Notes
Este trabajo se enmarca en el contexto de una beca de Formación de Personal Investigador concedida por el Gobierno de Aragón, referencia B128/08. Asimismo, forma parte de la actividad desarrollada por el Grupo de Investigación CEMA de la Universidad de Zaragoza, que financia el Gobierno de Aragón y coordina el Dr. José Ángel Sesma Muñoz. Sitio web: http://www.unizar.es/cema. Asimismo, su elaboración ha contado con el respaldo del Proyecto I+D+I Mercados y desarrollo en Aragón (1250-1500): vínculos mediterráneos, distribución, abastecimiento urbano y costes de transacción en una economía bajomedieval. Referencia: HAR2009-12280), que dirige el Dr. Carlos Laliena Corbera. Un adelanto de su contenido fue presentado como comunicaciónen el I International Medieval Meeting Lleida, 28 jun-1 jul 2011, dentro de la sesión titulada Traitors to their king. Fidelity crisis in the kingdom of Aragon after the Black Death, que fue organizada por el Dr. Carlos Laliena Corbera y dirigida por el Dr. Francisco García Fitz.
Jerónimo ZURITA (ed. Ángel CANELLAS), Anales de Aragón, vol. 4, Zaragoza: Institución Fernando el Católico, 1970-1975, p. 55.
Son conocidas, gracias a la crónica del mismo rey, las humillaciones a las que fue sometido Pedro IV, tanto por la Unión aragonesa como por la Unión valenciana, durante sus estancias en las capitales de ambos reinos. Sirvan como ejemplo el enfrentamiento que mantuvo con su hermano, el infante Jaime de Urgel, durante las Cortes celebradas en Zaragoza en 1347 cuando casi llegó a las manos con él, o la irrupción de un tumulto de gente en su palacio de Valencia obligándole a bailar con la reina delante de todos ellos. Cf. “Crònica de Pere el Cerimoniós”, en Ferran SOLDEVILA (ed.), Les quatre grans cròniques, Barcelona: Selecta, 1983, p. 1099-1100 y 1103, respectivamente.
Esta visión se generó fundamentalmente en el siglo XIX, a partir de estudiosos de la historia y del derecho como por ejemplo Víctor Balaguer, Braulio Foz o Manuel Lasala entre otros, que buscaron en la historia la justificación a su ideario político liberal y federalistas frente al centralismo defendido por otros políticos e historiadores contemporáneos a ellos. Así, desarrollaron un “neofuerismo” que se apoyaba de un modo indirecto en algunos cronistas oficiales del reino de Aragón de los siglos XV y XVI, como por ejemplo Gauberto Fabricio de Vagad o Jerónimo de Blancas, interesados en recuperar la memoria del pasado para reafirmar la identidad del viejo reino, en un momento en el que veían como la influencia de éste se diluía entre el resto de territorios de la monarquía hispánica, cada vez más autoritaria. Para conocer más a fondo las concepciones liberales y federalistas del siglo XIX se puede consultar: Josep Ramón SEGARRA ESTARELLES, “Liberales y fueristas. El discurso ‘neofuerista’ y el proyecto liberal de nación española (1808-1868), en Carlos FORCADELL y María Cruz ROMEO (eds.) Provincia y nación. Los territorios del liberalismo, Zaragoza: Institución Fernando el Católico, 2006, p. 73-99.
Luis GONZÁLEZ ANTÓN, Las Uniones aragonesas y las Cortes del reino (1283-1301), vol. 1, Zaragoza: CSIC, Escuela de Estudios Medievales, 1975, especialmente p. 351-353.
Resultan interesantes en este sentido las reflexiones del profesor Luis Suárez en su estudio sobre la lucha entablada entre la monarquía y la nobleza castellanas en las últimas décadas del siglo XIV y gran parte del siglo XV. Cf. Luis SUÁREZ FERNÁNDEZ, Nobleza y monarquía. Puntos de vista sobre la historia política castellana en el siglo XV, Valladolid: Universidad de Valladolid, 1975.
Conceptos tomados de José Manuel NIETO SORIA, “Más que palabras. Los instrumentos de la lucha política en la Castilla Bajomedieval”, en José Ignacio de la IGLESIA DUARTE (coord.), Conflictos sociales, políticos e intelectuales en la España de los siglos XIV y XV: XIV Semana de Estudios Medievales, Nájera, del 4 al 8 de agosto de 2003, Logroño: Instituto de Estudios Riojanos, 2004, p. 165-204.
Fue el “Ceremonioso”, aconsejado y ayudado por sus colaboradores más inmediatos, más concretamente por Bernat de Cabrera, el que atrajo a una serie de nobles aragoneses a su causa y sembró la división entre los unionistas. Cf. Santiago SIMÓN BALLESTEROS, “El acuerdo secreto firmado entre el rey Pedro IV y el noble aragonés Lope de Luna durante la segunda Unión (1347-1348), Aragón en la Edad Media, 22, 2011, p. 247-269, p. 253-254.
“Crònica de Pere el Cerimoniós”, quart capitol, en F. SOLDEVILA, op. cit., p. 1090-1111; J. ZURITA, op. cit., vol. 4, libro VIII, caps. V-XXXIII, p. 8-85.
Tal y como señala Stefano Mª Cingolani Pedro IV imitó el Llibre dels feits de Jaime I en su estructura, su protagonismo, como obra y como idea, sin embargo ambas biografías se diferencian en su grado de documentación, ya que el rey “ceremonioso” hizo un uso más asiduo de la documentación conservada en el Archivo Real, sobre todo porque era más abundante y accesible al estar mejor ordenada, lo que no le impidió realizar modificaciones interesadas para cumplir con su propósito de autojustificación de sus acciones de reinado. Cf. Stefano Mª CINGOLANI, La memoria dels reis. Les quatre grans cròniques i la historigrafia catalana, des del segle X fins al XIV, Barcelona: Base, 2007, p. 237.
Es cierto que Jerónimo Zurita tuvo acceso a muchos archivos y gran cantidad de documentación actualmente desaparecida, aspecto útil para cubrir ciertas lagunas documentales, no se puede obviar que el cronista era hijo de su tiempo y al elaborar su obra planteó sus propias interpretaciones de los hechos, plasmando su ideología monárquica y legitimista en la misma. Para conocer mejor estos aspectos se puede consultar: Fernando SOLANO COSTA, “La escuela de Jerónimo Zurita”, en Jerónimo Zurita, su época y su escuela, Zaragoza: Institución Fernando el Católico, 1986, p. 23-53, p. 27-31.
José Ángel SESMA MUÑOZ, “Estado y nacionalismo en la Baja Edad Media: La formación del sentimiento nacionalista aragonés”, Aragón en la Edad Media, 7, 1987, p. 245-273, p. 251-252.
Esteban SARASA SÁNCHEZ, “El enfrentamiento de Pedro el Ceremonioso con la aristocracia aragonesa”, en Pere el Cerimoniós i la seva època, Barcelona: CSIC, institución Milà i Fontanals, 1989, p. 35-45, p. 36.
Estos privilegios eran el Privilegio General, concedido por Pedro III en 1283, y los Privilegios de la Unión concedidos por Alfonso III en 1287. Se pueden consultar ambos en: L. GONZÁLEZ ANTÓN, Las Uniones…, vol. 2 p. 14-19 y 246-250, respectivamente.
Se nombraron en Zaragoza 31 conservadores de la Unión entre ricos hombres, mesnaderos, caballeros y ciudadanos del concejo de Zaragoza, destacando los nombres del infante Jaime, conde de Urgel, Juan Jiménez de Urrea, señor de Biota, Pedro Cornel, Lope de Luna, Blasco de Alagón, Pedro Fernández de Híjar, Pedro de Luna, Juan Martínez de Luna, Tomás Cornel, Gombaldo de Tramaced y Tomás Pérez de Foces, a los que se unieron más adelante los infantes Fernando y Juan y gran cantidad de concejos de ciudades y villas aragonesas. Cf. J. ZURITA, op. cit., vol. 4, p. 17.
Sirvan como ejemplo los consejeros y sirvientes de la casa real que le juraron fidelidad el 1 de julio de 1347 en Granollers: Miguel de Gurrea, García de Loriz, Pedro Jordán de Urriés, camarero, Jimeno de Pomar, botellero, Lope de Gurrea, junior, Juan Escrivá, Mateo Mercer y Nicolás López de Oteiza, subcamarero. Cf. ACA, Canc., proc. jud. en folio, leg. 116/2, f. 112r-113v. (Granollers, 1347, jul., 1).
Paralelamente a la Unión de Aragón estalló otra rebelión similar en el reino de Valencia, por lo que el rey se apresuró a marchar a Cataluña con la intención de evitar que las élites del principado siguieran los pasos de los nobles aragoneses, así lo indica el propio rey en su crónica, acusando al infante Jaime de instigar a los barceloneses y catalanes a revelarse contra él: E nós, entesa la dita colligació o Unió havent dubte que Barcelona ab Catalunya semblant unió no fes per les males informacions que el dit infant En Jacme los dava. Cf. F. SOLDEVILA, op. cit., p. 1093.
Cf. Luis GONZÁLEZ ANTÓN, “Las Cortes aragonesas en el reinado de Jaime II”, Anuario de historia del derecho español, 47, 1977, p. 523-682, p. 605-607.
Estas argumentaciones están tomadas de una carta que enviaron los Conservadores de la Unión al concejo de Teruel solicitándoles su adhesión a la misma. Cf. ACA, canc., c. reales, caja 34, núm. 4624 (Zaragoza, 1347, may., 17).
Luis GONZÁLEZ ANTÓN, Las cortes de Aragón, Zaragoza: Librería General, 1978, p. 28.
ACA, canc., F. jud. reales, proc. en fol., leg. 116/2, ff. 123-123v (Zaragoza, 1347, oct., 20).
Cf. ACA, canc., reg. 885, ff. 44v-46v. (Zaragoza, 1347, sep., 6).
Al inicio de su reinado Pedro IV se apoyo en un partido aragonés, formado por nobles del reino, que le había ayudado y protegido durante su época de infante, frente a otro liderado por sus tíos los infantes Pedro de Ribagorza y Ramón Berenguer, próximos a los intereses de la reina Leonor, madrastra del Ceremonioso, y sus hijos, sin embargo a raíz de la decisión real de reincorporar el reino de Mallorca a su corona el Ceremonioso poco a poco se fue aproximando a sus tíos. Para conocer mejor este enfrentamiento consultar: Francisco DE MOXÓ Y MONTOLIU, La casa de Luna (1276-1348). Factor político y lazos de sangre en la ascensión de un linaje aragonés, Münster: Aschendorffsche verlagsbuchhandlung, 1990, especialmente el tercer capítulo: “La cancillería del arzobispo de Luna y la rivalidad con el infante Pedro de Ribagorza”, p. 146-156.
Así lo plantea Luis González Antón para la primera Unión cuando los unionistas de aquel momento consiguieron que Alfonso III jurase los Privilegios de la Unión en 1287. Cf. L. GONZÁLEZ ANTÓN, Las Uniones…, vol. 1 p. 206.
F. SOLDEVILA, op. cit., p. 1093.
Ibid., p. 1094.
ACA, canc., reg. 1061, f. 135v (Perpiñán, 1347, jun.), 159.
F. SOLDEVILA, op. cit., p. 1100.
Ibid., p.1097.
ACA, canc., c. reales, caja 35, núm. 4655 (S/F).
F. SOLDEVILA, op. cit., p. 1099-1100.
Carlos LALIENA CORBERA, “La Edad Media”, en Eloy FERNÁNDEZ CLEMENTE (dir.), Historia de Aragón, Madrid: La Esfera de los Libros, 2008, p. 123-378, p. 234.
E, per ço com entre aquells o alguns d’aquells hagués desgrat e gran dessensió, lo dit infant tractà que hi metés pau, e aço per intenció que pogués mills venir a son propòsit, veent que d’altra guisa no es pogra ben fer e ells havent entre si desamor. F. SOLDEVILA, op. cit., p. 1099-1092-1093.
ACA, canc., F. jud. reales, proc. en quart, 1348C, f. 10r. (Zaragoza, 1348, ene., 29).
Por esta época coincidieron tres nobles con este mismo nombre: Juan Jiménez de Urrea, señor de la tenencia de Alcalatén, que se mantuvo en todo momento fiel al monarca, Juan Jiménez de Urrea, señor de Biota y el Bayo, pariente lejano del anterior, y principal dirigente de la Unión y el tercero que era hijo de éste último, el cual fue elegido para comandar las tropas unionistas enviadas a Valencia para ayudar a la Unión de aquel reino.
La Unión valenciana, a diferencia de la Unión aragonesa con un marcado carácter aristocrático, estaba liderada por las elites ciudadanas y burguesas de la ciudad de Valencia, mientras que los nobles, por lo general, se alinearon en un bando partidario del monarca autodenominándose la Fraternidad. Para conocer más a fondo las características de la Unión valenciana y sus integrantes consultar: Mateo RODRIGO LIZONDO, “La Unión valenciana y sus protagonistas”, LIGARZAS, 7, 1975, p. 133-166.
Esta baronía había llegado a su dominio a través de su mujer María Jiménez de Atrosillo y se la reclamaban unos parientes de ella. Cf. J. ZURITA, op. cit., vol. 3, p. 288.
Para tener una visión más completa de las razones de Lope de Luna para adherirse a la Unión, de sus relaciones con Pedro IV y de las concesiones que le hizo para atraerlo a su causa, generando un modelo que posiblemente podría extrapolarse al resto de nobles de este bando consultar: S. SIMÓN BALLESTEROS, art. cit., p. 251-260.
El infante Jaime murió en Barcelona a donde había acudido para asistir a las cortes que su hermano el rey Pedro había convocado en dicha ciudad. Cf. J. ZURITA, op. cit., vol. 4, p. 43.
Alfonso IV dotó con importantes dominios del patrimonio real a su segunda mujer Leonor de Castilla y a los hijos que tuvo con ella, los infantes Fernando y Juan, provocando las protestas de Pedro IV, entonces infante, y de amplios sectores de los reinos aragonés y valenciano. Una vez que Pedro subió al trono mantuvo una lucha enconada con ellos por recuperar esas donaciones. Dentro de este conflicto el rey exigió a Juan Jiménez de Urrea, a su hijo y a Pedro Cornel que le jurasen fidelidad, pues sospechaba que eran partidarios de la reina Leonor. Ibid., vol. 3, p. 218.
Ibid., p. 289.
Estas características eran comunes a las aristocracias nobiliarias de Europa. Cf. Joseph MORSEL, La aristocracia medieval. El dominio social en Occidente (siglos V-XV), Valencia: Universidad de Valencia, 2008, p. 345-346.
Isabel Beceiro ha mostrado, para el siglo XV castellano, como en esas alianzas entre diferentes nobles primaba mucho más la lógica política que las relaciones de parentesco, aunque estas últimas podían servir de un modo complementario para atraer al pacto a ramas familiares colaterales o para sellar el acuerdo mediante un enlace matrimonial, sin que esto fuera garantía de cumplimiento posterior. Cf. Isabel BECEIRO PITA, “Parentesco y alianzas políticas en Castilla (siglo XV), en François FORONDA y Ana Isabel CARRASCO (dir.), Du contrat d’alliance au contrat politique. Culture et sociétés politiques dans la péninsule Ibérique à la fin du Moyen Âge, Toulouse: Méridiennes, 2007, p. 9-28, p. 11-17.
El profesor Laliende definió el pactismo político como un concurso de voluntades donde se limitaba la actividad política del contrario, radicando su esencia en la fuerza y el equilibrio de las partes contendientes a lo largo del tiempo. Cf. Jesús LALINDE ABADÍA, “El pactismo en los reinos de Aragón y de Valencia”, en Luis LEGAZ Y LACAMBRA (coord.), El pactismo en la historia de España, Madrid: Instituto de España, 1980, p. 115-139, p. 119 y 123.
Sirva como ejemplo este fragmento del acuerdo entre Lope de Luna y Pedro de Luna: […] queriendo […] conservar buenos deudos de affinidat, de parentesco e de buena amiçtat que son entre vos e nos, e augmentar aquellos, juramos por la Cruç e Sanctos Evangelios delant nos puestos e por nos corporalment tocados, e juramos e femos homenage de manos e de boca […]. ACA, canc., reg. 1490, f. 4-6v (Zaragoza, 1347, oct. 22). Se trata de un pacto con características muy similares a los contratos de alianza entre nobles castellanos, de los que se pueden observar ejemplos en María Pilar RÁBADE OBRADÓ, “Confederaciones, seguros y pleitos homenajes: El contexto documental del Seguro de Tordesillas”, en François FORONDA y Ana Isabel CARRASCO (dir.), Du contrat …, op. cit., p. 65-84.
Ibid., f. 6v-7v (Zaragoza, 1347, oct., 22).
ACA, canc., F. jud. reales, proc. en quart, 1348C, f. 6r. (S/F).
Loc. cit.
Loc. cit.
Esto contradijo el rey, pretendiendo que este privilegio era ya revocado por prescripción, por no se haber usado dél de sesenta años atrás. J. ZURITA, op. cit., vol. 4, p. 31.
ACA, canc., c. reales, caja 36, núm. 4694 (Zaragoza, 1348, ene., 29).
ACA, canc., F. jud. reales, proc. en quart, 1348C, f. 10v-11 (Zaragoza, 1348, ene., 29).
ACA, canc., c. reales, caja 36, núm. 4725. (Zaragoza, 1348, may., 13).
ACA, canc., c. reales, caja 34, núm. 4623 (Zaragoza, 1347, may., 7).
J. ZURITA, op. cit., vol. 4, p. 65.
Así se lo decían los conservadores de la Unión a los hombres de Calatayud en la carta que les enviaron solicitándoles ayuda: Et el dito don Lop, con otros contrarios de la Unidat, ayan por fuerça de armas furtado et fecho furtar el lugar de Maria […] por crebantar e tener los terminos de Caragoca, por tal que la dita ciudat, como cabeça del regno turbada e esbaratada, lo que Dios no mande, todo el regno sea turbado e esbaratado. ACA, canc., F. jud. reales, proc. en quart, 1348C, f. 10v. (Zaragoza. 1348, ene., 29).
J. ZURITA, op. cit., vol. 4, p. 71.
Ibid., vol. 4, p. 69-73.
Sirva como ejemplo de estas ideas el estudio que hizo sobre las libertades aragonesas el abogado e historiador del siglo XIX Manuel Danvila, donde nos presentaba a un rey generoso, capaz de inclinarse ante la ley tras haber logrado un triunfo tan absoluto y pese a las humillaciones que había sufrido por parte de la aristocracia. Cf. Manuel DANVILA COLLADO, Las libertades de Aragón: Ensayo histórico, jurídico y político (1ª éd. 1881), ed. facsímil, Valladolid: Maxtor, 2002, p. 288.
Pedro IV envió a Calatayud y su tierra a Álvaro Tarín y Beltrán de Lanuza, a Daroca y sus alrededores a Diego González de Cetina, a Tarazona, Ejea, Tauste, Borja y Alagón a Sancho García de Lizuán y a Pedro de Bernagal y a los lugares de las órdenes de San Juan, Calatrava y Uclés a Juan López de Sesé, todos ellos con la orden de elaborar estatutos similares al zaragozano e impartir justicia. J. ZURITA, op. cit., vol. 4, p. 74.
El crimen de lesa majestad, recuperado en la Edad Media a partir del derecho romano, se fue adaptando a las exigencias de cada momento llegando a su máximo desarrollo dentro del proceso de construcción de los estados durante la baja Edad Media. Este crimen hacía referencia a aquellos actos que atentaban directamente contra la persona del monarca o su soberanía, expresada a través de su familia, bienes o representantes y fue utilizado por estos en procesos políticos, con claros tintes propagandísticos, contra súbditos de alto rango acusados de rebeldes o traidores a la monarquía. Para conocer más a fondo los orígenes de esta acusación, su evolución a lo largo de la Edad Media y su utilización política se pueden consultar los artículos de: Jacques CHIFFOLEAU, “Sur le crime de majesté médiéval”, en Genèse de l’État moderne en Méditerranée. Approches historique et anthropologique des pratiques et des représentations, Roma: École française de Rome, 1993, p. 183-213, y Philippe CONTAMINE, “’Inobédience»’ rébellion, trahison, lèse-majesté: observations sur les procès politiques à la fin du Moyen Âge”, en Yves-Marie BERCÉ, Les procès politiques (XIVe-XVIIe siècle), Roma: École française de Rome, 2007, p. 63-82.
“E, fetes nostres enquestes, donam sentència corporal contra tretze persones d’aquells de la ciutat, ab confiscació de béns, per ço com havien comès crim de lesa majestat. E aquesta sentència fon per nós personalment donada […] e foren penjats, partida a la porta de Toledo e partida en altres llocs de la ciutat”, F. SOLDEVILA, op. cit., p. 1105-1106.
J. ZURITA, op. cit., vol. 4, p. 74.
Ibid., p. 72.
En la crónica de Pere el Cerimoniós se afirma que Juan Jiménez de Urrea hijo murió en la batalla, sin embargo Jerónimo Zurita apunta que fue capturado por Lope de Luna durante la refriega y posteriormente lo asesinó.
Parece ser que Pedro Fernández, señor de Híjar cayó prisionero de tropas castellanas y debió pagar un rescate de ochenta mil sueldos para quedar libre. Cf. J. ZURITA, op. cit., vol. 4, p. 72.
Cf. ibid., p. 74.
Referencias tomadas en un documento de donación por el que Pedro IV entregaba a Pedro de Jérica el lugar de Asín confiscado a Juan Jiménez de Urrea por su participación en la Unión. ACA, canc., reg. 888, f. 192v-193 (Valencia, 1349, feb., 5).
J. ZURITA, op. cit., vol. 4, p. 71.
Carlos LALIENA CORBERA, “Señoríos en una era de crisis. Los dominios de las Casas de Luna e Híjar en la Tierra de Belchite (Zaragoza), 1360-1450”, Revista d’historia medieval, 8, 1997, p. 175-216, p. 177.
J. ZURITA, op. cit., vol. 4, p. 74.
Pedro GARCÉS DE CARIÑENA (ed. crítica de María UBIETO ARTUR), Nobiliario de Aragón, Zaragoza: Anubar, 1983, p. 146.
F. SOLDEVILA, op. cit., p. 1106.
J. ZURITA, op. cit., vol. 4, p. 77.
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