió luego desir al rey que estando él de camino para se yr para él a Çamora, así como lo avía puesto con él, que llegara y un mandadero con una carta de Fernán Remón, su chanciller, que yasía muy mal doliente en Castroverde, e que estava en peligro de muerte, que por cartas e previllejos que tenía suyos, que le era forçado que llegase allá, que ge las daría antes que muriese por que se non perdiesen. E quando el rey oyó este mandado, bien cuydó que así era, mas luego, a pocos días, sopo la verdad e entendió que, pues el infante D. Juan era puesto en esta sospecha, que punaría de catar quantas maneras pudiese para su deservicio. E como quier que le pesava ende, pero cuydava que, pues tenía a D. Juan Núñez por sí, fallava en ello algun conorte; e con todo esto, enbióle rogar que se viniese ver con él a Dueñas, e el rey fuese para Valladolid e D. Juan Núñez vino y a él, e físolo el rey mucha honra e libróle toda su fasienda muy bien. E estando muy asosegado en esta manera, dixéronle algunos a quien pesava del buen talante que le mostrava el rey, que quanto bien el rey le fisiera, que todo que lo fisiera por lo matar, e que si se non guardase y en Valladolid, lo avrían de matar, e lo que non pudieron acabar en la guerra, que lo acabarían en la paz. E esta manera asacaron con grand sabor que avían de meter mal entre ellos. E tan grande fue el miedo que D. Juan Núñez tomó que otro día fabló con el rey fuera de la villa, e díxole que, pues le avía librado su fasienda e que non tenía y qué comer, que se quería yr. E el rey, no sabiendo ninguna cosa de aquello porque lo él fasía, pesándole porque se quería yr, rogóle mucho affincadamente que se non fuese e que fincase y, que cataría algo que le diese. E D. Juan Núñez, quanto más le afincava el rey que se non fuese, tanto más se rescelava que lo fasía por mal. E ese día, teniendo adovado de comer, non quiso entrar a la villa, e de allí donde estava se fue para Torre de Lobatón; e el rey, seyendo bien sin culpa deste fecho, non sabía por qué lo fasía. E estando en Valladolid, llególe mandado del infante D. Juan que estava en Dueñas, e el rey fuese luego para él a Dueñas, e fabló el infante D. Juan con él e díxole que le dixeran que D. Pero Ponce que le avía dicho al rey que él le dixera que, si se non guardase del rey, que lo quería prender e matar, e que por esta rasón lo fisiera yr del real de Tordehumos, e que le pedía por merced que toviese por bien de enbiar por D. Pero Ponce, e que ante él e ante la reyna su madre, e ante D. Juan Núñez, e ante toda su corte, se quería salvar desto, e demás que le diría a D. Pero Ponce otras cosas que le cometiera que él non quiso faser, que eran grand deservicio e grand daño del rey. E en esta manera le quería afrontar este fecho; e que si por aventura el rey non quisiese este fecho a esta afrenta, que le non serviría en ninguna manera.

62[…] E rey e la reyna, e D. Diego con ellos, fuéronse para Palencia, e desque y llegaron, enbiaron aquellos ricos omes desir al rey e a la reyna que ellos non entrarían con el rey en la villa, mas que saliese la reyna fuera de la villa e llegase a un lugar del obispo, que dicen Quintanilla, a una legua de la villa, e ellos que vernían y a ella e que fablarían con ella. E como quier que al rey pesava desta manera, pero ovo de rogar a la reyna su madre que llegase a aquel lugar a fablar con aquellos omes buenos; e ella tóvolo por bien e físolo así, e fue allá e descendió en unas casas que ha y el obispo, e ellos vinieron y todos e fablaron con ella en esta manera. E dixéronle que les dixeran que el rey su fijo que los quisiera prender e matar, e que les pesava ende mucho, que nunca tan mal día vieran de andar con miedo e rescelo de su rey e señor; e que por guardar a él de tan grand ocasión e de faser tan grand yerro en ellos que eran sus naturales e sus vasallos. Otrosí, por guardar a sí mesmos de muerte e de peligro, que non entrarían con él en ningún lugar fasta que él les mostrase que era mentira esto que a ellos dixeron; e la reyna les dixo que le pesava mucho desta rasón, e que les oya, lo uno por lo del rey, lo otro por lo dellos, que bien cierta era ella que el rey nunca tal cosa cuydara faser nin ge lo consejava ninguno, e quando alguno ge lo consejase, que el rey non le creería. E demás, que sabían ellos muy bien que nunca el rey obrara en tal manera contra ningún ome de la su tierra en ninguna manera quél meresciese, e que sabían ellos muy bien que non era crúo nin matador, ni nunca lo fuera, e que se maravillava de ellos de lo creer así tan ligeramente”, Crónica del muy valeroso rey don Fernando el quarto, Antonio Benavides (ed.), Madrid: Imprenta de José Rodríguez, 1860, p. 194-200 (se cita por la base de datos CORDE de la Real Academia Española [www.rae.es])

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“E en quanto el rey e la reyna su madre moraron y en la cibdad de León, non quiso entrar el infante D. Juan y, e estovo siempre en Valencia, e metiéronlo en grand
sospecha contra el rey, e dixéronle que el rey quería ser contra él, e esto non era ninguna cosa. Mas porque el rey tanto estudiera con la reyna su madre en León, rescelávase él ende, e la rasón porque lo fasía era esta: que tan grand sabor avía é de aver todo el poder de el reyno que non podía ser más, e viendo que el rey era muy mancebo e non regía el reyno tan complidamente como avía menester, porque fallava algunas de las gentes de la tierra muy despagados dél por esta rasón, e fablavan con él en ello, e él otrosí fablava con ellos e ponía al rey la culpa, e desíales que muchas veses avía fablado con el rey, e le consejava tan bien en su poridad como otros algunos que fisiese justicia en la tierra e se pusiese mejor a ella de quanto se parava. E teniendo que por esta rasón podía aver el poder del reyno todo, mostrava que avía miedo del rey e ensañávase porque el rey tomase espanto dél, porque él era mucho apoderado en la tierra, e que con su rescelo dél oviese el rey a venir para asosegarle e darle el poder e la justicia de todos los reynos, ca él desía muchas veses a quantos fallava que toda la tierra era perdida por la mengua del rey, e él más lo fasía por aver el poder de todos los reynos que non porque se doliese de la tierra. E desque el rey sopo que el infante D. Juan tan achacado estava, salió de León e vino a Mansilla, e falló y al infante D. Juan: por estas cosas que le andavan disiendo algunos, fabló con él muy bien e punó de tirarle desta sospecha en que le avían puesto e en asosegarle lo mejor que pudo; e sobre todas las rasones que ovo con él, dixo una rasón: que como quier que algunos andavan por meter mal entre ellos, que quanto de la su parte que fuese cierto que sería guardado, mas que le rogava que se guardase de una cosa señaladamente en que le non viniese a demandar tal cosa en que le oviese a desir de non, ca en lo ál non creería él ninguna cosa que dél le dixese. E el infante D. Juan le respondió que lo guardaría él e que lo serviría siempre, e ansí fincaron asosegados”. Ibid., p. 209-210.

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“E estando el rey para salir de Toledo, adolesció de quartana, e desque vio que le non dexava luego, non quiso guardar la boca de las viandas e tomó su camino para Burgos, que le estava y esperando la reyna su madre. E veniendo por el camino, venía con él el infante D. Pedro, su hermano, e Don Juan Núñez, e el rey fiso cometer una fabla a D. Juan Núñez en esta manera: que él estava muy querelloso del infante D. Juan porque le desamparara en Algesira, e que si él quisiese ayudarle e servirle en ello que le quería
prender e matar, ca cierto era que en quanto él viviese nunca podría acabar ninguna cosa de lo que él quería, e señaladamente en lo de la guerra de los moros que tenía començada, e que tenía en buen lugar para lo acavar, sinon que rescelava que lo non podría faser por estorbo que le facía el infante D. Juan siempre, en esto e en todo lo ál que pudiese. E quando D. Juan Núñez esta rasón oyó, omo quier que desamava al infante D. Juan e lo buscava quanto mal podía con el rey, con todo esto non le plogo con esta rasón por lo suyo mesmo, ca bien tenía que, si el rey esto acabase, non era él por eso más seguro del rey, ante tenía que estava en mayor peligro por ello, ca tenía que si el rey le mostrava buen talante, que más lo fasía por el mal que quería al infante D. Juan que non con amor que le oviese, ca bien entendía que mucho lo avía merescido al rey porque oviese miedo dél. E con grand rescelo que ovo del rey, que si ge lo partiese, que ge lo entendería, e desque esto entendiese el rey dél, que se avernía luego con el infante D. Juan, non ge lo quiso estrañar, ante ge lo loó mucho, e díxole que nunca él sería rey en quanto el infante D. Juan fuese bivo; e de allí adelante punó el rey de catar quantas maneras pudo por lo acabar. E en este tiempo D. Juan, fijo del infante D. Manuel, que era amigo del infante D. Juan, enbió mover su pleyto al rey que le diese su mayordomadgo que el rey avía dado al infante D. Pedro, su hermano. E el rey, teniendo que por este oficio avría a este D. Juan en su ayuda, ovo de rogar al infante D. Pedro, su hermano, que le dexase el mayordomadgo. E porque el rey avía estonce prometido a este infante D. Pedro de le dar a Almaçán e Berlanga por eredad, e non ge la avía aún dado, ovo a consentir D. Pedro en dexar este oficio por aver estas dos villas por eredad. E estonce el rey dio el mayordomadgo a D. Juan, fijo del infante D. Manuel, e vínose con el rey a Burgos. E un día antes que entrase el rey en Burgos llegó a Arcos, e llegó a él el infante D. Juan, e venían con él D. Alonso e D. Juan, sus fijos, e D. Fernán Ruyz de Saldaña; e desque se vieron, resciviólo el rey con muestra de buen talante, e preguntóle si venía a Burgos a las bodas de la infanta, e él dixo que sí, e que le mandase dar la posada de Sant Juan, do solían posar los señores de Vizcaya; e el rey dixo que le plasía, mas porque en este consejo del mal del infante D. Juan era D. Lope, fijo de Don Diego, rescelándose que quisiera tomar el infante D. Juan esta posada, tomóla él un día ante por que non posase en ella el infante D. Juan. E otro día vino el rey para Burgos e llegó con él el infante D. Juan fasta la puerta de la villa, e non entró dentro e fue a posar a Quintana Dueñas, a una legua de Burgos. E el rey punava quanto más podía de lo traer a posar a la villa, e el infante D. Juan rescelávase de entrar, que avía del rey muy grand miedo de muerte. E eran pleyteses entre ellos D. Juan, fijo del infante D. Manuel, e D. Gonzalo Rodríguez Osorio, obispo que era estonce de Çamora, ellos aseguravan al infante D. Juan que non avía que rescelar ninguna cosa del rey, e que viniese a posar seguramente a la villa. E con todo esto, el infante D. Juan enbiava su mandado a la reyna Doña María, en que le enbiava desir que, si ella non le asegurava, que de otra manera non entraría en Burgos; e la reyna, veyendo el grand miedo que el infante D. Juan avía, e non sabiendo nada de lo que el rey quería faser nin se catando dello, fiso una fabla con el rey en esta manera, e díxole así: Fijo, vós sabedes en cómo el infante D. Juan se partió de vos desavenido en Algesira; e yo, rescelando que vos podría faser grand deservicio acá en la tierra porque avían muchos que le metían a ello, e que vos faría por fuerça dexar la cerca de Algesira en que estávades, fablé con él e puné de lo asosegar lo mejor que pude, e fasta aquí siempre en ello puné e le aseguré que punaría yo de lo asegurar conbusco. Agora, pues aquí sodes, desidme vuestra voluntad: si lo vós queredes avenir conbusco, desidme en quál manera queredes la avenencia e yo lo traeré; e si por aventura vuestra voluntad es de ser contra él, desídmelo, por que sepa cierto cóomo queredes faser. E el rey la respondió que la gradescía mucho quanto fisiera en esta rasón, e que le fisiera mucho bien en lo asosegar fasta estonce, e que sobre esto él cuydaría más e le respondería a ello. E el rey quisiera que el infante D. Juan que viniese posar a la villa dentro, e non osava entrar y por rescelo de muerte, e fasta que oviese aseguramiento de la reyna non quería venir. E estonce avían de faser las bodas de la infanta Doña Isabel con el Duque de Bretaña, e el rey desía que viniese el infante D. Juan a las bodas de su sobrina, e él non perdía el miedo e dexávalo por esto. E desque fueron fechas las bodas, tornó a fablar el rey en el pleyto del infante D. Juan, e dixo a la reyna su madre que su voluntad era de lo asosegar en su servicio, mas que quería ser seguro dél que le serviría; e que quería que le diese sus castillos en arrehenes por que fuese más cierto del su servicio. E estonce dixo la reyna que, si era esto su voluntad e que non avía y otra encubierta ninguna, que se lo dixese luego, e el rey le dixo que segura fuese, que non quería ál sinon esto, e que punase ella en traer este pleyto entre amos. E ella le dixo que, pues esto quería, que le plasía ende, porque tenía que era su servicio; mas que era menester que, para se faser mejor, que viniese a la villa a posar el infante D. Juan. E la reyna dixo que non vernía si ante ella non lo asegurase, e que ella non le aseguraría si él non se lo mandase, e díxola el rey que él le aseguraría, e que rogava a ella que lo segurase por él; e estonce enbióle la reyna su mandado que viniese seguro a la villa a posar, e el infante D. Juan e sus fijos a sus amigos vinieron a posar en el barrio de Sant Esteban, e tenía que él estava y seguro, e luego fue tratado el seguramiento que el rey quería dél, e venía él a la posada de la reyna a fablar con el rey en este fecho e cuydando que estava y seguro. Mas porque algunos malos omes consejavan al rey que lo matase en toda guisa, e el rey, como era ome de manera a que lo metían los omes a lo que quería dél mal, vencióse a ello, e avía ordenado de lo matar. Estando D. Juan fablando con la reyna, enbió el rey a desir con Fernán Gómez, su privado, e D. Juan Núñez, que, pues el infante D. Juan estava en casa de la reyna, que viniese y como que venía a ver a la reyna, e estonce que lo prendería el rey o lo mataría; e D. Juan Núñez respondió a Fernán Gómez, e díxole que non tenía por seso esto de lo acometer el rey así, e non quisiese Dios que fuese él en lugar do el cuerpo del rey fuese en tan grand aventura, ca estava el infante D. Juan con dos fijos e D. Hernán Ruyz, e estavan con él unos dosientos cavalleros, que quanto para en aquella casa tanto valían como mil, e que era grand peligro de lo acometer en aquel lugar e en aquella sasón. E por esto lo ovo el rey a dexar aquel día, que era martes, veinte días de enero, era de mil tresientos quarenta e ocho años. E por esto cató el rey manera para partir el pleyto aquel día en algunas cosas que se non avenían, e fincó que acordasen el rey de su parte e el infante D. Juan de la suya que, al jueves adelante, que se viesen allí amos ante la reyna e que lo asegurarían e lo avernían. E esto fiso el rey por que mejor pudiese aparejar todo su fecho para lo prender e matar aquel día. E otro día miercoles fiso meter el rey en casa de la reyna Doña Costança, que posava y dentro de la posada de la reyna Doña María, armas a espadas e muchas masas, e la fabla era fecha con muchos que eran en este consejo. E la reyna Doña María, que avía asegurado al infante D. Juan, non savía desto nada, mas Dios quiso que el abad de Sanctander, su chanciller desta reyna Doña María, que lo sopo todo el miércoles a la noche, e dixo la reyna cómo otro día juebes avía el rey de matar al infante D. Juan. E la reyna, quando lo sopo, tomó ende muy grand pesar, lo uno por el aseguramiento que ella le avía fecho, que en otra manera non entrara él en Burgos, e lo otro porque veía que era el fecho muy malo, e que era ocasión de perder el rey el reyno, ca si él tal ome como el infante D. Juan matase, viniendo seguro a la su casa como avía venido, todos los buenos de la tierra tomarían ende grand miedo, porque avrían a faser lo peor que pudiesen contra el rey. E otro día juebes, en amaneciendo, enbió la reyna por Fernán Remón, chanceiller deste infante D. Juan, e díxole todo el pleyto e mandóle que le dixese de su parte que, pues ella lo asegurara, que le mandava que se fuese de la villa, e que por ninguna cosa del mundo non viniese a ella nin al rey, nin catase por otra cosa ninguna sinon por poner su cuerpo en salvo. E este Fernán Remón fuese luego para el infante D. Juan e díxogelo, e punó de catar manera cómo se saliese de la villa lo más syn roido que pudiese. E enbió luego a D. Alonso su fijo a Quintana Dueñas, que posava y, e mandó adovar de comer muy de mañana. E este día tomó la cición de la quartana al rey, e por esto non pudo él faser aquello que quería; e el infante D. Juan asentóse a comer e fiso que viniesen a él dos sus falconeros e que le dixesen que estavan dos garcas en el arroyo de Quintana Dueñas e que las fuese a matar. E él, como arrevatado por yr a tomarlas, cavalgó e salió fuera de la villa; e él tenía y sus cavallos ensillados e sus armas prestas, e desque se fue yendo, por dar entender al rey que non yva fuyendo por miedo dél, enbióle desir que yva a matar dos garças de que ovo sabiduría que estavan y cerca de Quintana Dueñas. Mas quando el rey esto oyó, bien entendió la rasón porque se yva, e tomó ende muy grand pesar, e maguer que estava con su cición, consejáronle que mandase repicar las campanas e que fuesen tras él todos los de la villa”. Ibid., p. 228-232.

6536
E pasando por Medina Sidonia, que es vna villa fuerte, que era en el camino por do ellos yuan, e la diera el rrey don Alfonso a doña Leonor de Guzman, de quien el dicho rrey don Alfonso ouiera fijos al dicho conde don Enrrique e don Fadrique maestre de Santiago, e a don Ferrando señor de Ledesma e a don Tello señor de Aguilar, que fue despues señor de Lara e de Vizcaya, e a don Sancho, que fue despues conde de Alburquerque, e a don Iohan e a don Pedro e a doña Iohana, que caso con don Ferrando de Castro, e ouiera primero el rrey don Alfonso de la dicha doña Leonor, a don Pedro señor de Aguilar e a don Sancho el mudo, que morieron seyendo niños en vida del rrey don Alfonso. E doña Leonor pasando por la villa de Medina Sidonia entro en ella. E algunos dizian que con grand rreçelo e miedo que auia del rrey don Pedro, que nueuamente rregnaua, e de la rreyna doña Maria, su madre del dicho rrey, se pusiera en aquella villa de Medina por quanto era suya e era villa muy fuerte. […] Don Iohan Alfonso de Alburquerque, luego que vio a doña Leonor entrada en la villa de Medina, trato con algunos de los que y yuan que seria bien que estudiessen commo presos el conde don Enrrique e el maestre de Santiago don Fadrique, sus fijos, fasta que viessen commo fazia doña Leonor. E sopolo doña Leonor e tomo mayor miedo por ende”, P. López de Ayala, Crónica del rey don Pedro…, t. I, p. 8-9.

6637
“Quando doña Leonor de Guzman entro en la villa de Medina por poner rrecabdo en ella segund auemos contado, fizose vn rruydo muy grande entre los señores que leuauan el cuerpo del rrey don Alfonso rreçelandosede sus fijos de la dicha doña Leonor, que alli eran, los quales eran el conde don Enrrique e el maestre de Santiago don Fadrique e otrossi de algunos de sus parientes, assi commo don Pero Ponçe de Leon señor de Marchena e don Ferrand Perez Ponçe maestre de Alcantara su hermano e don Aluar Perez de Guzman. Ca sopieron commo don Iohan Alfonso señor de Alburquerque tratara que fuesen detenidos, cuydando que doña Leonor se pusiera en la villa de Medina por otra entençion. E despues que doña Leonor sallio de Medina, algunos de sus parientes fablaron en vno e acordaron de se apartar del rrey; ca sy fuesen a Seuilla rresçelauan de seer presos, ca luego aquel dia despues que de Medina partieron, el conde don Enrrique e el maestre de Santiago don Fadrique, sus fijos del rrey don Alfonso e de la dicha doña Leonor de de Guzman, e don Pero Ponçe de Leon e don Ferrand Perez Ponçe, su hermano, maestre de Alcantara, e don Aluar Perez de Guzman e otros parientes de doña Leonor tomaron su camino para la villa e castillo de Moron”. Ibid., t. I, p. 10.

6738
Despues que el rrey llego aquel sabado a Burgos, ouo su consejo e dixeronle algunos que Garçi Laso tenia muchas conpañas consigo e ponia grandes escandalos en la su corte e en el su rregno. E demas que quando el rrey adolesçiera en Seuilla e cuydaron que moriera, que Garçi Laso e don Alfonso Ferrandez Coronel tratauan que don Iohan Nuñez rregnasse. Otrossy dizian al rrey que quando don Iohan Nuñez de Lara, señor de Vizcaya, viniera de Seuilla para Castilla, que se tratauan algunas cosas que non eran en su seruiçio, e avn si biuiera el dicho don Iohan Nuñez, que ouiera asaz bolliçio en Castilla. E el rrey dizia que estaua quexado de los de la çibdat de Burgos por quanto, quando llego al lugar de Çelada, los de Burgos le enbiaron dezir que Garçi Laso tenia muchas conpañas en Burgos, e que don Tello e don Iohan Garçia Manrrique e Pero Ruyz de Villegas trayan otrossy muchas gentes e que rreçelauan que si todos entrassen en la çibdat que auria rruydo, e seria bien que el rrey hordenasse commo entrasen çiertas conpañas e non mas. E los que con el rrey estauan, espeçial mente don Iohan Alfonso de Alburquerque, que gouernaua el rregno, dixo que los de Burgos non deuieran poner rregla a las gentes que el rrey quisiese poner en la su çibdat. E esto fue vna rrazon por que los de la çibdat de Burgos fueron en la saña del rrey. Otrossi assi fue que Iohan Esteuañez de Burgos, priuado que fuera del rrey don Alfonso, quando estaua estonçe en la çibdat, fizo que los de la çibdat enbiassen al rrey, a Çelada, sus mensajeros, por los quales le pidian por merçed que don Iohan Alfonso de Alburquerque non entrasse en la çibdat por quanto se rreçelauan del. E desto non plogo al al rrey, e don Iohan Alfonso fizo por ende, que algunos dellos pasassen mal. E por tanto el rrey acordo con don Iohan Alfonso e los del su consejo que era bien de lo asossegar e escarmentar. E todo esto acuçiaua don Iohan Alfonso, que tenia poder en el rrey e en el rregno e quisiera sienpre mal a Garçi Laso por quanto trataua algunas cosas destas con don Iohan Nuñez de Lara en Seuilla, quando era la quistion del rregno, quando el rrey don Pedro adolesçio en Seuilla. E esse dia luego, sabado en la noche, despues que el rrey era ya en la çibdat de Burgos, la rreyna doña Maria, madre del rrey, enbio vn escudero a Garçi Laso que le dixiesse que ella le enbiaua dezir que por ninguna manera del mundo, otro dia domingo, non viniesse a palaçio. E Garçi Laso non lo quiso creer, antes otro dia domingo, de grand mañana, fue para palaçio, e estauan las puertas muy guardadas. E entro Garçi Laso, e con el Ruy Gonçalez de Castañeda e Pero Ruiz Carrillo, sus cuñados, casados con sus hermanas segun suso auemos contado, e Gomez Carrillo, fijo de Pero Ruiz Carrillo, e otros caualleros e escuderos. E desque fueron entrados do el rrey estaua, la rreyna doña Maria, madre del rrey, enbio vn escudero a Garçi Laso que le dixiesse que ella le enbiaua dezir que por ninguna manera del mundo, otro dia domingo, non viniesse a palaçio. E Garçi Laso non lo quiso creer, antes otro dia domingo, de grand mañana, fue para palaçio, e estauan las puertas muy guardadas. E entro Garçi Laso, e con el Ruy Gonçalez de Castañeda e Pero Ruiz Carrillo, sus cuñados, casados con sus hermanas segun suso auemos contado, e Gomez Carrillo, fijo de Pero Ruiz Carrillo, e otros caualleros e escuderos. E desque fueron entrados do el rrey estaua, la rreyna doña Maria, madre del rrey, partio de aquella camara do el rrey estaua e fuesse para otra camara, e fue con ella don Vasco, obispo de Palençia, su chançeller mayor. E despues que la rreyna fue partida de alli prendieron a tres omnes de la çibdat de Burgos que dizian al vno, Pero Ferrandez de Medina e al otro, Alfonso Ferrandez Escriuano e al otro, Alfonso Garçia de Camargo -por sobre nonbre le dizian el Esquierdo. E despues que estos de la çibdat fueron presos e tirados aparte, dixo don Iohan Alfonso de Alburquerque a vn alcalde del rrey que y estaua, que dizian Domingo Iohan de Salamanca: “Alcalde, vos sabedes que tenedes de fazer”. E el alcalde estonçe llegose al rrey e dixole callando -oyendolo don Iohan Alfonso: “Señor, vos mandat esto ca yo non lo diria”. E estonçe dixo el rrey muy baxo, por que lo oyrian los que alli estauan: “Ballesteros, prended a Garçi Laso”. E don Iohan Alfonso tenia y esse dia tres escuderos, sus criados de quien se fiaua, con otros omnes suyos que estauan aperçibidos e armados de fojas deyuso de los paños, e tenian espadas e bronchas e dizianles al vno, Alfonso Ferrandez de Vargas, que fue despues señor de Burguillos, e al otro Ruy Ferrandez de Escobar, e al otro, Ferrand Garçia de Medina. E quando el rrey dixo aquellas palabras que prendiessen a Garçi Laso, estos tres escuderos de don Iohan Alfonso luego trauaron de Garçi Laso muy denodada mente, e dixo estonçe Garçi Laso al rrey: “Señor, sea la vuestra merçed de me mandar dar un clerigo que me confiesse”. E dixo Garçi Laso a Ruy Ferrandez de Escobar: “Ruy Ferrandez amigo, rruego vos que vayades a doña Leonor mi muger e traedme vna carta del Papa, de absoluiçion, que ella tiene”. E Ruy Ferrandez se escuso diziendo que lo non podria fazer. E estonçe dieronle vn clerigo que fallaron y por ventura. E apartosse Garçi Laso a vn pequeño portal que estaua en la dicha posada, sobre la calle, e alli començo a fablar de penitençia con el dicho clerigo. E dezia despues el clerigo que, quando Garçi Laso començo a fablar de penitençia, que le catara si tenia algund cuchillo e que gelo non fallara. E aquella hora que Garçi Laso fue preso, Ruy Gonçalez de Castañeda e Pero Ruyz Carrillo e Gomez Carrillo su fijo e los que tenian la parte de Garçi Laso apartaronsse de vna parte del palaçio e estudieron todos juntos. E don Iohan Alfonso de Alburquerque dixo al rrey: “Señor, mandad lo que se ha de fazer”. E estonçe mando el rrey a Uasco Alfonso de Portogal e a Aluar Gonçalez Moran, que eran dos caualleros que guardauan a don Iohan Alfonso de Alburquerque, que dixiessen a los ballesteros que tenian preso a Garçi Laso, que lo matassen. E ellos fueron al portal do Garçi Laso estaua e mandaron a los ballesteros que lo matassen. E los ballesteros no lo osauan fazer, e eran los ballesteros vno que dizian Iohan Ferrandez Chamorro e otro, Rodrigo Alfonso de Salamanca e otro, que dizian Iohan Ruyz de Oña. E el Iohan Ruyz de Oña sallio al rrey e dixo: “Señor, ¿que mandades fazer de Garçi Laso?”. E dixo el rrey: “Mando vos que lo matedes”. E estonçe entro el ballestero e diole con vna porra en la cabeça e el Iohan Ferrandez Chamorro diole con vna broncha e firieronlo de muchas feridas fasta que morio. E mando el rrey que lo echassen en la calle e anssi se fizo. E esse dia domingo, por quanto el rrey era entrado nueua mente en la çibdat de Burgos, corrian toros en aquella plaça, delante los palaçios del obispo de Sarmental do Garçi Laso yazia, e non lo leuantaron de ally. E el rrey violo commo el cuerpo de Garçi Laso yazia en tierra, e pasauan los toros por en somo del, e mandolo poner en vn escaño e estudo aquel dia alli todo el dia. E despues pusieronlo en vn ataud sobre el muro de la çibdat en conparada e alli estudo grand tienpo. E despues en esa semana comio el rrey con don Iohan Alfonso en su posada, e estando comiendo, pasaron por delante de la dicha posada de don Iohan Alfonso do el rrey comia, que era a Sand Esteuan, los tres omnes vezinos de Burgos que fueron presos el dia que el rrey mando prender a Garçi Laso, e leuaronlos a matar. E fuxeron otros muchos de la çibdat por miedo del rrey. E fue presa estonçe en Burgos doña Leonor de Cornago, muger de Garçi Laso. E los criados de Garçi Laso tomaron su fijo, que dizian Garçi Laso, el mayor fijo que el auia, e leuaronlo e fueronsse con el para Asturias do estaua el conde don Enrrique. E dio el rrey entonçe el Adelantamiento de Castilla, que tenia Garçi Laso, a don Iohan Garçia Manrrique”. Ibid., t. I, p. 38-39.

6839
“E don Alfonso Ferrandez ouo grand
miedo del dicho don Iohan Alfonso señaladamente desque don Iohan Nuñez era ya finado. E por esta rrazon se puso en Aguilar e non fue a las Cortes que el rrey fizo en Valladolid. E don Iohan de la Çerda, fijo de don Luys de la Çerda, era casado con doña Maria Coronel, su fija del dicho don Alfonso Ferrandez Coronel, su suegro, e non fue a las Cortes del rrey”. Ibid., t. I, p. 67.

6940
“E dixeron e rrequirieron a don Alfonso Ferrandez que acogiesse al rrey. E el dixo e rrespondio a los que el tal rrequerimiento fizieron, que veya alli a don Iohan Alfonso de Alburquerque, que traya grand poder e grand
priuança con el rrey, de quien el se temia, e que non lo osaua acoger. E avn por poner algund color e escusa, con miedo e temor que auia, dixo algunas otras rrazones diziendo: que el rrey le diera aquella villa con mero misto inperio, con tantas libertades que, segund el preuillejo que el tenia, non era tenudo de lo acoger en la manera que el venia. Enpero la rrazon mas çierta en que el se afirmaua mas, era el miedo que auia de don Iohan Alfonso; ca aquel miedo le fizo a el dubdar”. Ibid., t. I, p. 71.

7041
“E don Alfonso Ferrandez tan grande era el miedo que auia de don Iohan Alfonso de Alburquerque que non quiso fazer esta pleytesia. E los caualleros sus amigos le dixieron lo que le podria venir de daño e de mal si esto quisiese porfiar. E don Alfonso Ferrandez les rrespondio que el rrey podia fazer lo que su merçed fuese, pero que todo esto fazia el con miedo e temor de don Iohan Alfonso señor de Alburquerque, que alli era e traya al rrey en su poder, de quien el se temia de muerte”. Ibid., p. 72.

7142
“Estando el rrey don Pedro en Valladolid, luego que alli llego, sopo commo el conde don Enrrique e don Tello, sus hermanos, venian a sus bodas; pero que trayan muchas conpañas de cauallo e de pie, e que estauan en Çigales, a dos leguas de Valladolid. E que dizian que non entrarian en Valladolid a las bodas del rrey, a menos que su conpaña toda entrasse con ellos, e que esto dizian con
rresçelo que auian de don Iohan Alfonso de Alburquerque, que venia alli muy poderoso, de quien se temian. E otro dia despues que llego el rrey en Valladolid, por consejo del dicho don Iohan Alfonso de Alburquerque, acordo de los yr prender o matar en Çigales al conde e a don Tello, diziendole e afincandole don Iohan Alfonso al rrey, e dandole a entender que non venian a sus bodas del rrey los dichos conde e don Tello commo deuian, e que era al rrey grande verguença e poco su seruiçio en venir a asonadas, e de mas que dizian que non vernian a la villa de Valladolid, do el rrey estaua, si non con todas sus conpañas que con ellos eran. E partio el rrey sabado de mañana, en el mes de mayo del año sobre dicho, e fuesse para Çigales con todas las conpañas que con el eran en Valladolid; ca yuan con el esse dia, los infantes don Ferrando e don Iohan de Aragon, sus primos, e don Iohan de la Çerda e don Iohan Alfonso, señor de Alburquerque, e muchos rricos omnes. E yendo el rrey para Çigales, vino a el vn escudero que le enbiaua el conde don Enrrique, ca dixieran al conde commo el rrey venia para el, pero non lo sabia de çierto, al qual escudero dizian Aluaro de Carreño, e era asturiano, e venia en vn cauallo castaño, e vn lorigon vestido, e sus quexotes e canilleras, e otros dos escuderos con el. E dixo al rrey que el conde le besaua las manos e le enbiaua a la su merçed a le contar commo el e don Tello, su hermano, venieran por su mandado a las sus bodas; pero por temor de don Iohan Alfonso, que estaua en la su corte e tenia grandes conpañas, que eran de su vando, que le pidian por merçed, que les non pusiesse culpa por se querer defender del dicho don Iohan Alfonso e de venir aconpañados a las sus bodas, e que ellos estauan en Çigales con aquellas gentes que con ellos venieran, pero que ellos estauan prestos a todo lo que su merçed mandasse, seyendo seguros de don Iohan Alfonso de Alburquerque que era su priuado e tenia tan grand poder con el e en el rregno. E el rrey dixo a don Iohan Alfonso: “Veed estas rrazones que el conde e don Tello me enbian dezir con este escudero, pues tañen a vos”. E el dicho don Iohan Alfonso, que estaua con el rrey, rrespondio e dixo que aquella rrazon que el conde don Enrrique e don Tello enbiauan dezir con aquel escudero, non era buena nin el conde e don Tello tenian buena escusa en venir assi asonados con gentes de cauallo e de pie, armados de fuste e de fierro, a do el rrey estaua; ca el rrey a todos auia de tener en paz en la su corte. E assi ge lo enbiara dezir el rrey al conde e a don Tello, con Iohan Gonçalez de Baçan, quando le enbiara a ellos e les enbiara sus cartas de seguro, para venir a las bodas, de las quales non deuieran dubdar, e que el conde e don Tello non deuieran çerca de su rrey e su señor, que alli estaua, venir asonados con gentes de armas e omnes de pie commo venian, e que todo esto fazia Pero Ruyz de Villegas, e que el ponia al conde e a don Tello en estas dubdas. E dixo estonçe el rrey al dicho escudero, que dixiesse al conde que el le enbiaua dezir e mandar a el e a don Tello, e a todos los suyos, que luego sin otro detenimiento se veniessen para el a su merçed, e que les aseguraua de todos aquellos de quien el dicho conde e don Tello e los suyos se rreçelauan e auian temor, e las conpañas que tenian en Çigales, que las enviassen para sus tierras”. Ibid., p. 89-90.

7243
“E el conde e don Tello e algunos de los del rrey, e otros del conde, entraron con el e dixo el conde assi: “Señor, don Tello mi hermano e yo e los caualleros que aqui estan con nusco e todos los otros que comigo e con el son, somos venidos a la vuestra merçed, e si tan ayna non lo fezimos non fue por nos non auer voluntad de vos seruir, mas fue por algund rreçelo que teniamos de algunas cosas que nos dizian que algunos vuestros priuados vos enformauan contra nos; pero señor, pues nosotros somos venidos a la vuestra merçed, de aqui adelante vos fazed de nos e de los nuestros commo la vuestra merçed fuere: ca nosotros en vuestro poder e en la vuestra merçed nos ponemos”. E el rrey le rrespondio assy: “Conde e hermano, a mi plaze mucho oy con la vuestra venida e de don Tello, a la mi merçed, e con todos los vuestros, e yo fare a vos e a ellos muchas merçedes en guisa que vos seades bien contentos”. Ibid., p. 95.

7344
“Este consejo auido, don Iohan Alfonso quiso partir de Almorox e ya las azemilas e el rrastro partido camino de Fuent Salida, llego vn cauallero que el rrey enbiaua a don Iohan Alfonso, que dizian Pero Gonçalez Orejon, natural de Lieuana e omne de quien el rrey fiaua, por el qual el rrey eso mesmo enbiaua a don Iohan Alfonso a
acuçiar su camino. E don Iohan Alfonso ouo grand rreçelo de tantas acuçias commo el rrey le fazia, e ouo su consejo con los caualleros que estauan con el e acordaron que se tornasse e que todos ternian con don Iohan Alfonso en mostrar todos estos fechos al rrey. […] E enbio don Iohan Alfonso al rrey a Ruy Diaz Cabeça de Vaca, vn buen cauallero, que era su mayordomo mayor. E llego a Toledo e fallo al rrey fuera de la villa, que andaua folgando, e con el todos los señores e caualleros que alli eran venidos con el. E Ruy Diaz Cabeça de Vaca llego al rrey e dixole delante todos los que alli estauan con el assi: “Señor, don Iohan Alfonso besa vuestras manos e se encomienda en la vuestra merçed, e vos faze saber que el se venia para vos e sopo que algunos vuestros privados vos enformauan mal contra el, e el ouo miedo de muerte, por lo qual se torno del camino. E señor, vos sabedes commo don Iohan Alfonso ha grand debdo en la vuestra merçed e de mi señora, la rreyna doña Maria, vuestra madre, e commo sienpre, despues que vos nasçistes, fue vuestro mayordomo mayor e paso muchos peligros por vos en tienpo del rrey don Alfonso, vuestro padre, e de doña Leonor de Guzman. E dize que non puede saber que es la rrazon por que vos auedes saña del, e si alguno o algunos dizen que el nunca fizo contra vuestro seruiçio alguna cosa, el esta presto para se saluar en aquella guisa que vos, señor, le mandaredes. E si algun cauallero al quisiere dezir contra don Iohan Alfonso que sea contra lo que yo digo, señor, yo so presto asi commo su mayordomo mayor e su vasallo, para le poner mi cuerpo por todo lo que tocare a seruiçio de mi señor don Iohan Alfonso, cuyo vasallo e mayordomo so”. […] El rrey, despues que oyo las rrazones que Ruy Diaz Cabeça de Vaca le dixo, rrespondio en pocas palabras e dixo a Ruy Diaz Cabeça de Vaca que don Iohan Alfonso fiziera su voluntad de se tornar e creer las tales cosas, e que fiziera mejor venirsse a la su merçed. E mando a Ruy Diaz que se tornasse luego para el e diole sus cartas para don Iohan Alfonso de creençia sobre ello. E partiose del rrey estonçe Ruy Diaz, e conto a don Iohan Alfonso la rrespuesta que fallara en el rrey. E fallo a don Iohan Alfonso en Valladolid; pero por aquella rrespuesta, don Iohan Alfonso non se aseguro, ca tenia grande temor del rrey”. Ibid., t. I, p. 104-106.

7445
“E desque Iohan Alfonso entendio qual era la voluntad del rrey, luego otro dia se torno para Caruajales, e dende fuesse para Portogal, ca se non
seguro de estar alli por miedodel rrey, ca ya las cosas se dañauan mas de cada dia. […] Don Aluar Perez de Castro, despues que vio que non podia estar seguro en el rregno de Castilla por miedo que auia del rrey, fuese para Portogal”. Ibid., t. I, p. 116-117.

7546
“E quando sopo que don Iohan Alfonso non osara llegar al rrey e se tornara de Almorox, çerca de Toledo e se viera con el en el Ferradon, segund que auemos contado, el dicho maestre se fuera para su maestradgo e el dicho don Iohan Alfonso se fuera, por
rreçelo del rrey, para tierra de Alua de Liste e dende, para Sand Phelizes de los Gallegos, que era suya. E non se asegurando de estar ally, con miedo que auia del rrey, despues se fuera para Portogal, segund que todo esto auemos contado. E eso mesmo acaesçio, que don Iohan Nuñez, maestre de Calatraua, este dicho año, con grand miedo que ouo del rrey, fuesse a vna tierra que los maestres de Calatraua tienen en Aragon, que dizen la encomienda de Alcañiz e estudo en Aragon apartado algunos dias del rrey. Pero despues, enbiando el rrey a el sus cartas e sus mandamientos asegurandole, tornosse el dicho maestre para Castilla”. Ibid., t. I, p. 123-124.

7647
“E quando sopo que don Iohan Alfonso non osara llegar al rrey e se tornara de Almorox, çerca de Toledo e se viera con el en el Ferradon, segund que auemos contado, el dicho maestre se fuera para su maestradgo e el dicho don Iohan Alfonso se fuera, por
rreçelo del rrey, para tierra de Alua de Liste e dende, para Sand Phelizes de los Gallegos, que era suya. E non se asegurando de estar ally, con miedo que auia del rrey, despues se fuera para Portogal, segund que todo esto auemos contado. E eso mesmo acaesçio, que don Iohan Nuñez, maestre de Calatraua, este dicho año, con grand miedo que ouo del rrey, fuesse a vna tierra que los maestres de Calatraua tienen en Aragon, que dizen la encomienda de Alcañiz e estudo en Aragon apartado algunos dias del rrey. Pero despues, enbiando el rrey a el sus cartas e sus mandamientos asegurandole, tornosse el dicho maestre para Castilla”. Ibid., t. I, p. 123-124.

7748
“Despues que los infantes de Aragon e los caualleros que con ellos tratauan, segund dicho auemos, fueron çiertos del conde don Enrrique e de don Iohan Alfonso de Alburquerque, juntaronse todos e partieronse del rrey e fueronse para vn lugar çerca de Otordefumos, que dizian Villa Braxima. E dende tomaron la rreyna doña Leonor, madre de los infantes, e fueronse para Montalegre, lugar de don Iohan Alfonso de Alburquerque, e estudieron y algunos dias e despues se fueron para Cuenca de Tamariz. E los caualleros que con los infantes se apartaron del rrey fueron Diego Perez Sarmiento e Pero Gonçalez d'Aguero e Ferrand Perez de Ayala e Ferrand Gomez de Albornoz e Sancho Ruyz de Rojas e Ruy Gonçalez de Castañeda e Pero Aluarez de Osorio e Aluar Rodriguez de Aça e Iohan Ramirez de Guzman e Pero Ferrandez de Velasco e Gonçalo Alfonso Carrillo, que dizian de Quintana, e muchos otros. E desque fueron los infantes e los caualleros que con ellos yuan en Cuenca de Tamariz, enbiaron al rrey don Pedro sus cartas commo todos ellos querian e amauan su seruiçio; pero que se partian de la su corte por que el dexara la rreyna doña Blanca, su muger, lo qual era contra su honrra e su seruiçio. Otrossi por quanto los priuados suyos parientes de doña Maria de Padilla non tenian buen rregimiento en el rregno nin en su casa nin fazian honrra a los señores e caualleros que y andauan, e de mas que se rreçelauan e temian de sus vidas e que le pidian por merçed que quisiese poner en esto algund buen rremedio por que ellos pudiesen estar en la su corte en su seruiçio, lo que ellos deseauan que fuesse a su honrra e aseguramiento dellos. E commo quier que esto enbiaron dezir al rrey, enpero non ouieron tal rrespuesta que se touiesen por contentos”. Ibid., t. I, p. 160.

7849
E hordenaron que diesse la rrespuesta por ellos don Ferrand Perez de Ayala, que era vn cauallero cuerdo e bien rrazonado, e tornaron do estaua el rrey e dixo assy: “Señor, los señores que aqui estan, que han debdo en la vuestra merçed, e los otros rricos omnes e caualleros, vuestros vasallos, que aqui estan por vuestro mandado, venieron aqui a vos e vos piden lo primero, por merçed, que vos les querades perdonar por ellos venir armados delante vos a estas vistas. E sy assy vienen, es por vuestra liçençia e hordenamiento, segund gelo enbiastes mandar por vna vuestra carta firmada de vuestro nonbre e sellada con vuestro sello de la poridat. Ca todos los que aqui estan vos conosçen por su rrey e por su señor natural e vos desean seruir, e entre las otras cosas que aman vuestro seruiçio, querrian que la vuestra hordenança fuesse muy buena e que los vuestros vasallos non oviessen de auer temor de vos. E commo quier, señor, que dize Gutier Ferrandez de Toledo por vuestra parte, que estos señores que aqui estan e muchos otros rricos omnes e caualleros vuestros vasallos, que andan ayuntados por el fecho de la rreyna doña Blanca, que non es assy, saluo que se non tienen por contentos de algunos vuestros priuados. Con homill rreuerençia de la vuestra real magestad, señor, a esto vos rresponden estos señores assy: que verdadera mente su entençion es pedir vos por merçed, que la rreyna doña Blanca, vuestra muger sea convusco onrrada commo lo fueron las rreynas de Castilla e la trayades convusco asy commo vuestra muger legitima. Esto vos piden entendiendo que cunple assy a vuestro seruiçio; ca, señor, vos sabedes que quando vos casastes con la rreyna doña Blanca, vuestra muger, en Valladolid, enbiastes llamar por vuestras cartas a todos los que aqui son e a otros grandes de vuestro rregno, que veniesen donde vos erades, que queriedes cassar con la rreyna, e por vuestro mandamiento, el dia de las bodas vuestras, besaron la mano a la rreyna doña Blanca, vuestra muger, por su rreyna e por su señora assy commo vuestra muger, e todo esto fue por vuestro mandamiento e tienen que sy, señor, vos la dexastes e la mandastes despues leuar a Toledo, que todo esto fue fecho commo plogo a la vuestra merçed, e que fue por consejo de algunos que non amauan vuestro seruiçio; pero, con homil rreuerençia de la vuestra rreal magestad, tienen que fue esto fecho e hordenado por vos querer conplir vuestra voluntad e por consejo de doña Maria de Padilla e de parientes suyos. E algunos vuestros vasallos a quien non plogo nin les paresçio seer esto bien fecho, ouieron dende pesar por vos non fazer lo que cunple a vuestro seruiçio, e mostrastes les grand saña, la qual paresçio por obra luego; ca contra algunos que y eran estonçe en Valladolid a quien peso dello, pasastes commo fue vuestra merçed contra ellos. E mandastes prender a pocos dias despues, e desponer de su honrra, al maestre de Calatraua don Iohan Nuñez de Prado e fue despues muerto en poder de parientes de doña Maria de Padilla. E echastes del rregno a don Iohan Alfonso de Alburquerque e tomastes le la tierra auiendo vos enbiado a su fijo don Martin Gil, que non tenia mas de aquel fijo, en arrehenes, que sienpre guardara vuestro seruiçio, e le auiedes asegurado. E por que tales consejos vos dieron vuestros priuados, todos los señores e caualleros que aqui son delante vuestra merçed e los que aqui non son venidos estan con muy grand miedo de vos. E por esta rrazon andan arredrados de la vuestra casa. E vos, señor, catad alguna buena manera commo primera mente la rreyna, vuestra muger, nuestra señora, sea segura e este convusco commo deue segund cunple a vuestro seruiçio e a honrra vuestra e suya della. Otrossy, commo estos señores e caualleros sean seguros en vuestro rregno e en vuestra casa, e vos puedan seruir, que ellos de buena mente estan prestos para seruir a vos assy commo deuen e commo es rrazon; ca sodes nuestro rrey e nuestro señor natural. E, señor, por quanto breue mente non se pueden fazer estas cosas todas, piden vos por merçed, estos señores e caualleros vuestros vasallos e vuestros naturales, que aqui estan por sy e por todos los otros que son en esta demanda con ellos, que sea la vuestra merçed de dar quatro caualleros, e estos señores daran otros quatro, que fablen en ello, e faran rrelaçion a la vuestra merçed de lo que acordaren que cunple a vuestro seruiçio e pro de vuestros rregnos e aseguramiento dellos. E sobre todo esto, señor, hordenad commo vos pluguiere e entendieredes que cunple a vuestro seruiçio”. E dixo don Ferrand Perez de Ayala a los señores que alli estauan que le mandaran rresponder por ellos, sy lo dezian assy e todos dixeron ‘sy’”. Ibid., t. I, p. 179-180.

7950
“e algunos decían que le fueran dadas hiervas, e que se las diera un físico, que decían maestre Romano, que era físico del rey don Enrique, e que se las diera por mandado de dicho rey, por razón que don Tello andaba siempre tratando con todos aquellos que él sabía que non querían bien al rey don Enrique; pero eso non es cierto, salvo la fama que fue así”, P. López de Ayala, Crónica del rey don Enrique, en Id., Crónicas…, p. 446-447.

8051
“Sennor otrosy vos fago saber que despues que esta carta fue fecha me llego una vuestra carta respuesta de la que uos envie en rason de la dolençia de la infanta. Et sabet sennor que loado a Dios que esta muy major en guisa que fio por la su merçed que muy ayna sera fuera de todas aquellas ymaginaçiones que solia aver. Ca ya non fabla en lo de la orden e fabla muy bien en todo lo que es mester de su fasienda e a dicho a algunas personas en su poridat que ya se siente sana mas que ha embargo e verguença si tan ayna diese a entender que era guarida”, A. Giménez Soler, Don Juan Manuel…, documento n° ccccxxii, p. 534.

8152
“Recibiemos vuestra carta en que nos feçiestes saber que quando fuestes a la frontera en seruiçio de Dios e del Rey don Alfonso dexastes la infanta donna Costança […] muller vuestra muy maltrecha e morando en la frontera enuiaron uos deçir de casa de la dita infanta por muytas ueçes que si uos uiniessedes a ueerla que tenian que se esforçaria e que hauria grant milloria et que por esto uiniestes uos para aqui al castiello e que fallastes la infanta muy sana et en todo su entendimiento pero que como ouiesse ahun algunas ymaginaciones por alguna tristeza que ha tenido en si eran menester fisigos por guaresçerla. Rogastes nos que touiessemos por bien de enbiar uos a maestre Johan nuestro fisigo”. Ibid., documento ccccxxiv, p. 535.

8253
“E el duque non quiso tirarse del casamiento de Portogal, diciendo quél avía rescelo del rey su señor, e que algunos que andaban con él le buscaban mal, e que le era forzado buscar algunos amigos do fallase esfuerzo quando le fuese menester; e que él todavía tenía voluntad de servir al rey su señor; empero que avía grand rescelo e miedo dél, e por tanto se llegaba más su voluntad a facer el dicho casamiento de Portogal”, P. López de Ayala, Crónica del rey don Enrique tercero, en Id., Crónicas…, p. 793-794.

8354
“Empero después que partiera de Burgos, e viera que todos los fechos del regno e de la casa del rey se ordenaran sin lo saber él, nin le poner en el consejo, se rescelaba e temía de los que traían al rey en su poder que le quisiesen destorvar e facer algund enojo, por lo qual oviera después de consentir e responder al dicho casamiento […]. E que el rey su señor era en pequeña edad, e le podrían inducir a le levar sobre él, e cercarle, e matarle, […] e que tenía que esto facían algunos de los privados del rey por le non querer bien […]. Otrosí, que si de otra manera non se ordenase la casa del rey, que le non complía ir allá; ca todos los privados que eran se avían así apoderado, que non daban lugar a otro ome ninguno que podiese aver en el regno oficio, nin tenencia, nin cobrar los maravedís que le ponían, por quanto se tomaban ellos todo esto para sí, e para los que querían. E que si en estas cosas se posiese algund remedio e enmienda, que farían grand servicio al rey, e grand provecho del regno; e estonce él iría a la corte del rey. E el arzobispo de Toledo, desque oyó todas las razones quel duque le dixo, respondióle lo mejor que pudo por le asosegar e tirar de aquellas imaginaciones que tenía, así del recelo del rey e de sus privados”. Ibid., p. 802-804.

8455
“E quando los aposentadores llegaron a Roa, ya el conde don Pedro era partido dende, e el rey fue para una aldea cerca de allí, que dicen Valera, e envió a la reyna de Navarra sus mensajeros, los quales fueron Juan Furtado de Mendoza, e Rui López de Ábalos, su camarero mayor; e quando ellos llegaron a Roa la reyna vino a la barrera del alcázar; e la reyna llorando, e sus fijas las infantes, e todas sus dueñas e doncellas vestidas de prieto, fabló con Juan Furtado e Rui López de Ábalos, e díxoles que quál era la razón por quel rey su sobrino la quería matar, e desheredar de lo quel rey su padre e el rey su hermano le dejaran”. Ibid., p. 871.

8556
“E dixeron los mensajeros al rey que el conde don Alfonso decía que avía gran miedo dél, por quanto él agora aún non era en edad, e que privados suyos gobernaban el regno”. Ibid., p. 873.

8657
“E el conde non ponía escusas ningunas que paresciesen razonables, salvo que decía que lo que ficiera fuera con miedo que avía de algunos de los privados del rey”. Ibid., p. 884.

8758
“El rey partió de Toledo para la Puebla de Montalván, e allí prendió al conde don Alfonso su hermano. E la razón era ésta, segund que el rey decía: que el dicho conde, después que partió de Gijón e viniera a la su merced, errara en enviar algunas cartas a Portogal contra su servicio, aunque el conde decía quél nunca tal cosa ficiera. E el rey envió al conde preso luego ese día que le prendió al castillo de Montalván, que es a dos leguas de allí, e después le levaron al alcázar de Toledo, e fue entregado a don Pero Tenorio, arzobispo de Toledo; e dende leváronle al castillo de Almonacir; e en él estovo preso grand tiempo. E dio el rey estonce la tierra de Norueña a la iglesia de Oviedo, e confiscó para su corona todos los otros bienes que el conde avía en Asturias”, P. López de Ayala, Crónica del rey don Juan…, p. 550.

8859
“Así fue quel rey, después que ovo tomado el logar de Paredes de Nava e le puso en fialdad, fue para la cibdad de Burgos; e llegando y sopo cómo el conde don Pedro, sin su licencia, e sin ge lo facer saber, era ido para la villa de Roa do estaba la reyna de Navarra, e ovo dello enojo e pesar; e le fue dicho questo era consejo del duque de Benavente. E así fue que un sábado, día de Santiago, a veinte e cinco de julio por la tarde, en Burgos, mandó el rey llamar al duque de Benavente que viniese al castillo a consejo, ca quería acordar la respuesta a los mensajeros de la reyna de Navarra sobre las cartas de seguro que le enviara demandar. E el duque fue luego para el castillo do posaba el rey, e entró en una cámara do el rey estaba en consejo; e eran y con él el arzobispo de Toledo, don Pedro Tenorio, e el maestre de Santiago, e el maestre de Calatrava, e Juan Furtado de Mendoza, e don Diego Furtado de Mendoza, almirante, e Rui López de Ábalos, su camarero mayor; e el rey avía mandado al maestre de Calatrava, e a don Diego Furtado de Mendoza que posaban en la cibdad, que viniesen armados e apercevidos. E luego quel duque entró en la cámara do el rey tenía su consejo dixo el rey quél quería ir a cenar, e que ellos acordasen lo que se debía facer; e levantóse, e fuese para la cámara del infante don Ferrando, su hermano. E luego que partió de la cámara del consejo vinieron dos escuderos de su parte del rey, e dixeron a los que estaban el consejo que les enviaba decir que ficiesen aína lo que avían de facer. E luego que los escuderos esto dixeron, fue preso el duque. E desque el duque se vio preso fue muy turbado, e dixo: “Yo nunca fice después quel rey me perdonó algund enojo al rey, nin mal al regno”. E los que ende estaban dixieron: “Pues merced del rey es que vos seades preso; e mostrada vos será la razón por qué”. E levarónle luego a una torre que dicen del Caracol, que es en el dicho castillo. E mandó el rey al maestre de Santiago que le tomase en guarda; e el maestre puso en la torre con él dos caballeros suyos con gentes de armas que le guardasen. E enviaron decir a todos los del duque que estoviesen quedos, e así lo ficieron. E desta guisa fue preso en Burgos don Fadrique, duque de Benavente; e la razón porque fue preso era, lo uno porque dixeron al rey quel duque sopiera de la ida del conde don Pedro de Roa; e otrosí vio el rey cómo el conde don Pedro era en Roa con la Reyna de Navarra, e dubdó que si el duque se partiese dél, que se avría levantado en el regno gran bollicio. E este día que fue preso el duque dicen que fue en su cámara desengañado por un caballero; e él púsolo en consejo de los de quien fiaba en su casa, los quales le consejaban que fuyese; pero a la fin acordó que él non ficiera de presente tal yerro al rey, e que fallaría en el rey todo buen acogimiento; e por ende entendía que aquel que le desengañaba lo facía infintosamente, porque con temor fuyese e puesiese dubda entre el rey e él. E este día se fizo una mula rabiosa, e andaba en el barrio del duque de mala guisa, e los suyos oviéronlo por mala señal”, Id., Crónica del rey don Enrique tercero…, p. 868-869.

8960
“E partió [el infante don Fernando] dende [de Sevilla], e fuése a Madellín; e allí le llegaron cartas en cómo el conde [sic] de Benavente, su tio, que estaua preso en Monrreal, que matara a Juan de Ponte, alcayde de Monrreal, que le tenía preso, e que le robara lo que le podiera alcançar de lo suyo, e se fué. Este conde fué echado allí en preso, según que la Historia lo á contado, en tienpo de las tutorías del rey don Enrrique, el postrimero, por quanto dezían que le fallaron pendones fechos que se quería llamar rey de León. Esto yo no lo fago verdad, por quanto pasó en tienpo del estoriador ante de mí”, Crónica de Juan II de Castilla, Juan de Mata Carriazo (ed.), Madrid: Real Academia de la Historia, 1982, p. 413.

9061
“Acaeció en estos días que el duque de Benavente, hijo bastardo del rey don Enrique, segundo hermano del rey don Pedro de Castilla o fuese hijo del conde don Sancho su hermano, estaba preso en el castillo de Mora, al cual el rey don Enrique, padre de nuestro señor el rey don Juan, hizo prender, siendo el Rey mozo de catorce años poco más o menos, por cuanto el dicho Rey estaba mal informado de él diciendo que el dicho duque no andaba claro en lo que cumplía al servicio del rey en los hechos del reino. El cual duque de Benavente era muy esforzado caballero y muy fuerte, por la persona; que muchas veces acaeció él solo con la espada en la mano y un manto o capa en el brazo esperar al toro en el campo y de un pique llevarle la cabeza, ca era muy ardid de su persona y era benigno y muy llano y humano a los caballeros del reino; de guisa que más mención se hacía del dicho duque que el infante don Fernando, hermano del Rey, en tal manera que el infante no le había buena voluntad ni los de su casa y hacían mala relación cada día al Rey, porque se le allegaban muchos caballeros y despendía con ellos y partía de lo que tenía. En tal manera que era bien amado y querido; tanto fue el mal que él dijeron al Rey que el Rey le mandó prender y meter en el castillo de Mora en fuerte prisión. Este duque de Benavente era desposado con la hija del conde de Alburquerque, don Sancho Manuel; en la cual prisión estuvo gran tiempo. Y después que fue preso el dicho duque, siendo vivo casaron a su esposa con el infante don Fernando. Y estando en estos días en Valladolid, tratando en estos hechos del reino de Aragón, el dicho duque por trato de un Juan de Ponte, castillero que lo tenía en guarda, huyó y con él dicho Juan de Ponte y fueron en Navarra, por cuanto la reina de Navarra era su hermana, pensando escapar y estar allí seguro. Y de que fue sabido cómo el duque era fuera de prisión y huído en Navarra el infante D. Fernando hubo muy gran enojo; y luego fue a la reina [de Castilla] e hizo ayuntar consejo; y dijo que ya sabía cómo el duque era ya suelto y huído en Navarra y si el duque escapase pondría este reino en gran tribulación, como hizo el Rey Don Enrique su abuelo en tiempo del Rey don Pedro, mayormente siendo el Rey don Juan en edad pequeña como estaba y si así pasase, no podría ser que no hubiese alguna revuelta en este reino; porque sería bien el Rey enviar sus embajadores al Rey de Navarra diciéndole y requiriéndole que diese al dicho duque, no quisiese poner en daño su reino y en ruido. Y la reina tuvo por bien el consejo. Y luego hicieron sus embajadores a Diego López de Estúñiga y a Diego de Sandoval, adelantado mayor de Castilla, los cuales fueron a Navarra y explicaron su embajada al Rey de Navarra don Carlos. Y pasadas muchas razones entre el Rey de Navarra y los embajadores, concluyeron que recibió el dicho Rey de Navarra cien mil florines y dioles al duque y tornáronlo al duque preso a Castilla y con él a Juan de Ponte y llevaron al duque al castillo de Mora en mayores prisiones y a poco de tiempo murió, de qué, Dios lo sabe; y al Juan de Ponte escuarteráronlo en la plaza de Valladolid”, Luis Panzán, Recordanzas en tiempo del Papa Luna (1407-1435), Gregorio de Andrés (ed.), Madrid: Fundación universitaria española, 1987, p. 57-58.

9162
“E todas estas cosas quedaron asosegadas e juradas delante el rey; e porque fue dicho, que por quanto el duque estaba en Valladolid sobre seguro quel rey le enviara, podría decir después que todo lo que ficiera delante del rey fuera fecho con premia e con miedo, por tanto, ordenó el rey quel duque, después que fuese tornado a Cisneros, a do tenía sus compañas, fasta seis días, jurase e ratificase todo lo pasado e fecho en Valladolid delante el rey”, P. López de Ayala, Crónica del rey don Enrique tercero…, p. 863.

9263
“Yten, él, conociendo el estado en que él es puesto, que no es natural ni derechamente avido, mas por otras maneras muy contrarias a toda natural rrazón, ny derechamente, por lo qual de ligero podría caer, si las grandes onbres de vuestros rreynos fuesen de vuestro amor e concordes, ansy buscó e á procurado por estudiosas e malas cautelas cómo los podría apartar de vuestro amor e gracia e merced, a vnos ynfamado de yherros que por pensamiento non es de crer que asentarse podiese en coraçones tan leales, yndinados contra ellos vuestra señoría, e comobiendo vuestro rreal poder. E con esta cautela perseguió al señor rrey de Nauarra, e a los señores ynfantes don Enrrique e don Pedro, que tan grande debdo e tan çercano e de tantas maneras an con vuestra alta señoría, fasta los desheredar e desterrar de vuestros rreynos, que era su propia naturaleza. A otros procuró muerte, como es manifiesto que lo fizo al duque don Fadrique, vuestro carnal debdo e de vuestro linaje, honbre de tan gran estado e que mucho ondraua en vuestra señoría e tierra. E esto mesmo fizo al conde de Luna, con desordenada cobdiçia, ca lo mandó matar con yerbas, e por encobrir su maldad fízosele heredero, pospuesto de todo temor de Dios e de vuestra alta señoría e verguença del mundo, no ynterbeniendo causa alguna rrazonable por que mobido podiese ser a fazer el tal estableçimiento, y por donde lo tal creydo podiese ser. E por tales maneras, aunque non por semejantes causas, procuró muerte de Fernán Alfonso de Robles, e de Sancho Fernández de León, vuestros seruidores leales en el ofiçio de vuestras quentas: al dicho Fernán Alfonso procuró presión e muerte, por que fué uno de los deputados que determinaron la salida del dicho condestable e apartamiento de vuestra corte, con legítima rrazón e justiçia; e al dicho Sancho Fernandes porque estorbó que non le quiso pasar vn vuestro alvalá que vuestra señoría le avía firmado, de merced que le fazía de las vuestras salinas de Atienza, las quales rrienden a vuestra señoría más de seteçientas myll doblas de cada vn año, por el qual estorvo trató e mandó al doctor Franco su criado que acosase al dicho Sancho Fernandes fasta lo traer a la muerte, so color de justicia. E procuró el oficio de Fernán Alfonso de Robles para quien él quiso. E a otros procuró presión, para los traer a muerte, según que lo quisiera fazer al adelantado Pero Manrrique, e de fecho fué preso, e fuera el almirante su hermano, sinon porque Dios lo guardó después amos a dos. A lo que el dicho condestable se movió por que el dicho adelantado contradixo al troque de Guadalfajara e Talavera. E a otros procuró destierro e alçamiento del rreyno, como primero lo avía fecho al dicho adelantado; e después al conde de Castro, como quier que después procuró por lo traer, non entendido fazervos en ello seruicio, mas para que veniese en su ayuda. E vien así como fué en lo echar, porque non le contrablase sus malos e desordenados fechos. E finalmente, sienpre se á travajado por yndinar a vuestra señoría contra vuestros naturales, apartándolos de vuestro amor, e fazer cómo vuestra voluntad los avorreçiese, con yntención de mejor seguir su estado, e los contrarios e peruersos fechos de tiranía oviesen pasado. E así apartados los vuestros naturales, metió e puso en vuestra casa, en guarda de vuestra rreal persona, muchos estrangeros, en gran difamaçión e ynjuria déllos”, Pedro Carrillo de Huete, Crónica del halconero de Juan II, Juan de Mata Carriazo (ed.), Madrid: Espasa-Calpe, 1946, p. 329-330.

9364
“Otrosí: por quanto algunas veces acesce que los Reyes por el grand poder que tienen, por enojo que han con algunos Grandes de sus regnos ó por odio ó mal que tenian que les han algunas personas que estan cerca dellos ó por se vengar dellos, con la mano é poder de los dichos Reyes han procedido de fecho é proceden contra los susodichos á les tomar sus bienes, ó á los prender é matar sin los oir nin llamar é sin forma de derecho: de lo qual se han seguido grandes escándalos é movimientos é inconvenientes de gentes, de que á los dichos Reyes se han seguido deservicios é á sus regnos grandísimos dapnos, é por esta cabsa algunas veces son desamados e desobedecidos; por ende por evitar los inconvenientes de suso dichos, é porque los dichos señores Reyes sean mas amados é honrados é servidos é temidos é obedecidos de sus súbditos é naturales, é porque los dichos Grandes sean seguros dellos que non les apremiaran nin penaran contra justicia é razon, ordenamos é declaramos que agora é daquí adelante para siempre jamas el dicho señor Rey é los otros Reyes que después dél subcedieren en estos regnos, cada é quando oviere de proceder contra qualesquier Duques, Marqueses é Condes é caballeros Grandes de su regnos, constituidos en dignidad por casos qui si probados fuesen, merescieran muerte natural ó cortamiento de miembro ó prisión de su persona ó perdimiento de la meitad de sus bienes ó de la mayor parte dellos, que en los tales casos ó cualquier dellos el dicho Rey é los Reyes que vernan despues de él, llamen para proceder en lo sobredicho [sigue la designación de los miembros del tribunal]”, Memorias de don Enrique IV de Castilla, Madrid: Real Academia de la Historia, 1835-1913, documento n° cix, p. 397-399.

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Notes

*  Este artículo fue presentado en el coloquio ‘Cultura, lenguaje y prácticas políticas en las sociedades medievales’ [Proyecto de Investigación: BHA2002-03076, IP: Isabel Alfonso], que se celebró en Madrid los días 15 y 16 de febrero de 2007 en el Instituto de Historia del CSIC.
This article was presented at the Conference ‘Culture, language and political practices in medieval societies’ [Research Project: BHA2002-03076, IP: Isabel Alfonso], held in Madrid on feb. 15th-16th 2007 at the Instituto de Historia (CSIC).

1  Proyecto HUM 2006-05233/HIST.

2  Para tal balance crítico, véase el numero de la revista Critique dedicado a las emociones medievales y coordinado por Piroska Nagy, Émotions médiévales. Critique. Revue générale des publications françaises et étrangères, 716-717, 2007.

3  Barbara H. Rosenwein, Emotional Communities in the Early Middel Ages, Ithaca-Londres: Cornell University Press, 2002.

4  Véase muy en especial el libro de Philippe Buc, Dangereux rituels. De l’histoire médiévale aux sciences sociales, París: Presses Universitaires de France, 2003.

5  François Foronda, La privanza ou le régime de la faveur. Autorité monarchique et puissance aristocratique en Castille (XIIIe-XVe siècle), París: Université Paris I Panthéon-Sorbonne, 2003, [en particular el capitulo V, “Une formule de gouvernementalité”], t. I, p. 169-244 (publicación en curso).

6  Id., “S’emparer du roi. Un rituel d’intégration politique dans la Castille trastamare”, in: François FORONDA, Jean-Philippe Genet et José Manuel Nieto Soria (dirs.), Coups d’État à la fin du Moyen Âge ? Aux fondements du pouvoir politique en Europe occidentale, Madrid: Casa de Velázquez, (Collection de la Casa de Velázquez 91), 2005, en particular p. 213-220, y más aun la nota 23, p. 219-220. Véase también la primera parte [“El Estado de alarma”] de mi más reciente capítulo “La privanza, entre monarquía y nobleza”, in: José Manuel Nieto Soria (dir.), La monarquía como conflicto en la Corona castellano-leonesa (c. 1230-1504), Madrid: Sílex, 2006, p. 76-98.

7  Id., “Vers un gouvernement de jure dans la Castille du XVe siècle: les contrats de privanza d’Henri IV de Trastamare”, in: François FORONDA y Ana Isabel Carrasco Manchado (dirs.), Du contrat d’alliance au contrat politique. Cultures et sociétés politiques dans la péninsule Ibérique à la fin du Moyen Âge, Toulouse: Méridiennes, 2007, p. 185-244.

8  Sobre la legitimidad del miedo, véanse muy en particular las páginas que Bernard Guenée le dedica al tema en su biografía de Thomas Basin, en su libro Entre l’Église et l’État. Quatre vies de prélats français à la fin du Moyen Âge, París: Gallimard, 1987, p. 370-372 y 415-422.

9 Partidas, VII, 33.7 (anejo documental, 1).

10 Partidas, II, 13.15 (anejo documental, 2).

11 Partidas, II, 1.3 (anejo documental, 3).

12  Resulta difícil no mencionar aquí al menos el estudio de José Luis Bermejo Cabrero, “Amor y temor al rey. Evolución histórica de un tópico político”, Revista de Estudios Políticos, 1973, p. 107-127. Véanse también en relación con este polo positivo del temor los comentarios de María del Carmen Carlé sobre el “miedo político” en su artículo “Los miedos medievales (Castilla, siglo XV)”, Estudios de Historia de España, 4, 1991, p. 112-119, así como la categoría de “discurso del miedo” que usa Ana Isabel Carrasco Manchado, sobre todo en la versión manuscrita de su tesis Discurso político y propaganda en la corte de los Reyes Católicos (1474-1482), Madrid: Universidad Complutense, 2000 (http://www.ucm.es/eprints/2525/ ).

13  Sobre la ley y su proceso de establecimiento por golpe de fuerza, véase Jacques Derrida, Force de loi. Le fondement mystique de l’autorité, París: Galilée, 1994.

14  Stephen D. White, “The Politics of Anger”, in: Barbara H. Rosenwein (ed.), Anger's Past: The Social Uses of an Emotion in the Middle Ages, Ithaca-Londres: Cornell University Press, 1998, p. 127-152.

15  Hilda Grassotti, “La ira regia en León y Castilla”, Cuadernos de Historia de España, XLI-XLII, 1965, p. 5-135.

16  Véanse además las reflexiones de Hugo Óscar Bizzarri, “Las colecciones sapienciales castellanas en el proceso de reafirmación del poder monárquico (siglos XIII y XIV)”, Cahiers de linguistique hispanique médiévale, 20, 1995, p. 67-73.

17  Sobre esta arbitrariedad “oriental”, remito especialmente a los trabajos reunidos en Maribel Fierro (ed.), De muerte violenta. Política, religión y violencia en Al-Andalus, Madrid: Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 2004; y ala interesantísima reflexión de Jocelyne Dakhlia, L’empire des passions. L’arbitraire politique en Islam, París: Aubier, 2005. En relación con este tema, nótese que tras haberse salvado del intento de apresamiento ordenado por Alfonso X, el infante don Enrique se salva también del proyecto asesino ideado por algunos consejeros del emir de Túnez (anejo documental, 4).¿Hubo relación entre los dos intentos? Lo cual apuntaría cierta colaboración transfronteriza a la hora de poner en aplicación la arbitrariedad. No puede descartarse tal posibilidad dada la fuerte porosidad socio-política y cultural de la Frontera, de la que participan de hecho los mecanismos de la ira regia. Y, aunque no tenga relación con ésta, cabe recordar un momento de la historia de los Infantes de Lara, integrada en la Estoria de España, en el que Ruy Vázquez encarga a su cuñado, Gonzalo Gustioz, de llevarle una carta a Al-Mansour, en la que le pide matar al portador (Alfonso X, Primera crónica general de España, Ramón MénendezPidal, ed., Madrid: Editorial Gredos, 1977, t. II, p. 434-436). Sobre esta historia de los Infantes de Lara, véanse especialmente Julio Escalona, “Épica, Crónicas y Genealogías. En torno a la historicidad de la leyenda de los Infantes de Lara”, Cahiers de Linguistique Hispanique Médiévale, 23, 2000, p. 113-173; y las reflexiones de Isabel Alfonso sobre la articulación entre venganza y lucha política sobre esta historia y otros relatos, “Vengeance, justice et lutte politique dans l’historiographie castillane du Moyen Âge”, in: Dominique Barthélemy, François Bougard y Régine Le Jan (dir.), La vengeance, 400-1200. Actes du colloque de Rome (2003), Rome: Ecole française de Rome, (Collection de l’École française, 357), 2006, p. 383-419. Otro ejemplo de colaboración transfronteriza es la posterior ejecución de Mohammad VI el Bermejo a manos de Pedro el Cruel en Sevilla (nota 27, anejo documental 20 y 21).

18  Aquilino Iglesia Ferreirós, Historia de la traición regia en León y Castilla, Santiago de Compostela: Secretariado de Publicaciones de la Universidad, 1971. Para otros ámbitos, véanse en especial John Gilbert Bellamy, The Law of Treason in England in the Later Middle Ages, New York: Cambrige University Press, 1970 y Simon Hirsch Cutler, The Law of Treason and Treason Trials in Later Medieval France, Cambridge: University Press, 1981. En el caso francés, si bien la cuestión de la traición está muy presente en las relaciones entre monarquía y nobleza durante el siglo XIV, a raíz de la crisis de legitimidad provocada por el avenimiento al trono de los Valois, es de notar que el acercamiento entre traición y lesa-majestad es sobre todo efectivo durante la segunda mitad del siglo XV, en particular con los procesos políticos en contra de algunos grandes, como Jean de Alençon, Charles de Melun, Louis de Luxembourg y Jacques de Armagnac. En relación con estos procesos, que han dado lugar recientemente a un renovado acercamiento global y particular (Philippe Contamine, “Inobédience, rébellion, trahison, lèse-majesté: observations sur les procès politiques à la fin du Moyen Âge”; Yves Lallemand, Le procès pour trahison du connétable de Saint-Pol”; y Claude Gauvard y Philippe Hamon, Les sujets du roi de France face aux procès politiques (XIVe-XVIe siècle)”; todos estos artículos in: Yves-Marie Bercé (dir.), Les procès politiques (XIVe-XVIIe siècle), Rome: Ecole française de Rome, (Collection de l’École Française de Rome, 375), 2007, y sobre los que desarrolla actualmente un proyecto de investigación Olivier Mattéoni, investigador del LAMOP. Werner Paravicini señaló la significativa presencia del miedo en el discurso aristocrático relacionado en su artículo “Peur, pratiques, intelligences. Formes de l’opposition aristocratique à Louis XI d’après les interrogatoires du connétable de Saint-Pol”, in: Bernard Chevalier (ed.), La France au XVe siècle. Renouveau et apogée, Actes du colloque de Tours, 1983, París: Éditions du CNRS, 1985, p. 183-196.

19  Estoy pensando muy en concreto, desde la nota 12 en realidad, en la judicialización post-mortem, y por lo tanto en su regularización, de las primeras muertes ordenadas por Alfonso XI, en concreto la de don Juan el Tuerto (anejo documental, 5) y la del conde Alvar Núñez (anejo documental, 6).

20  Anejo documental, 7.

21  Anejo documental, 8. Estas muertes son luego reprochadas a Alfonso X por los partidarios del infante don Sancho, como puede verse en la crónica (anejo documental, 9), o también en la sentencia del rey contra dicho infante (anejo documental, 10).

22  Anejo documental, 11.

23  Anejo documental, 12.

24  Anejo documental, 13.

25  Anejo documental, 14.

26  Anejo documental, 15.

27  Anejo documental, 16.

28  ¿Se pensaba en la Europa de finales del XIV que los reyes de Castilla eran especialmente dados a este proceder, como lo afirma el caballero en su razonamiento de 1385 (“todos los reyes de christianos fablan dello”: anejo documental, 7)? Pedro López de Ayala hace gala evidentemente de la autoridad que le confiere su importante dedicación diplomática, especialmente la que pudo desarrollar en París, y quizá también tome postura a favor de lo que podría considerarse como un empeño trastámara para establecer un gobierno que cumpla con lo que piensan que son los cánones gubernativos de los grandes reinos (véase especialmente la referencia a estos “grandes reinos” en la creación del oficio de condestable [Luis Suárez Fernández, Historia del reinado de Juan I de Castilla, t. II: Registro documental (1371-1383), Madrid: Universidad Autónoma, 1982, doc. n° 44, p. 442] y en la ordenanza fundacional del Consejo Real [Cortes de los antiguos reinos de León y Castilla, Madrid: Real Academia de la Historia, 1863, p. 334]). Pero resulta muy difícil comprobar la afirmación del Canciller sobre la supuesta existencia de una “opinión internacional” acerca de la crueldad de los reyes castellanos. Y cuando se realiza alguna pesquisa, el resultado es más bien decepcionante. Así por ejemplo el sondeo realizado en el De casibus virorum illustrium de Giovanni Boccacio, obra que inaugura en los años 1360 el genero de los tratados de casos y fortuna, y cuyo éxito da lugar a tempranas traducciones, en especial la de Laurent de Premierfait al francés (anejo documental, 17), muy conocida por los cuantos manuscritos con miniaturas que de ella se conservan, o también la del propio Pedro López de Ayala al castellano (la Caída de príncipes). En esta obra pues, la presencia castellana queda reducida a tan sólo dos figuras, la del infante don Enrique el Senador (nota 16; anejo documental, 4), mencionado sin más detalles, y la de su hermano, el infante don Fadrique (anejo documental, 9 y 10), del que se comenta muy rápidamente la muerte ordenada por su otro hermano, el rey Alfonso X aunque no se nombre. Nótese que las versiones francesa y castellana difieren un poco (anejo documental, 18 y 19). En realidad, si existió una opinión europea sobre los reyes de Castilla, ésta se formo sobre todo durante los años 1360, por lo tanto después de la redacción del De casibus, a raíz del conflicto civil y de la implicación en éste de las potencias del entorno y mas allá, y esta opinión no fue genérica sino muy ligada al caso de Pedro I. Sobre su crueldad parece de hecho haber existido un importante consenso, no solamente en las fuentes “trastamaristas” — sobre todo las francesas, como la Chronique de Charles V del Canciller Pierre d’Orgemont (Grandes chroniques de France), la Chanson de Bertrand du Guesclin de Jean Cuvelier, la Chronique des quatre premiers Valois, o incluso la Chronique normande en la que llega a poner en duda la supuesta ascendencia judía del rey don Pedro pero no la realidad de su fechorías — donde la crueldad es un destacado elemento de la denuncia de la tiranía de ejercicio del rey, sino también en las que se puede esperar cierto “petrismo” — sobre todo las inglesas, como la Vie du prince Noir del heraldo Chandos (texto que retoma luego en gran parte Jean Froissart en su relación de los acontecimientos), el Chronicon de Henry Knigthon, o la Historia Anglicana de Thomas Walsingham, — que se caracterizan por una postura prudentemente legitimista (ligada a las pretensiones posteriores de la Casa de Lancaster sobre el trono castellano), muy a pesar de la crueldad de don Pedro —  salvo en el notable caso de Thomas Chaucer quién exalta su figura como “gloria de España” en el Cuento del Monje de sus Canterbury’s tales — (sobre estas fuentes, me permito remitir a mi conferencia “El rey don Pedo visto desde fuera” presentada el pasado 19 de septiembre con ocasión del Curso de Verano de la Universidad Pablo de Olavide organizado por José María Miura Andrades, Cruel y justiciero. Don Pedro I de Castilla o la creación de un mito. Leyenda y realidad). Este rey ha dado también lugar a una “opinión” en el mundo musulmán, a raíz de las cartas y escritos de Ibn al-Jatîb en los que hace referencia al asesinato de Muhammad VI el Bermejo en 1362, en el alcázar de Sevilla (Francisco Vidal, “El asesinato político en Al-Andalus: la muerte violenta del emir en la dinastía nazarí (s. XIV)”, in: Maribel Fierro (dir.), De muerte violenta…, en particular las p. 381-386. Aunque monumentalice esta muerte en su crónica (anejo documental, 20), al igual que la del maestre don Fadrique, también en el mismo lugar años antes, Pedro López de Ayala no retoma este ejemplo en su razonamiento de 1385, tampoco de hecho la muerte de doña Blanca de Borbón muy presente en las fuentes francesas, centrándose más bien en todos aquellos ejemplos que le permiten incidir en la peculiar relación entre el monarca castellano y sus nobles. En cambio, es probablemente el propio Pedro López de Ayala (“une personne notable qui estoit lors prive et singulier serviteur du roy Pierre”) el que se encarga, ya en París, de informar sobre este caso a Philippe de Mézières, cuya relación del acontecimiento, en su Songe du Vieil Pélerin, es muy próxima, en su tónica general, a la del Canciller, aunque muy resumida (anejo documental, 21).

29  María Inmaculada Rodríguez Flores, El perdón real en Castilla (siglos XIII-XVIII), Salamanca: Secretariado de Publicaciones de la Universidad, 1971; José Manuel Nieto Soria, “Los perdones reales en la confrontación política de la Castilla Trastámara”, En la España Medieval, 25, 2002, p. 213-266.

30  Juan II de Francia — que accede al trono en 1350, el mismo año pues que Pedro el Cruel — da algunas muestras de querer también poner en práctica una política del espanto al principio de su reinado, probablemente con los mismos objetivos que en Castilla (sobre este rey y su reinado, véanse en particular los trabajos de Raymond Cazelles, “Jean le Bon: Quel homme? Quel roi?”, Revue Historique, 251, 1974, p. 5-26 y sobre todo su libro Société politique, noblesse et couronne sous Jean le Bon et Charles V, Ginebra-París: Libraire Droz, 1982). Es especialmente interesante en este sentido el testimonio de la Chronique des quatre premiers Valois, redactada posteriormente, pero antes de 1397-1399, por un clérigo letrado de Ruán bastante afín al bando de Carlos de Navarra, que apunta en una ocasión el “trouble [es decir la turbación o el desconcierto]” de la nobleza. Véanse especialmente los pasajes relativos a la muerte del condestable Raoul de Brienne, sin que se den los motivos de la misma (Chronique des quatre premiers Valois, Siméon Luce (ed.), París: Jules Renouard, 1861, p. 19-20); al atentado planeado en pleno Consejo real en contra de Carlos de Navarra después de que éste haya mandado matar al privado del rey, el nuevo condestable, Carlos de España, descendiente del infante Alfonso de la Cerda (ibid., p. 32-33); y por fin al arrebato regio en el Castillo de Ruán, con ocasión del banquete celebrado por el duque de Normandia, el futuro Carlos V de Francia, a consecuencia del cual mueren el conde de Harcourt así como otros caballeros normandos (ibid., p. 36-37. Nótese que el arrebato es “regularizado” en ajusticiamiento en la relación iconográfica del acontencimiento en el ejemplar regio de las Grandes Chroniques de France (París, BNF, Ms. Fr. 2813, fol. 398). Véase también la carta de desafió — un documento muy próximo a una carta de desnaturalización en sus consecuencias —  de Felipe de Navarra, hermano del rey Carlos de Navarra, al rey Juan, en la que, recordando las muertes llevadas a cabo en Ruán, el dicho Felipe declara que han sido causadas por una “tiranía cruel”, las victimas habiendo sido decapitadas sin ningún tipo de juicio (carta dada en Cherbourg, el 28 de mayo de 1356, reed. en Marie-Thérèse Caron, Noblesse et pouvoir royal en France. XIIIe-XVIe siècle, París: Armand Colin, 1994, p. 138). El mismo día, algunos vasallos franceses del rey de Navarra, mandan también una carta de desafió al rey Juan II, en la que declaran no querer seguir bajo su poder “pour doubte [es decir duda o temor] de votre grant puissance” (ibid., p. 139).

31  Anejo documental, 22.

32  Sobre el estado de excepción, véanse especialmente los trabajos de Giorgio Agamben, Homo Sacer I. Le pouvoir souverain et la vie nue, trad. francesa de Marilène Raiola, París: Éditions du Seuil, 1997 y: État d’exception. Homo sacer II, 1, trad. francesa de Joël Gayraud, París: Éditions du Seuil, 2003.

33  Resulta en este sentido bastante significativa la importante reescrituración del capitulo de la Crónica de Alfonso XI (anejo documental, 13) referente a la muerte de don Juan Alfonso de Haro, señor de los Cameros, en la Gran Crónica, la cual apunta tanto el uso ya establecido de alegar el miedo para no acudir a la convocatoria regia como la polémica cuestión del quebrantamiento de su seguro por parte del rey al mandar matar al que ha convocado(anejo documental, 23). Nótese que la cuestión del quebrantamiento del seguro regio, había dado lugar años antes tanto desde el punto de vista de redacción del texto, en los años 1340, como desde el de la fecha del acontecimiento, en torno a 1309  a una valoración más política que jurídica por parte de María de Molina, pero en todo caso muy negativa, considerando la reina que puede desencadenar un levantamiento (anejo documental, 24); y es esta misma cuestión del seguro regio, o de su ausencia, la que tiene un lugar muy relevante en las relaciones del asesinato de Muhammad V el Bermejo (anejo documental, 20 y 21).

34  Esta reversibilidad se da sobre todo durante el reinado de Fernando IV, muy en particular a manos del infante don Juan (anejo documental, 25), quien le da entonces como la vuelta a la estrategia del miedo puesta en obra por don Nuño González de Lara en 1271-72 (anejo documental, 26). Sobre esta revuelta nobiliaria de principios de los años 1270, véanse Isabel Alfonso, “Desheredamiento y desafuero, o la pretendida justificación de una revuelta nobiliaria” y Julio Escalona, “Los nobles contra su rey. Argumentos y motivaciones de la insubordinación nobiliaria de 1272-1273”, ambos artículos en Cahiers de linguistique et de civilisation hispaniques médiévales, 25, 2002, respectivamente p. 99-129 y 131-162. Y para ampliar perspectivas, véanse los importantes volúmenes dirigidos por estos dos investigadores dedicados a los temas de la legitimación y de la lucha política: Isabel Alfonso, Hugh Kennedy y Julio Escalona (ed.), Building Legitimacy. Political Discourses and Forms of Legitimation in Medieval Societies, Leiden-Boston: Brill, 2004; Isabel Alfonso, Julio Escalona y Georges Martin (coord.), Lucha política. Condena y legitimación en la España medieval. Cahiers de linguistique et de civilisation hispaniques médiévales (Annexe 16), Lyon: ENS LSH, 2004.

35  Cabe indicar aquí algunas reflexiones surgidas en el momento del debate. En particular, las intervenciones de Isabel Alfonso y de Julio Escalona, quienes subrayaron entre otras cosas, apuntando anteriores estrategias de negociación, la necesidad de tener en cuenta una perspectiva de larga duración, lo cual puede llevar a restarle especificidad a la coyuntura descrita en el presente artículo. No niego que el metus/miedo pueda inscribirse en estrategias de negociación ya utilizadas en momentos anteriores, y creo tenerlas en cuenta en esta reflexión al considerar que se repiten ciertos mecanismos de las mismas, pero mantengo la propuesta rupturista aquí defendida: la expresión del metus/miedo en este contexto es específica del siglo XIV, porque también es específico de este momento su desencadenante, a saber una política del espanto destinada a asentar el despegue soberanista y mayestático, por lo tanto distanciador, del poder regio.

36  De las muchas cartas recopiladas por Andrés Giménez Soler en su obraDon Juan Manuel. Biografía y estudio crítico, Zaragoza: Tip. La Academia, 1932, véase en particular la que dirige Jaime II a don Juan Manuel el 3 de octubre de 1303, en aviso de que Fernando IV quiere matarle (anejo documental, 27). Resultan también interesantes la carta que don Juan Manuel manda a Jaime II, el 22 de octubre de 1303, para comunicarle algunos propósitos de Fernando IV (anejo documental, 28); la respuesta de don Juan, el 6 de marzo de 1311, a la carta de Jaime II ordenándole que le diga las causas de su desavenencia con Fernando IV (anejo documental, 29); la carta que manda Jaime II, el 18 de septiembre de 1312, a don Juan Manuel, sobre la desavenencia de éste con el rey de Castilla (anejo documental, 30); y finalmente la noticia de la muerte de don Juan el Tuerto, hijo del infante don Juan, comunicada por la viuda del infante don Pedro a su padre, el rey de Aragón, el 9 de noviembre de 1326 (anejo documental, 31 y 12 para la relación de la muerte de dicho personaje). Véase además para completar la documentación recopilada por A. Giménez Soler, el apéndice documental de Ángeles Masías de Ros, Relación castellano aragonesa desde Jaime II a Pedro el Ceremonioso, Madrid: Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 1994, t. II.

37  Siento no poder brindar por ahora una estadística sintética acerca de este campo léxico-emocional. El cuadro presenta unos primeros resultados, muy parciales, conseguidos a partir de la base de datos CORDE de la Real Academia Española. Han sido elegidos aquellos términos (sosiego*, recelo*, miedo*, sospecha*, espanto*  que de manera más evidente (y quedan subrayados en negritas en las fuentes aquí citadas, junto con otros relacionados [muerte*, matar*, prender*, seguro*…]) encabezan dicho campo cuya extensión queda por terminar de perfilar; el * indica que se han reagrupado todas las formas. Junto a la presencia del término, se ha indicado también la proximidad de la voz rey* (con una distancia no superior a 5 palabras, decidida de manera absolutamente arbitraria), lo cual da una primera idea de la posible función de mando desempeñada por este término. Obviamente estos resultados son demasiado escasos como para poder ya sacar alguna conclusión realmente acertada sobre la evolución de este campo léxico-emocional, por lo cual los presento ahora a modo de ilustración, sin más comentarios.
Tableau-note36Foronda

38  Sobre esta cronística, véanse las síntesis y aportaciones de Fernando Gómez Redondo en su Historia de la prosa medieval castellana, t. i: El desarrollo de los géneros. La ficción caballeresca y el orden religioso, Madrid: Cátedra, 1999, p. 1225-1284 y 1776-1820 y t. iii: Los orígenes del humanismo. El marco cultural de Enrique III y Juan II, Madrid: Cátedra, 2002, p. 2081-2110.

39  La relación del miedo sufrido por don Juan Nuñez de Lara en 1290 es desde este punto de vista especialmente llamativa y tiende a funcionar como un modelo configurador en el sistema cronístico del siglo XIV (anejo documental, 32). También cabe citar a continuación el miedo sufrido en 1308 por don Pero Ponce, el infante don Juan y don Juan Nuñez II (anejo documental, 33); el miedo alegado por el Infante don Juan en 1309 (anejo documental, 34) y por el mismo infante don Juan en 1311 (anejo documental, 35; véanse además las cartas relacionadas con este asunto en Andrés Giménez Soler, Don Juan Manuel…, documentos ccxvi, ccxviii, ccxix, ccxx, p. 385-389) y finalmente el caso ya mencionado de don Juan el Tuerto en 1326 (anejo documental, 5, 12 y 31).

40  El giro desde esta perspectiva se sitúa cuando finaliza la privanza de don Juan Alfonso de Alburquerque y se forma la liga que este termina encabezando en 1353-1354, vivo primero y luego muerto, los ligados utilizando su cadáver para mantener la unión del movimiento (sobre esta primera liga del reinado de Pedro I, véase en particular Luis Vicente Díaz Martín, “El preludio de la guerra civil: la traición nobiliaria en Castilla, in: Adeline Rucquoi (dir.), Genèse médiévale de l’Espagne moderne. Du refus à la révolte: les résistances, Niza: Publications de l’Université de Nice, 1991, p. 31-50).Resulta de hecho curioso constatar que, tras haber alentado el miedo en las filas pre-trastmaristas, este mismo don Juan Alfonso de Alburquerque, cuando se ve desplazado del poder, pasa a sufrir la misma emoción sentida por sus antiguos contrincantes ahora aliados (anejo documental, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48). Véase además el razonamiento del propio padre del Canciller Ayala en nombre de la liga en la entrevista de Tejadillo de 1354 (anejo documental, 49).

41  Además de los pasajes recojidos en el anejo, véase en Pedro López de Ayala, Crónica del rey don Pedro y del rey Don Enrique su hermano, hijos del rey don Alfonso onceno, Germán Orduna (ed.), Buenos Aires: Seminario de Edición y Crítica Textual e INCIPIT-Ediciones Críticas, 1994, t. I, p. 227-230, 236-237, 264-265 y t. II, p. 1-2, 8-9, 19-20, 24, 30-31, 113-115, 124-125. Aunque esta insistencia tienda a estereotipar la expresión del miedo, cabe recordar que este sentir parece ser aún una excusa jurídicamente válida, aunque ciertamente muy esperada, cuando, en 1376 (o sea poco antes o en el momento en el que López de Ayala inicia la redacción de su crónica) se revisa la relación de la muerte de don Juan Alfonso de Haro, señor de los Cameros, en la Gran Crónica de Alfonso XI (anejo documental, 13 y 23).

42  Si bien el miedo deja de enturbiar las relaciones entre el rey de Castilla y sus nobles a partir de la muerte de Pedro I — el cronista incluso no duda a veces en desmentir ciertos rumores, como cuando se sospecha que Enrique II ha hecho envenenar a su hermano don Tello a fines de 1370 (anejo documental, 50). De hecho, las crónicas de Pedro López de Ayala van registrando con atención el progresivo aumento de la presencia del veneno en las practicas políticas, siendo el primer caso en este contexto la muerte de don Alfonso de Alburquerque, también de mano de un físico italiano [sobre el tema del veneno, véase en particular Franck Collard, Le crime de poison au Moyen Âge, París: Presses Universitaires de France, 2003, así como el reciente libro de José Manuel Nieto Soria, Un crimen en la corte. Caída y ascenso de Gutierre Álvarez de Toledo, Señor de Alba (1376-1446), Madrid: Sílex, 2006, donde se pormenoriza el envenenamiento y la muerte del obispo Juan Serrano, privado de Enrique III]). Pedro López de Ayala señala otros ámbitos relacionales en los que cobra fuerza el miedo: por ejemplo entre el papa Urbano VI y los cardenales, alegando éstos el miedo para declarar nula la elección del papa según derecho (Pedro López de Ayala, Crónica del rey don Enrique, en Id., Crónicas, José Luis Martín (ed.), Barcelona: Editorial Planeta, 1991, p. 417-419); también entre Leonor y el rey Carlos de Navarra, la hermana de Juan I de Castilla diciendo tener miedo para negarse a volver junto a su marido, a quien acusa de haber querido envenenarla. Es de subrayar en esta ocasión que la voz “imaginación” es empleada junto al “temor” por los mensajeros navarros (Id., Crónica del rey don Juan, en Id., Crónicas…, p. 672-681). La rápida pesquisa realizada a partir de la base CORDE para valorar el uso de la voz “imaginación” (imaginac*, imaginaç*, ymaginac*, ymaginaç*, emaginac*, emaginaç*,imaginança, ymaginamiento) entre 1300-1400 da como resultado 110 empleos. De estos, el 47,3% se sitúa en la prosa histórica, el 16,3 % en la literatura médica y el 10,9% en la literatura religiosa o espiritual. Es de notar que el 42% del conjunto de los empleos está relacionado con traducciones. De hecho en una de ellas — la traducción por Pedro López de Ayala de la traducción de las Décadas de Tito Livio que Juan II de Francia, anteriormente mencionado, encargó a Pierre Bersuire, — se establece la sinonimia entre conjura, conspiración e imaginación (“Faciones es dicha alguna aliança a parte fecha calladamente, asy como dizen conjuración e conspiración e emaginación”, Id., Traducción de la Décadas de Tito Livio, Curt J. WITTLIN (ed.), Barcelona: Puvill, 1982, p. 232). Además, destacan tres autores: primero Juan Fernández de Heredia que totaliza nada menos que el 37,2% de los empleos (Plutarco [17], Gran Crónica de España [14], Gesta de don Jayme de Aragón [5], Tucídides [2], Orosio [3]); segundo, el propio Pedro López de Ayala con el 14,5% (Soberano bono [9], Tito Livio [4], Crónica del rey don Pedro [2], Rimado de palacio [1]); tercero Moses ben Samuel de Roquemaure, alias el converso Juan de Aviñon, con el 10% (Sevillana medicina [11]). Dada esta ultima y notable presencia en el corpus de los empleos (a la que hay que añadir claro el Visita y consejo de médicos de Estéfano de Sevilla [7 empleos]), cabe preguntarse si el hecho de juntar los términos “imaginación” y “temor”, tal y como lo hace Pedro López de Ayala en su Crónica del rey don Juan, no participa de una visión medica de la emoción, en concreto en este caso del miedo, y mas allá de los trastornos del alma por no decir mentales, cuya percepción será bastante renovada a lo largo del siglo XV, y pienso muy en concreto en el acercamiento a la melancolía que realiza el medico parisino Jacques Despars en su Commentaire au Canon d’Avicenne (Danielle Jacquart, “Le regard d’un médecin sur son temps: Jacques Despars (1380?-1458)”, Bibliothèque de l’École des Chartes, 138, 1980, p. 35-86). En todo caso es de subrayar que esta temática viene también apuntada por el cruce de cartas causado en enero y febrero de 1327 por la “dolencia” de doña Constanza, hija del rey don Jaime de Aragón y mujer de don Juan Manuel, donde también se utiliza el termino “imaginación” (anejo documental, 51 y 52).

43  Este miedo es sufrido por los epígonos trastamara entre 1392 y 1395. Así, en 1392, muy descontento de un consejo de regencia del que han sido excluidos los parientes del rey — y donde permanece don Pedro López de Ayala­—, don Fadrique, duque de Benavente, pretexta el miedo para buscarse aliados portugueses (anejo documental, 53). Este mismo don Fadrique, en 1393, retoma ya por completo el argumento utilizado antaño por la nobleza vieja para quejarse del poderío de los privados. En esta ocasión es de subrayar que la voz “imaginación” vuelve a estar presente en el campo léxico del miedo (anejo documental, 54). Además de don Fadrique, y tras su arresto, sus hermanos, don Alfonso, conde de Noreña, ya liberado, y Leonor, reina de Navarra, aún en Castilla, dicen también sentir miedo (anejo documental, 55 y 56). El brote concluye en París, donde don Alfonso de Noreña intenta lograr algún apoyo, sin éxito (anejo documental, 57). Sobre este resurgir del miedo, véase la segunda parte [“el Estado simbiótico”] de mi capitulo ya citado “La privanza, entre monarquía y nobleza…”, en particular p. 103-107.

44  Me permito remitir a un anterior estudio en el que traté de analizar un proceso comparable de normativización: “Bravoure, norme et autorité en Castille au XVe siècle”, in: Sylvain Venayre (coord.), L’individu et la guerre, en Hypothèses 1998. Travaux de l’École doctorale d’Histoire de l’Université Paris I Panthéon-Sorbonne, París: Publications de la Sorbonne, 1999, p. 29-36.

45  Véase especialmente, además de la propia Crónica de Fernando IV, la concordia del 11 de mayo de 1308 celebrada entre Fernando IV, doña María de Molina, el infante don Juan y don Juan Manuel, así como la carta del infante don Juan a Jaime II, del 17 de junio de 1311; la de García López, Maestre de Calatrava, a Gonzalo García, consejero de don Jaime de Aragón, del 13 de septiembre de 1311; y la de García de Echauri, arcediano de Tarazona, a Jaime II, del 25 del dicho mes (Andrés Giménez Soler, Don Juan Manuel…, documentos n° clxxxiii, ccxxvi, ccxxxi y ccxxxii, p. 355-358; 393-394; 397-400; Ángeles Masía de Ros, Relación castellano-aragonesa…, t. II, doc. 113 bis, 114, 115, 141 y 143 [1 et 2], p. 221-227, 265-272).

46  Anejo documental, 58.

47  Anejo documental, 59. El duque queda preso hasta 1411, fecha en la que se evade del Castillo de Mora y se refugia en Navarra. El duque es entregado tres años después a Castilla, merced a la fuerte presión realizada por el infante don Fernando, ahora rey de Aragón además de regente de Castilla. El duque vuelve entonces a su prisión de Mora, donde muere (¿envenenado?) poco tiempo después (anejo documental, 60 y 61). También establece otra versión de la evasión del duque, pero mucho más tardía, Jerónimo Zurita en sus Anales de Aragón, Zaragoza: Institución Fernando el Católico, 1980, t. V, p. 397-399).

48  Véase en relación con este acuerdo el protocolo de actuación seguido con ocasión de la detención del adelantado mayor de Castilla, don Pero Manrique, en 1380, la decisión tomándose en consejo y con el respaldo de sus parientes, siendo su hermano el que recupera su oficio y su patrimonio (Pedro López de Ayala, Crónica del rey don Juan…, p. 516).

49  Anejo documental, 62.

50  A propósito de estas detenciones, ver el memorial contra el condestable dirigido en 1440 a Juan II por sus parientes, los infantes de Aragón y el Almirante don Fadrique, y sus partidarios (anejo documental, 63)

51  El capitulo 42 de la Sentencia de Medina del Campo establece en efecto una suerte de habeas corpus estrictamente aristocrático del que es garante un tribunal — formado por cuatro Grandes (Haro, Plasencia, Villena, Santillana), el arzobispo de Toledo, dos obispos (estos eclesiásticos pudiendo ser reemplazados por tres letrados nombrados por el rey si el caso requiere alguna pena corporal o de prisión), tres procuradores elegidos por la ciudades de Brugos, Toledo y Sevilla — únicamente para conocer los casos que puedan dar lugar a una sentencia de muerte, de amputación, de prisión o de confiscación; el no respeto del procedimiento por el rey anulando cualquier sentencia que pudiera tomar en contra del Grande y autorizando a éste a convocar sus gentes para defenderse de fecho. Los motivos expuestos para la creación del tribunal remiten muy directamente a los mecanismos de la arbitrariedad (anejo documental, 63).

52  Me permito remitir de nuevo a mi tesis, La privanza ou le régime de la faveur…, t. I, p. 304-319.

53  Véanse por ejemplo los préambulos de confederaciones citados en mi ya citado artículo “Vers un gouvernement de jure”, nota 51, p. 205-206.

54  Pienso más en concreto en el salto simbólico dado por los Grandes con la farsa de Ávila (F. Foronda, “S’emparer du roi…”, p. 236-242).

55  Sobre los Grandes castellanos, véase el reciente volumen publicado por María Concepción QuintanillA Raso (dir.), Títulos, grandes del reino y grandeza en la sociedad política. Fundamentos en la Castilla medieval, Madrid: Sílex, 2006.

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Table des illustrations

Légende Lamento de Federico II; muerte de Manfredo; Enzo preso; y muerte de don Fadrique de CastillaBoccaccio, De casibus virorum illustrium (trad. de Jean de Premierfait)París, Bibliothèque Nationale de France, Ms. Fr. 226, fol. 221v°París, primer cuarto del siglo XV, Maestre de Rohan y colaboradores
URL http://journals.openedition.org/e-spania/docannexe/image/2273/img-1.jpg
Fichier image/jpeg, 64k
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Pour citer cet article

Référence électronique

François Foronda, « El miedo al rey »e-Spania [En ligne], 4 | décembre 2007, mis en ligne le 14 janvier 2010, consulté le 19 mars 2024. URL : http://journals.openedition.org/e-spania/2273 ; DOI : https://doi.org/10.4000/e-spania.2273

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Auteur

François Foronda

Université Paris I Panthéon-Sorbonne, Laboratoire de Médiévistique occidentale de Paris, Grupo Consolidado de Investigación UCM 930369

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